Regl. 5694, art. II-2.4

Reglamento para la Implantación de la Ley de Servicios Educativos Integrales para las Personas con Impedimentos. No incluido indice Ley 149 12-dic-2005

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Cite as Reglamento Núm. 5694, Art. II-2.4

Concesionario Head Start- Institución, agencia 0 corporación pública 0 privada con fines no pecuniarios que recibe fondos de la Administración de Familias y Niños del gobierno fedederal para administrar y operar un Programa Head Start. Actualmente en Puerto Rico hay 13 concesionarios de los cuales la Administración de Familias y Niños es el concesionario mayor. El Programa Head Start considerado en este reglamento es administrado por la Administración de Familias y Niños.
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