Regl. 2307, art. 2-4

Consentimiento a cooperar

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Cite as Reglamento Núm. 2307, Art. 2-4

El consentimiento a la cooperación que el cliente dará al Departamento será otorgado por escrito al momento de radicar la solicitud del Programa de Asistencia Económica. Se dará la cooperación en todo momento en que sea requerido por el Departamento, según los términos del presente Reglamento.
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