Regl. 2307, art. 1 dup5
Pagos de Incentivo
Cite as Reglamento Núm. 2307, Art. 1 dup5
En el proceso de hacer la distribución, la Unidad de Cobros
y Distribución de Pagos calculará los pagos de incentivo que correspondan a otras jurisdicciones cuando una O varias de éstas
hayan hecho cumplir con una obligación alimenticia y hayan recaudado una pensión alimenticia en que ha habido la cesión de los
derechos de alimentos al Departamento. La Unidad calculará los
pagos de incentivo en la forma prescrita por las leyes y los reglamentos federales.