Regl. 5678, art. 1023(n)(1)(A)-1023(n)-8

- Planes de pensiones de beneficios definidos y anualidad que

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Cite as Reglamento Núm. 5678, Art. 1023(n)(1)(A)-1023(n)-8

proveen beneficios definidos; aportaciones en exceso de las limitaciones bajo la Sección 1023(n)(1)(A)(i) del Código; aplicación de la Sección 1023(n)(1)(A)(i)(IV) del Código.- Cuando las aportaciones pagadas por el patrono en un año contributivo que comience con posterioridad al 30 de junio de 1995, a un plan de pensión de beneficios definidos o anualidad que provee beneficios definidos, o conforme al mismo, exceden de las limitaciones aplicables según la Sección 1023(n)(1)(A)(i) del Código, pero de otro modo satisfacen los requisitos para la deducción que establece la Sección 1023(n)(1)(A)(i) o (B) del Código, entonces, de acuerdo con la Sección 1023(n)(1)(A)(i)(IV) del Código, las aportaciones excesivas se arrastran y son deducibles en años contributivos sucesivos en orden de tiempo hasta el monto de la diferencia entre la cantidad pagada y deducible en cada uno de dichos años y la limitación aplicable a cada año bajo las Secciones 1023(n)(1)(A)(i)(I), 1023(n)(1)(A)(i)(II) 0 1023(n)(1)(A)(i)(III) del Código. Las disposiciones de la Sección 1023(n)(1)(A)(i)(IV) del Código deberán aplicarse antes de poner en vigor las disposiciones de la Sección 1023(n)(1)(F) del Código para cualquier año. Las disposiciones de arrastre de la Sección 1023(n)(1)(A)(i)(IV) del Código, antes de que se haya puesto en vigor la Sección 1023(n)(1)(F) del Código, pueden ilustrarse con el siguiente ejemplo para un plan puesto en vigor en un año contributivo que termina el 31 de diciembre de 1996: 20 Año contributivo que termina el 31 de diciembre de 1996 Monto de las aportaciones pagadas en el año $100,000 Limitación aplicable al año $60,000 Cantidad deducible para el año $60,000 Exceso arrastrado a años sucesivos $40,000 Año contributivo que termina el 31 de diciembre de 1997 Monto de las aportaciones pagadas durante el año $25,000 Arrastre de años anteriores 40,000 Total deducible sujeto a limitaciones $65,000 Limitaciones aplicables al año $50,000 Cantidad deducible para el año $50,000 Exceso arrastrado a años sucesivos $15,000 Año contributivo que termina el 31 de diciembre de 1998 Monto de las aportaciones pagadas en el año $10,000 Arrastre de años anteriores 15,000 Total deducible sujeto a limitaciones $25,000 Limitaciones aplicables al año $45,000 Cantidad deducible para el año $25,000 Exceso arrastrado a años sucesivos $0
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