Regl. 5654, art. 2.8
Limitaciones a la libre disposición
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Cite as Reglamento Núm. 5654, Art. 2.8
Toda propiedad que se venda estará sujeta a una cláusula que limitará
la libre disposición de la misma por un término de cinco (5) años, excepto los
casos de venta para uso público y los de predios a ser agrupados con otros.