Regl. 5694, art. II-2.4
Reglamento para la Implantación de la Ley de Servicios Educativos Integrales para las Personas con Impedimentos. No incluido indice Ley 149 12-dic-2005
Cite as Reglamento Núm. 5694, Art. II-2.4
Concesionario Head Start- Institución, agencia 0
corporación pública 0 privada con fines no
pecuniarios que recibe fondos de la Administración
de Familias y Niños del gobierno fedederal para
administrar y operar un Programa Head Start.
Actualmente en Puerto Rico hay 13 concesionarios
de los cuales la Administración de Familias y Niños
es el concesionario mayor. El Programa Head
Start considerado en este reglamento es
administrado por la Administración de Familias y
Niños.