Regl. 5676, art. X-C dup2
Capacidad Momentánea en las Barras
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Cite as Reglamento Núm. 5676, Art. X-C dup2
40,000 amperios asimétricos efectivos (RMS).
ArtÃculo D: Despejos (Distancias MÃnimas)
1.
Entre fases metal a metal 7½".
2.
Fase a tierra metal a metal 6".
3.
Entre fases metal a barreras aislantes 2-1/4".
4.
Fase a tierra metal a barreras aislantes lateral 2".
5.
Parte inferior del conector vivo al piso 0 base del gabinete 22".
6.
Todos los despejos serán mantenidos cuando los interruptores estén en las
posiciones cerradas y abiertas 0 en movimiento durante la operación sea ésta
con o sin la herramienta rompecarga (loadbreak tool).
ArtÃculo E:
Conexión del Cable Primario
1.
La posición de los pararrayos y de los conos de atenuación de esfuerzo dentro
de los gabinetes para equipo eléctrico lo determina la dirección de la entrada
de los cables primarios a los interruptores, por lo que:
a.
Las conexiones del cable primario serán preferiblemente en el fondo
0 parte inferior del gabinete de entrada de la lÃnea primaria.
b.
Cuando la entrada de los cables primarios a los interruptores es por
la parte de arriba, según algunos diseños actuales, los conos de
esfuerzo quedan ubicados en la parte de atrás del panel para los
fusibles y los pararrayos en la parte de arriba sobre éstos.
Para evitar los problemas de acceso que crea este diseño y el posible
cruce de alguna fase con la rabiza de los pararrayos, todo
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manufacturero que use este tipo de construcción viene obligado a
suplir una puerta en la parte de atrás del cubÃculo de entrada primaria.
Esta puerta deberá cumplir con todos los requisitos del Código
Eléctrico Nacional y de la Autoridad. De esta manera se podrán
colocar los pararrayos apropiadamente y mantener los conos de
atenuación accesibles. También, se requiere la instalación de una
segunda barrera o puerta interna de seguridad según se indica en la
Sección X, ArtÃculo K, Núm. 13 de este Reglamento.
La ubicación de este gabinete deberá cumplir con todos los despejos
requeridos tanto hacia el frente como hacia la parte de atrás.
2.
Los conectores serán del tipo aprobado por la Autoridad y adecuados para el
calibre del cable a instalarse.
ArtÃculo F:
Interruptores
1.
Cuando la capacidad del banco de transformadores exceda 300 KVA se
requiere un interruptor de carga de operación conjunta instalado en el lado de
alto voltaje.
2.
Cuando la capacidad del banco de transformadores sea igual a 300 KVA se
requiere, a opción del diseñador, un interruptor de operación conjunta que
puede estar instalado en el lado de alto voltaje, 0 en el lado de la carga, 0 en
ambos lados.
3.
Cuando la capacidad del banco de transformadores sea menor de 300 KVA
se requiere instalar en el lado de alto voltaje, a opción del diseñador, uno de
los siguientes interruptores:
a.
Interruptor de operación conjunta.
b.
Fusibles de potencia (power fuses) con capacidad para abrir con
carga)
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ArtÃculo G: Fusibles
1.
Todo gabinete para transformadores o unidades compactas (unit substation)
tendrá una protección con fusibles de potencia en el lado de alto voltaje.
2.
Los fusibles de potencia tendrán una capacidad momentánea de 20,000
amperios asimétricos efectivos (RMS) y una capacidad interruptiva de 12,500
amperios simétricos efectivos (RMS).
3.
Un juego adicional de fusibles será provisto por el dueño en cada
subestación. Estos fusibles estarán disponibles en todo momento y colocados
en unos bolsillos instalados en la parte interior de las puertas. Los bolsillos
deberán estar soldados y ser del mismo material utilizado en las puertas.
ArtÃculo H: Barras
Las barras primarias, secundarias y de tierra (grounding bus) serán de cobre con
dimensiones mÃnimas de 1/4" X 2".