Regl. 5655, art. VIII-1
Procedimiento
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Cite as Reglamento Núm. 5655, Art. VIII-1
A. Para aquellos contratos cuyos pagos se tramitan a través de la
Oficina Central:
1. El funcionario autorizado del Programa solicitará por
teléfono el producto interesado directamente al suplidor
contratado indicándole el número de la requisición, la
cantidad, el sitio de entrega y el nombre de la persona que
hace el pedido.
2. Luego preparará una requisición (Forma ATF-26) en
original y tres (3) copias y retendrá una copia para su
récord.
3. Cuando se reciba el producto solicitado se enviará la
Forma ATF-30 Informe de Recibo Parcial usando la copia
verde debidamente completada y firmada como original.
Además, deberán enviar las copias color blanco y la
amarilla con una copia del conduce a la División de
Compras de la Oficina Central. El suplidor enviará la
factura en original y cuatro (4) copias a la Autoridad de
Tierras de Puerto Rico, Apartado 9745, Santurce, Puerto
Rico 00908, y una copia de la factura al Programa de
donde se originó el pedido. De cancelarse la orden, deberá
notificarlo a la División de Compras.