Regl. 5676, art. X-C dup2

Capacidad Momentánea en las Barras

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Cite as Reglamento Núm. 5676, Art. X-C dup2

40,000 amperios asimétricos efectivos (RMS). Artículo D: Despejos (Distancias Mínimas) 1. Entre fases metal a metal 7½". 2. Fase a tierra metal a metal 6". 3. Entre fases metal a barreras aislantes 2-1/4". 4. Fase a tierra metal a barreras aislantes lateral 2". 5. Parte inferior del conector vivo al piso 0 base del gabinete 22". 6. Todos los despejos serán mantenidos cuando los interruptores estén en las posiciones cerradas y abiertas 0 en movimiento durante la operación sea ésta con o sin la herramienta rompecarga (loadbreak tool). Artículo E: Conexión del Cable Primario 1. La posición de los pararrayos y de los conos de atenuación de esfuerzo dentro de los gabinetes para equipo eléctrico lo determina la dirección de la entrada de los cables primarios a los interruptores, por lo que: a. Las conexiones del cable primario serán preferiblemente en el fondo 0 parte inferior del gabinete de entrada de la línea primaria. b. Cuando la entrada de los cables primarios a los interruptores es por la parte de arriba, según algunos diseños actuales, los conos de esfuerzo quedan ubicados en la parte de atrás del panel para los fusibles y los pararrayos en la parte de arriba sobre éstos. Para evitar los problemas de acceso que crea este diseño y el posible cruce de alguna fase con la rabiza de los pararrayos, todo 62 manufacturero que use este tipo de construcción viene obligado a suplir una puerta en la parte de atrás del cubículo de entrada primaria. Esta puerta deberá cumplir con todos los requisitos del Código Eléctrico Nacional y de la Autoridad. De esta manera se podrán colocar los pararrayos apropiadamente y mantener los conos de atenuación accesibles. También, se requiere la instalación de una segunda barrera o puerta interna de seguridad según se indica en la Sección X, Artículo K, Núm. 13 de este Reglamento. La ubicación de este gabinete deberá cumplir con todos los despejos requeridos tanto hacia el frente como hacia la parte de atrás. 2. Los conectores serán del tipo aprobado por la Autoridad y adecuados para el calibre del cable a instalarse. Artículo F: Interruptores 1. Cuando la capacidad del banco de transformadores exceda 300 KVA se requiere un interruptor de carga de operación conjunta instalado en el lado de alto voltaje. 2. Cuando la capacidad del banco de transformadores sea igual a 300 KVA se requiere, a opción del diseñador, un interruptor de operación conjunta que puede estar instalado en el lado de alto voltaje, 0 en el lado de la carga, 0 en ambos lados. 3. Cuando la capacidad del banco de transformadores sea menor de 300 KVA se requiere instalar en el lado de alto voltaje, a opción del diseñador, uno de los siguientes interruptores: a. Interruptor de operación conjunta. b. Fusibles de potencia (power fuses) con capacidad para abrir con carga) 63 Artículo G: Fusibles 1. Todo gabinete para transformadores o unidades compactas (unit substation) tendrá una protección con fusibles de potencia en el lado de alto voltaje. 2. Los fusibles de potencia tendrán una capacidad momentánea de 20,000 amperios asimétricos efectivos (RMS) y una capacidad interruptiva de 12,500 amperios simétricos efectivos (RMS). 3. Un juego adicional de fusibles será provisto por el dueño en cada subestación. Estos fusibles estarán disponibles en todo momento y colocados en unos bolsillos instalados en la parte interior de las puertas. Los bolsillos deberán estar soldados y ser del mismo material utilizado en las puertas. Artículo H: Barras Las barras primarias, secundarias y de tierra (grounding bus) serán de cobre con dimensiones mínimas de 1/4" X 2".
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