Regl. 5694, art. IV-4.3

Reglamento para la Implantación de la Ley de Servicios Educativos Integrales para las Personas con Impedimentos. No incluido indice Ley 149 12-dic-2005

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Cite as Reglamento Núm. 5694, Art. IV-4.3

Quejas y Querellas La Administración de Familias y Niños garantizará a todo padre el derecho a presentar reclamaciones ante la agencia cuando éste se encuentre inconforme con cualquier aspecto relacionado con la identificación, evaluación, ubicación o provisión de servicios educativos y relacionados al amparo de esta ley, mediante el proceso de ventilación de quejas y 14 querellas establecido por el Reglamento de adjudicación del Departamento de la Familia.
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