Regl. 5655, art. VI-5

Tramitación de la Requisición

Length: 254 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 5655, Art. VI-5

A. Antes de enviar la requisición al Director de Finanzas, el Programa deberá verificar si otras áreas de la Autoridad tienen los artículos a ordenarse. B. Se enviará original y dos (2) copias a la Oficina de Finanzas y se retendrá una copia en el origen. C. Luego de haber sido aprobadas por el Director de Finanzas, las requisiciones serán referidas a la División de Compras para iniciar el proceso de compras. D. La División de Compras examinará la requisición para ver si está debidamente llena. Si está correcta, le dará el número que le corresponde en el orden correlativo (caso número), devolverá una copia con el número del caso al solicitante y le dará curso, según se dispone más adelante en este Reglamento. E. Si la requisición no está en orden, el Jefe de la División de Compras podrá devolverla a su origen con las observaciones pertinentes, haciendo constar la fecha de la devolución. F. Si el Jefe de la División de Compras considerase que la requisición no procede por razones de peso, podrá recomendar el rechazo de la requisición al Director Ejecutivo Auxiliar o al Director ejecutivo explicando las razones para rechazarla. De ser aprobada su reclamación, devolverá la requisición al origen con la explicación pertinente. G. Cuando una requisición ha sido rechazada, el solicitante podrá apelar la decisión ante el Director Ejecutivo. H. Cuando se determine el importe real de la orden, la Sección de Compras le notificará a la División de Presupuesto para que proceda a efectuar los ajustes correspondientes.
Regl. 5655, art. VI-5: Tramitación de la Requisición | Justis AI