Regl. 5694, art. 1-1.5
Filosofía
Cite as Reglamento Núm. 5694, Art. 1-1.5
La filosofía de la Administración de Familias y Niños esta recogida
en el Plan de Reorganización Núm. 1 de 1995 que crea el Departamento
de la Familia y describe la función ministerial de la Administración de
Familias y Niños de la siguiente forma:
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"La Administración de Familias y Niños y su
Administrador estarán a cargo, sin que ello constituya una
limitación, de los programas de cuidado, protección y
desarrollo de niños y jóvenes; trabajo social familias e
intervención en casos de adopción, maltrato, abandono,
violencia doméstica y otros; protección y cuidado de ancianos
y personas con impedimentos, desarrollo de trabajo
comunitario, con énfasis en servicios de orientación,
educación y prevención primaria, dirigidos a facilitar el
desarrollo integral de la persona, de manera que sea un
individuo autosuficiente. La Administración, además,
propiciará proyectos colectivos que promuevan una
responsabilidad compartida entre la comunidad y el gobierno,
donde la comunidad asuma un rol protagónico en el manejo
de los problemas que afectan la calidad de su vida. El trabajo
comunitario estará dirigido a desarrollar la capacidad de
autosuficiencia de los individuos y las familias de manera que
se facilite su integración activa al proceso productivo de la
sociedad.
La Administración desarrollará sus programas y proveerá
sus servicios en forma integral a la familia."