Regl. 5678, art. 1023(n)(1)(A)-1023(n)-8
- Planes de pensiones de beneficios definidos y anualidad que
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Cite as Reglamento Núm. 5678, Art. 1023(n)(1)(A)-1023(n)-8
proveen beneficios definidos; aportaciones en exceso de las limitaciones bajo la Sección
1023(n)(1)(A)(i) del Código; aplicación de la Sección 1023(n)(1)(A)(i)(IV) del Código.-
Cuando las aportaciones pagadas por el patrono en un año contributivo que comience con
posterioridad al 30 de junio de 1995, a un plan de pensión de beneficios definidos o
anualidad que provee beneficios definidos, o conforme al mismo, exceden de las
limitaciones aplicables según la Sección 1023(n)(1)(A)(i) del Código, pero de otro modo
satisfacen los requisitos para la deducción que establece la Sección 1023(n)(1)(A)(i) o (B)
del Código, entonces, de acuerdo con la Sección 1023(n)(1)(A)(i)(IV) del Código, las
aportaciones excesivas se arrastran y son deducibles en años contributivos sucesivos en
orden de tiempo hasta el monto de la diferencia entre la cantidad pagada y deducible en
cada uno de dichos años y la limitación aplicable a cada año bajo las Secciones
1023(n)(1)(A)(i)(I), 1023(n)(1)(A)(i)(II) 0 1023(n)(1)(A)(i)(III) del Código. Las disposiciones
de la Sección 1023(n)(1)(A)(i)(IV) del Código deberán aplicarse antes de poner en vigor
las disposiciones de la Sección 1023(n)(1)(F) del Código para cualquier año. Las
disposiciones de arrastre de la Sección 1023(n)(1)(A)(i)(IV) del Código, antes de que se
haya puesto en vigor la Sección 1023(n)(1)(F) del Código, pueden ilustrarse con el
siguiente ejemplo para un plan puesto en vigor en un año contributivo que termina el 31
de diciembre de 1996:
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Año contributivo que termina el 31 de diciembre de 1996
Monto de las aportaciones pagadas en el año
$100,000
Limitación aplicable al año
$60,000
Cantidad deducible para el año
$60,000
Exceso arrastrado a años sucesivos
$40,000
Año contributivo que termina el 31 de diciembre de 1997
Monto de las aportaciones pagadas durante el año
$25,000
Arrastre de años anteriores
40,000
Total deducible sujeto a limitaciones
$65,000
Limitaciones aplicables al año
$50,000
Cantidad deducible para el año
$50,000
Exceso arrastrado a años sucesivos
$15,000
Año contributivo que termina el 31 de diciembre de 1998
Monto de las aportaciones pagadas en el año
$10,000
Arrastre de años anteriores
15,000
Total deducible sujeto a limitaciones
$25,000
Limitaciones aplicables al año
$45,000
Cantidad deducible para el año
$25,000
Exceso arrastrado a años sucesivos
$0