Regl. 5694, art. III-3.1

Reglamento para la Implantación de la Ley de Servicios Educativos Integrales para las Personas con Impedimentos. No incluido indice Ley 149 12-dic-2005

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Cite as Reglamento Núm. 5694, Art. III-3.1

Localización, identificación y referido de niños Todos los programas de la Administración de Familias y Niños que dan servicios a niños participarán activamente en el proceso de localizar, identificar y referir a todos los niños que tengan 0 se sospeche que tengan algún impedimento siguiendo los procedimientos interagenciales establecidos. El Programa para el Cuidado y Desarrollo del Niño orientará sobre los procedimientos que tienen el Departamento de Salud y el Departamento de Educación en relación al registro de niños con necesidades especiales 0 deficiencias en el desarrollo.
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