Regl. 5655, art. VIII-1

Procedimiento

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Cite as Reglamento Núm. 5655, Art. VIII-1

A. Para aquellos contratos cuyos pagos se tramitan a través de la Oficina Central: 1. El funcionario autorizado del Programa solicitará por teléfono el producto interesado directamente al suplidor contratado indicándole el número de la requisición, la cantidad, el sitio de entrega y el nombre de la persona que hace el pedido. 2. Luego preparará una requisición (Forma ATF-26) en original y tres (3) copias y retendrá una copia para su récord. 3. Cuando se reciba el producto solicitado se enviará la Forma ATF-30 Informe de Recibo Parcial usando la copia verde debidamente completada y firmada como original. Además, deberán enviar las copias color blanco y la amarilla con una copia del conduce a la División de Compras de la Oficina Central. El suplidor enviará la factura en original y cuatro (4) copias a la Autoridad de Tierras de Puerto Rico, Apartado 9745, Santurce, Puerto Rico 00908, y una copia de la factura al Programa de donde se originó el pedido. De cancelarse la orden, deberá notificarlo a la División de Compras.
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