Regl. 5709, art. 1.33

Escombros

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Cite as Reglamento Núm. 5709, Art. 1.33

26 33.8 Otros 5 6.5 Total 77 100 1. Veraneo en casas fijas y estructuras flotantes La proliferación de estas estructuras es alarmante, lo que trae como resultado que entre las actividades recreativas, ésta sea la que represente el uso más intensivo de la ZMT. Además, las ventajas y oportunidades recreativas que ofrece el litoral están limitadas casi exclusivamente a las personas que poseen estructuras en este lugar, pues el establecimiento de verjas y la altura de las edificaciones impiden el acceso físico y visual hacia la costa. 62 2. Estadía en lugares vacacionales Entre las facilidades vacacionales O para hospedaje se encuentran las siguientes: Parador Villa Parguera, Posada Por La Mar, Posada Viento y Vela, Casa Blanca, Nautilus y Parguera Guest House. 3. Paseos en bote En las aguas navegables del Sector La Parguera operan una serie de embarcaciones que ofrecen servicio de acarreo a visitantes. Esta actividad está regulada por la Comisión de Servicio Público. Según informes de esta agencia, a marzo de 1994 operaban en el área 5 embarcaciones debidamente acreditadas por dicha entidad gubernamental. Se informó además, que a otras 5 embarcaciones se le habían cancelado sus permisos y un total de 10 estaban autorizadas para operar en el área de Lajas, pero no brindaban el servicio, ya que sus sellos de inspección no estaban al día. Aunque se reconoce que estos paseos en bote tienen una gran demanda y representan una actividad económica de mucho potencial, el incremento de la actividad turística y recreativa ha traído consigo un aumento en el tránsito de botes privados a gran velocidad por aguas muy próximas al 63 litoral. Esto constituye un peligro para el público en general y tiene efectos negativos sobre las praderas submarinas. De ahí que la velocidad máxima permitida en el área no debe exceder los 5 nudos. 4. Visitas a la Bahía Fosforescente Durante las horas de la noche, la principal atracción son las excursiones a la Bahía Fosforescente. Las visitas a la Bahía por lancha son frecuentes y es necesario tener presente que pueden afectar su bioluminiscencia. Para esto es preciso determinar con mayor exactitud el nivel de tolerancia que tiene el recurso, de manera que las personas puedan disfrutar de este fenómeno y que se pueda proteger adecuadamente. El lado oeste de la Bahía Fosforescente está recibiendo los efectos de la disposición de desperdicios sólidos y el corte de vegetación. Las visitas por tierra al lugar han aumentado, ya que es accesible en automóvil por un camino desde la carretera estatal PR-324. El aumento en el uso recreativo inadecuado puede amenazar el delicado balance necesario para la conservación del fenómeno de la bioluminiscencia. 64 5. Visitas a la Isla Mata de La Gata Hacia este pequeño cayo se provee transportación privada durante el día, mediante el uso de botes y lanchas disponibles a un costo de $4.00 por persona. El lugar fue habilitado por personal del DRNA con: mesas, bancos, bohíos, duchas, servicios sanitarios, vestidores, paseo tablado y salvavidas. Es ideal para pasadías y se acondicionó un predio de aguas claras para el uso de los bañistas. La entrada a las facilidades es de $1.00 por persona y gratis para los niños menores de 10 años. El área está abierta al público desde las 9:00 AM hasta las 5:30 PM de martes a domingo y es necesario llevar alimentos y agua potable para pasar el día. 6. Area Recreativa Playita Rosada Esta área es administrada por el DRNA, consiste de una cuerda de terreno con facilidades para estacionamiento, 7 casetas O bohíos con mesas y bancos, baños y duchas, un paseo tablado, una piscina natural de aproximadamente 4 pies de profundidad (el nivel de agua varía con la marea), vestidores y una sección de balneario. El precio de la entrada por persona es de sólo $1.00 y opera en el mismo 65 horario que Mata de La Gata. El acceso para niños menores de 10 años también es libre de costos. 7. Estadías en Casetas Al final de la carretera PR-304, frente al Club Náutico, en dirección a Playita Rosada, existe un área de acampar privada utilizada por un gran número de visitantes durante el año. Cuenta con un predio de terreno cercado con instalaciones de agua y luz, capacidad para unas 200 casetas y una sección para 50 remolques. Posee facilidades de cancha de volibol y un amplio estacionamiento. En el Sector La Parguera la actividad recreativa alcanza su mayor intensidad durante los fines de semana y el verano. No obstante, a pesar de su gran potencial recreativo, las facilidades, especialmente las de carácter público, son inadecuadas para suplir la creciente demanda por este servicio, no cuentan con los mecanismos y guías para controlar la aglomeración de personas en el lugar específico, ni disponen de los recursos adecuados para recibir el mantenimiento apropiado. La interacción de las actividades turísticas, recreativas y comerciales en un marco falto de controles, de orientación al público y de frecuentes 66 violaciones a los estándares de calidad de vida, ha generado una situación de tal magnitud, que se están deteriorando con rapidez los mismos recursos naturales que dan origen a la actividad socioeconómica del sector. El número limitado de cuerdas de terreno utilizadas para todos los tipos de recreación al aire libre en el Sector La Parguera es evidencia clara de toda la situación previamente descrita. En el año 1985, sólo 22 de las 12,638 cuerdas, lo cual constituye el 0.17% del total de cuerdaje de todo el sector, estaba dedicada a actividades recreativas. A la luz de los datos presentados, se concluye que La Parguera amerita el establecimiento de nuevas alternativas de recreación para los residentes permanentes y los visitantes, junto con la aplicación de medidas de acción que mejoren las existentes. F. Contaminación del Aire La carretera que bordea la Comunidad La Parguera por el sur y el salitral que fue rellenado parcialmente para ser utilizado como estacionamiento en la parte este del sector, son fuentes de polvo fugitivo. El problema de contaminación 67 se agrava en épocas de sequía, lo que podría afectar seriamente la salud de los residentes. Entre las actividades reportadas a la JCA, que generan algún tipo de gas o particulado que impacta la calidad del aire en ese sector se encuentran: la quema de desperdicios a campo abierto, residuos de talleres de ebanistería y pintura de botes. Existen además proyectos de construcción que, aunque poseen sus respectivos permisos, están contribuyendo al particulado y generación de desperdicios sólidos en el área. G. Vertederos Clandestinos Uno de los problemas que afecta la RN es la disposición de desperdicios sólidos a la orilla de las carreteras estatales PR-304, PR-324 y PR-325. También se observa que la gente deposita los desperdicios en la carretera sin pavimentar que bordea el litoral al oeste de la Comunidad La Parguera. 68 H. Exceso de Iluminación La principales fuentes de iluminación que afectan la apreciación de la bioluminiscencia son: el parque de pelota en La Parguera; las facilidades en Isla Magueyes; y el desarrollo a lo largo de la carretera estatal PR-324. - El aumento en la construcción de estructuras en las cuencas de iluminación de las bahías sin que se tomen las medidas necesarias para reducir el efecto de la luz, tendrá un impacto significativo, ya que disminuirá la apreciación visual de este fenómeno. Esta cuenca se establece debido a que la bioluminiscencia se aprecia mejor bajo condiciones reducidas de luz. Dado que la luz viaja en línea recta, cualquier iluminación en los alrededores de la Bahía afecta la apreciación del fenómeno. La cuenca de iluminación de la Bahía Fosforescente se extiende en dirección este, mientras que para la Bahía Monsio José su cuenca de delimitó hacia el norte. Ambas bahías contienen amplias cuencas de iluminación debido a que no existen obstrucciones topográficas que impidan que la luz llegue desde su origen hasta éstas. 69 I. Tránsito y Anclaje de Embarcaciones Existen datos que indican que los arrecifes de coral han sufrido daños permanentes debido al anclaje de botes sobre estas formaciones naturales. Estos se ven también amenazados por la extracción de corales que continúa practicándose a pesar del Reglamento para el Control de la Extracción, Posesión, Transportación y Venta de Recursos Coralinos en Puerto Rico. Por otro lado, el incremento de la actividad turística y recreativa, contribuye al aumento del tránsito de embarcaciones a gran velocidad por aguas muy próximas al litoral. Para controlar la velocidad de las embarcaciones que visitan el área, se instalaron 6 boyas que señalan los 5 nudos permitidos y 2 que demarcan los limites de la RN (Mapa 1). 70 J. Deforestación y Erosión Al noreste del sector se ha alterado significativamente la vegetación natural. Es práctica común el sobrepastoreo y la quema de pastizales. Esto acelera la erosión del suelo, la cual podría influir en mayor sedimentación de manglares y salitrales, especialmente cuando la mayor parte de los terrenos en el área están dedicados a la actividad agrícola. K. Comunidades Adyacentes a la Reserva Natural En el APE se identificaron 18 comunidades. El crecimiento desarticulado de muchas de estas comunidades afecta detrimentalmente el APE en especial su RN. La evaluación de los patrones de escorrentía sirve para argumentar sobre el efecto directo de estos desarrollos en la calidad de las aguas del litoral. Además, algunos de los terrenos donde ubican ciertas comunidades están expuestos a inundaciones periódicas. 71 L. Monos Rhesus y Patas En el 1962 se iniciaron unos estudios biomédicos en las Islas Guayacán y Cuevas en los que utilizaron los monos Rhesus y Patas. Dichas investigaciones fueron realizadas por el "National Institute of Mental Health" y el "Caribbean Primate Center" del Recinto de Ciencias Médicas de la UPR. Al finalizar los estudios, estos monos se escaparon, estableciéndose en el suroeste de Puerto Rico. La mayoría se encuentran en la zona de Sierra Bermeja, al noreste del poblado de La Parguera aunque existen informes de avistamientos en el área de Papayo y en propiedades aledaños a la carretera PR-116 de Ensenada. Los monos Rhesus son animales altamente adaptables. Estos se encuentran desde zonas casi desérticas hasta bosques densos. Los Rhesus son mayormente vegetarianos, comen frutas silvestres, granos, hojas, semillas, flores y corteza. Ocasionalmente consumen insectos y pequeños invertebrados. En el sur de Puerto Rico, los monos Rhesus prefieren pequeños parchos de árboles deciduos, localizados en hondonadas escarpadas en la porción norte de Sierra Bermeja. 72 Son extremadamente tímidos y siempre eluden a los humanos. Dos grupos de 10 a 30 individuos han sido observados en esta área por González-Martínez (1990). En el Sector Cotui del Municipio de San Germán (aproximadamente 10 Km. al norte de Sierra Bermeja) se ha observado un grupo de por lo menos 15 Rhesus. Algunos residentes del sector afirman que éstos están en el área hace por lo menos 7 años. Existe la posibilidad de que éstos emigraron de Sierra Bermeja a través del bosque de Bambú (Bambusa vulgaris) a lo largo de la Quebrada Los Llanos, provocados por la intensa presión de cacería por trampas a principios y mediados de la década de 1980. Los monos Patas habitan en áreas abiertas, en pastizales y sabanas arbustivas eludiendo áreas densamente boscosas. Esta especie es diurna y mayormente cursorial. Están reconocidos como los más rápidos de todos los primates y dependen de su velocidad para escapar del peligro. Su dieta consiste de yerbas, frutas y semillas, ocasionalmente suplementada por hormigas, esperanzas, largartijos y otros pequeños invertebrados. 73 Los monos Patas localizados en Sierra Bermeja y terrenos bajos adyacentes, prefieren las arboledas abiertas de Bayahonda (Prosopis juliflora). González-Martínez (1990) también los ha observado en arboledas espinosas del interior del Sector Arroyo Cayul de Sierra Bermeja, en grupos heterosexuales de 19 individuos. La mayor parte de los avistamientos 74% ocurrieron en las colinas al sur de Sierra Bermeja. Mientras que un 13% fue en las partes llanas al sur de Sierra Bermeja, un 9% en las colinas al norte de la misma y un 4% en las áreas de Arroyo Cayul. Su alimento está basado principalmente en los árboles de Bayahonda. Otras frutas de árboles no nativos abundantes en la zona forman parte de su dieta. Los Patas ocasionalmente visitan pequeños sembradíos de melones, calabaza, maíz y otros vegetales. El hábitat ocupado por los monos Rhesus y Patas coincide con el área designada como crítica para la Mariquita. El desarrollo de la Sierra Bermeja y áreas bajas cercanas a ésta, amenazan las principales áreas de anidaje para la Mariquita. Además éstos pueden causar la dispersión de los monos hacia otras áreas, tales como Laguna Cartagena en 74 Lajas y el Refugio de Vida Silvestre de Boquerón en Cabo Rojo o hacia el interior de la Cordillera Central. De esto suceder, el control de esta población de primates sería casi imposible. M. Contaminación por ruidos El estudio sobre ruido ambiental en La Parguera, Lajas, Puerto Rico, preparado por la JCA, en octubre de 1986, refleja que los niveles de sonido en el período entre las 6:00 PM y las 3:00 AM, exceden lo permitido en el Reglamento para el Control de la Contaminación por Ruido del 1981, coincidiendo esto con el momento de mayor actividad comercial. El problema de generación de ruidos asociados a la actividad comercial, es una situación que aqueja a los ciudadanos lajeños desde hace años. Por tal razón el 7 de noviembre de 1989, el Alcalce de Lajas emitió la Ordenanza Número 29, Serie 1989-90 Para Reglamentar la Venta y el Uso de Bebidas Alcohólicas en la Jurisdicción de Lajas, Puerto Rico, Imponer Sanciones Penales y Para otros Fines. Con esta medida se prohibe toda venta de bebidas alcohólicas desde las 12:00 de la medianoche hasta las 8:00 AM todos los días de la semana. 75 N. Contaminación de agua Para el mes de noviembre de 1993, la JCA actualizó los datos relacionados con los métodos de disposición de aguas sanitarias en las estructuras ubicadas en el frente marítimo de la RN La Parguera. Esta inspección se realizó en el tramo que cubre desde Playita Rosada hasta las facilidades de la Planta de Tratamiento de la AAA en Pitahaya. En dicha ocasión se inspeccionaron 136 estructuras en las que se incluyeron 14 estructuras flotantes. En 20 de estas estructuras, no se observó línea sanitaria, 73 estructuras tenían conexiones sanitarias visibles. Estas últimas están realizadas en tubos de PVC cuya longitud varía entre los 100 a 150 pies desde la estructura hasta la línea sanitaria de la calle. Además, no poseen el declive necesario, por lo que se reportó que ocurre frecuentemente reflujo de las aguas. Un total de 23 estructuras descargan las aguas sanitarias directamente al mar. Durante las investigaciones se observó además, que existe una línea sanitaria que se extiende desde las inmediaciones del muelle del Recinto Universitario 76 de Mayaguez (Ciencias Marinas) hasta la Planta de Tratamiento de La Parguera. La misma fluye por gravedad hasta una estación de bombas adyacente a la planta de tratamiento, la cual impulsa las aguas sanitarias a la planta. Esta línea se encuentra aproximadamente 18 a 20 pies de profundidad y recoge además las aguas sanitarias de las estructuras y residencias ubicadas en tierra. Al momento de la inspección la línea se observó fluyendo normalmente. No se observaron acometidas sanitarias provenientes de las estructuras en el litoral de La Parguera en los registros sanitarios del área. En La Parguera existe una estación de bombas sanitarias cerca del Club Náutico. Esta recoge las aguas negras de las estructuras ubicadas desde Playita Rosada y las conduce a la planta de tratamiento de la AAA. La JCA, no detectó al momento de la inspección, ningún desvío de las aguas sanitarias procedentes de esta estación, sin embargo, no fue posible realizar pruebas a las estructuras que descargan a dicha línea. La estación de bombas a la que se hace referencia fue construida por la Asociación de Dueños de Casetas de La Parguera para servir a sus propias facilidades. El mantenimiento de estas bombas es realizado por esta misma entidad. 77 De acuerdo al Reglamento de Estándares de Calidad de Agua de la JCA del 1983, las bahías bioluminiscentes, Fosforescente y Monsio José, están clasificadas como aguas cuyas características no deberán ser alteradas a fin de preservar los fenómenos naturales existentes. La Agencia de Protección Ambiental según el sistema federal de permisos de descargas llamado "National Pollutant Discharge Elimination System" (NPDES) le requirió a los dueños de todas las estructuras en esas aguas, solicitar dicho permiso federal e instalar un tipo de tratamiento de aguas usadas o en su defecto conectarse a la planta de tratamiento sanitario de la AAA que pudiese aceptar las descargas de dichas estructuras. O. Contaminación de Terrenos La disposición de desperdicios residuales sobre los terrenos sin la autorización de la JCA es otro problema que afecta el APE. Un ejemplo de esta situación se identificó en la carretera PR-303, Km. 6.9 del Barrio Olivares de Lajas. 78 Las facilidades existentes en este lugar reciben desperdicios líquidos de ciertas industrias y los disponen sobre el terreno, ocasionando problemas de vectores (moscas) y olores desagradables en el vecindario colindante. En este APE la JCA notificó también, el problema de tanques soterrados abandonados. P. Inyección de lodos residuales sobre el terreno En la carretera PR-303 Km. 6.2 del Barrio Llanos Costa, Sector Costa de Lajas, ubican unas facilidades autorizadas por la JCA para recibir desperdicios no peligrosos procedentes de las atuneras de Mayaguez. La operación de dicho proyecto se considera normal aunque, los vecinos del sector se quejan de la presencia de moscas en sus residencias asociadas a estas operaciones. La Autoridad de Desperdicios Sólidos tiene un programa de control de moscas y lo implementan en ese lugar con una frecuencia de una vez por semana. 79 Como parte del proceso de monitoría de estas facilidadas, la JCA exige que cada seis meses se someta un Informe de Progreso de la Operación del Proyecto que incluye los datos químicos de las muestras, estableciendo una correlación entre éstos y el grado de inyección. Además debe incluirse una explicación de cualquier anormalidad que se registre. Q. Vertedero Municipal de Lajas Esta facilidad opera de manera eficiente aún cuando ocasionalmente se observa el problema de generación de vectores (moscas). Su único problema es la disposición de aguas residuales de pozos sépticos. Es de conocimiento que dicha actividad es una no permitida por las reglamentaciones vigentes, no obstante este problema está siendo atendido por las autoridades concernidas y está en proceso de resolverse. 80 CAPITULO V ESTRATEGIA DE MANEJO V. Estratégias de Manejo Esta parte del Plan presenta la estrategia de manejo a implantarse con el propósito de proteger los recursos naturales del Sector La Parguera en armonía con su desarrollo. El curso de acción propuesto está basado en la necesidad de resolver los problemas descritos. Además se consideraron los recursos naturales particulares del área; las leyes, reglamentos y políticas vigentes y necesidades de las comunidades afectadas. La estrategia planteada consiste de una serie de proyectos que puedan ser desarrollados de forma aislada, no obstante es mandatorio la implantación de la totalidad de los mismos para garantizar la protección del APE. La realización de esta estrategia conlleva la coordinación y movilización de diferentes agencias y entidades para llevar a cabo los proyectos; determinar prioridades y costos, identificar fuentes de financiamiento y señalar el grado de participación de los sectores públicos y privados. 83 A. Proyecto #1 Ampliación de Límites del APE del Suroeste Como resultado de evaluaciones técnicas surge la necesidad de ampliar los límites físicos, tanto del APE existente como de la RN La Parguera. Por tal razón, se incluye una serie de datos que documentan las ampliaciones propuestas. La JP es la entidad gubernamental facultada legalmente para adoptar las enmiendas territoriales por las implicaciones que éstas poseen en términos de la política pública del uso de terrenos para ese sector. 1. Segmento Sierra Bermeja, Municipios de Lajas y Cabo Rojo Actualmente el límite norte comienza en el kilómetro 3.8 de la carretera PR-303 y se extiende por las laderas al sur de la Sierra Bermeja, siguiendo el contorno de 150 a 200 metros de elevación. A partir del kilómetro 5.9 de la carretera citada se sigue el contorno del área zonificada por la JP en 1972. No incluye las partes más altas de esta Sierra en particular la cima del Cerro Mariquita (el de mayor elevación con 301 metros de altura), donde se han 84 registrado hasta 169 especies de plantas raras y endémicas, algunas de ellas de singular importancia. Entre éstas existen especies oficialmente designadas en peligro de extinción al igual que otras candidatas a dicha designación. Las siguientes plantas están identificadas para este APE: Cobana negra (Stahlia monosperma), Pelos de diablo (Aristida portoricensis) A. chaseae, Lyonia truncata var. Proctorii, Vernonia proctorii y Palo de rosa (Ottoschulzia rhodoxylon). De éstas, las últimas cinco se encontraron en la Sierra Bermeja, la cual constituye parte del hábitat de otras especies de animales críticos entre las que se encuentra la Mariquita. De ahí, que la inclusión de este segmento es esencial para proteger la biodiversidad del sector. Esta sierra localizada al sur del Valle de Lajas, contiene el complejo de rocas intrusivas más antiguas de Puerto Rico, por lo que posee un valor geológico especial. La misma también posee un gran potencial arqueológico. El área recomendada a integrarse al APE está constituida en su extremo norte por los terrenos comprendidos a partir del límite sur del camino en tierra que discurre en dirección 85 oeste desde la Comunidad Maguayo en el Municipio de Lajas y pasa por los Barrios Llanos (Lajas) y Llanos Costa (Cabo Rojo) hasta la intersección con la PR-301 (Mapa 1). Incluye como límite oeste, el margen este de la carretera sin pavimentar que corre paralela al este de la PR-301 hasta conectar con la carretera PR-303. Desde este punto, los terrenos recomendados son los ubicados al margen norte de la PR-303 hasta conectarse con el límite actual del APE del Suroeste, Sector La Parguera. Algunas de las laderas meridionales de esta sierra forman parte del APE del Suroeste Sector La Parguera, dado que en ellas se originan drenajes y quebradas intermitentes que paulatinamente fluyen a la parte este del Bosque Estatal de Boquerón (parte de la RN La Parguera). Lo expuesto amerita que se evalúe la posible inclusión de este sistema de montañas como parte integral del APE del Suroeste. 86 2. Segmento de la RN Laguna Cartagena, Municipio de Lajas La RN Laguna Cartagena fue designada por la JP mediante la Décima Octava Extensión a la Resolución PU-002, el 19 de enero de 1990. Está localizada en el extremo occidental del Valle de Lajas, en el área suroeste de Puerto Rico. Políticamente pertenece al Barrio LLanos del Municipio de Lajas. (Mapa 1). El área de RN y su zona de amortiguamiento están constituidas por el cuerpo de agua de la Laguna y una porción de terreno identificado como necesario para la protección de ésta. Estos terrenos comprenden un área aproximada de 796 cuerdas. Dentro de estos límites, se identificaron varias especies críticas, amenazadas, en peligro de extinción o candidatas a ser designadas. Para la delimitación de la RN y su zona de amortiguamiento, se consideró principalmente la tenencia de terrenos. Aunque éstos comprenden el área de mayor importancia desde el punto de vista ecológico, existen otros lugares, particularmente en la parte norte de la RN, que de sufrir alteraciones significativas, pueden afectar los patrones 87 de escorrentías del lugar. Estas no fueron incluidas en el área de la RN y su zona de amortiguamiento, por ser de tenencia privada. No obstante, las actividades que se contemplen en las mismas deben ser evaluadas con detenimiento para reducir los efectos negativos a la RN. Al presente, esta RN no forma parte de ningún APE pero su proximidad al Sector La Parguera facilita su integración al mismo con el fin de complementar su protección. Por tal razón, se propone extender el límite norte de este APE (Mapa 1) de tal forma que incluya la Laguna Cartagena y su zona de amortiguamiento según designada por la JP. Los límites propuestos son: 1. por el sur - caminos existentes entre las Parcelas Magüayo y la extensión sur de la carretera PR-306; 2. por el oeste - Quebrada Los Llanos; 3. por el norte - línea recta entre la Quebrada Los Llanos y el punto donde el contorno de 12 metros ó 36 pies cruza laextensión sur de la carretera PR- 306; se sigue todo el contorno hasta el camino vecinal que transcurre hacia el sureste; 88 4. por el este - comienza donde termina el punto norte y se extiende hasta la carretera PR-305 en el límite de las Parcelas Magüayo. B. Proyecto #2: Ampliación límites RN La Parguera La RN La Parguera está localizada en el suroeste de Puerto Rico. Aunque la mayor parte del área designada RN está dentro del Municipio de Lajas, cubre otros predios de terrenos en municipios colindantes como lo son Guánica y Cabo Rojo. La porción de terrenos de la cual se deriva el nombre de esta reserva se encuentra en el Municipio de Lajas. Los límites actuales de esta RN fueron identificados mediante la consideración de varios criterios, entre ellos el valor de las áreas adyacentes frente al litoral que constituyen hábitat para la vida silvestre, en especial de especies endémicas, raras y en peligro de extinción. Existen áreas colindantes que cumplen con estos requisitos y que podrían integrarse a esta RN. Lo anterior impartiría medidas adicionales de protección al valor natural de dichas áreas. 89 Esta observación toma considerable pertinencia puesto que dichas áreas están sujetas a varias presiones de desarrollo. A continuación se identifican 6 propiedades que por valor natural deben incorporarse como parte del área designada con RN (Mapa 1). Estas son: Finca Titular La Julia II FCPR La Julia I DRNA Botoncillo DRNA Isla Matei FCPR Punta Jorobado CFI La Jungla Privado Las primeras cuatro son administradas por el Fideicomiso de Conservación de Puerto Rico (FCPR) por lo que ya son manejadas de acuerdo a las políticas de conservación y preservación en reconocimiento a su valor. Esta entidad apoya las gestiones conducentes a incorporar estos terrenos a la RN existente (Apéndice 3). 90 Con respecto a la finca La Jungla, el DRNA a través de la División de Patrimonio Natural de la Secretaría de Planificación Integral, la reconoció como un área de alto valor natural. El DRNA someterá a la JP en un término de un año (una vez adoptada esta enmienda) un Plan de Adquisición para dicha finca. Hasta el momento no se han asignado los fondos para adquirir esta propiedad. Sin embargo, su inclusión en la Petición Presupuestaria constituye un reconocimiento expreso del DRNA en cuanto a su disposición para gestionar la obtención de fondos como una medida para afrontar las necesidades de protección del área. Los terrenos recomendados a ser integrados a la RN La Parguera tendrán una zona de amortiguamiento de 200 metros a partir del límite de la RN, según aplica a las áreas hasta ahora designadas. 1. Segmento La Jungla, Municipio de Guánica La composición florística y rasgos fisionómicos de la vegetación natural sobre las laderas calizas de este sector 91 compara con la existente dentro de las áreas protegidas del Bosque Estatal de Guánica, en su manifestación más madura y de alto valor ecológico. Predominan dos asociaciones florísticas distribuidas en forma de mosaico de acuerdo a las variaciones en topografía y disponibilidad de suelo. Son éstas, el bosque caducifolio estacional y el matorral O arboleda espinosa. Esta última abarca la porción más extensa de las laderas que perfilan hacia el litoral. Al pie de esta ladera caliza existe una cuenca de poca profundidad, de drenaje deficiente y alto nivel freático. En ella puede entrar el agua de mar durante vientos fuertes O al subir la marea y mezclarse con agua de lluvia que en parte proviene del movimiento subterráneo lateral en las laderas del área de interés. En dicha cuenca existen tanto manglares, salitrales y salinas que sirven como hábitats para varias especies de vida silvestre locales y migratorias, algunas de las cuales están protegidas legalmente. Dichos humedales litorales forman parte de la RN La Parguera. Se entiende que el predio del bosque caducifolio estacional y el matorral espinoso están funcionalmente relacionados a la hidrología de estos sectores de la RN La Parguera, además de poseer otras propiedades ecológicas que le imparten valor natural. 92 Por ejemplo, existen registros del Guabairo de Puerto Rico y del Lagartijo del seco (Anolis cooki), especies legalmente protegidas. Los sistemas ecológicos de La Jungla se extienden tierra adentro hasta integrarse de forma continua a la Reserva Internacional del Hombre y la Biosfera del Bosque Estatal de Guánica. La designación de esta área, de alto valor ecológico sin ninguna protección legal al presente, al formar parte de la RN La Parguera establecería una unidad continua de sistemas naturales dentro de la zona costanera. El área que se recomienda es aquella comprendida al norte noreste del camino que discurre desde la punta al norte del Cayo Don Luis (Guánica), hasta su unión con la carretera PR-325 al noreste de la Caleta Salinas (Guánica), se extiende desde el norte-noroeste hasta los límites meridionales de la porción del Bosque Estatal de Guánica que ubican en el Barrio Montalva de Guánica. Bordea los límites de las salinas presentes (una de ellas denominada La Providencia) que forman parte de la RN La Parguera (Mapa 1). 93 2. Segmento Punta Jorobado, Municipio de Guánica Es un promontorio calizo de configuración básicamente cónica y altura máxima aproximada a los 26 metros. Constituye el extremo sur de una península en la porción sureste del APE del Suroeste, Sector La Parguera (Mapa 1). Sus laderas oeste, sur y este perfilan hacia el Mar Caribe. Los extremos norte y noroeste se extienden tierra adentro hacia la comunidad Salinas Providencia, que a su vez colinda con el Bosque Estatal de Guánica, sector Monte de La Brea. Más del 85% de la superficie de esta península está cubierta con afloraciones de grandes peñazcos de piedra caliza. Su composición florística y rasgos fisionómicos corresponden a una arboleda O matorral espinoso en estado maduro y de alto valor ecológico. La altura de la vegetación oscila entre 1 y 6 metros presentando una distribución que es a veces abierta y en otras cerrada. Existen algunos parchos de vegetación predominantemente arbórea en la cima donde se ha depositado una capa mayor de suelo lómico arcilloso. Aquí, la complejidad estructural de la vegetación es mayor con una altura aproximada de 4 a 5 94 metros. La base de las laderas muestra vegetación herbácea densa de menos de 2 metros de altura de forma irregular con una distribución abierta, la cual ajusta a la definición de un plato rocoso. Punta Jorobado es un hábitat en estado natural con características similares a las de la RN designada que se encuentra bajo el manejo del DRNA. La misma sirve como hábitat de descanso, forraje y anidaje para la mayoría de las 47 especies de aves asociadas al litoral y laderas adyacentes de Lajas y Guánica. La línea que demarca el extremo este actual de la RN La Parguera permite el que sólo la zona marítimo terrestre de la ladera oeste de Punta Jorobado esté incluida en dicha designación. Dicha Punta cubre cerca de 9 cuerdas y pertenece a la Compañía de Fomento Industrial (CFI) de Puerto Rico. La CFI ha informado de su interés en vender este predio. La integración de esta Punta a la adyacente RN sería un paso en dirección hacia su protección. El área recomendada aquí es aquella constituida por las 9 cuerdas del extremo sur de Punta Jorobado. Estos terrenos colindan por el norte con el límite sur de la Comunidad 95 Salinas Providencia, por el este y el sur con el Mar Caribe y por el oeste con el extremo suroeste de la propia RN La Parguera. C. Proyecto #3: Restauración del Frente Marítimo de la Reserva Natural La Parguera La Parguera es una comunidad adyacente al mar y ciertamente posee un alto potencial para la creación de un escenario óptimo que viabilice la realización de actividades recreativas. No obstante, el desarrollo de esta actividad dependerá grandemente de la ausencia de barreras visuales y obstáculos al acceso en y hacia el frente marítimo y aguas territoriales. El Gobierno tiene una responsabilidad impostergable de poner a la disposición de la ciudadanía esta área, mediante el establecimiento de unas directrices claras para el desarrollo de las actividades recreativas en La Parguera y cooperando para el establecimiento de facilidades físicas adecuadas al desarrollo de la misma. Este proyecto cuenta con la aprobación del DRNA y el apoyo de ARPE (Apéndice 4). 96 1. Lugar afectado y áreas colindantes La restauración propuesta, se realizará en una sección de la costa perteneciente a la RN La Parguera, que cubre desde donde ubican las facilidades recreativas del DRNA (Playita Rosada), hasta la porción de terrenos pertenecientes al Bosque Estatal de Boquerón en Pitahaya. Se incluye la zona marítimo terrestre, terrenos sumergidos y otros pertenecientes al Bosque Estatal de Boquerón. El Mapa 1 señala los terrenos bajo consideración, los cuales en su mayoría están zonificados con un Distrito B-2 (Bosque de Mangle) por la JP. Por lo tanto, las obras propuestas deberán responder a las disposiciones legales vigentes aplicables a las áreas citadas. Este proyecto incluye también los cayos pertenecientes a la RN La Parguera en los aspectos de restauración de hábitats. Los terrenos que colindan inmediatamente con las áreas objeto de esta evaluación, son en su mayoría terrenos públicos que figuran como bienes patrimoniales del DTOP. Estos constituyen parte de la zona de amortiguamiento delimitada para esta RN en su mayoría han sido zonificados por la JP con un Distrito CR-1 (Conservación de Recursos). Por el 97 norte, colindan con la carretera municipal. Hacia el oeste, colindan con el Bosque Estatal de Boquerón, propiedad pública, bajo la jurisdicción del DRNA. Al este, se encuentran otros terrenos públicos bajo la jurisdicción del DTOP. Existen otras colindancias como los lotes vendidos para uso turístico (Parador Villa Parguera y Posada Por La Mar) Estas y otras colindancias han sido respetadas por las obras propuestas como se indica en los mapas. Se propone restaurar la RN en las colindancias con estos desarrollos privados. Con relación a las posibilidades de expansión de estas hospederías, se advierte que están limitadas a lo dispuesto en sus escrituras, por el distrito de zonificación vigente (CR-1) y las reglamentaciones de zona marítimo terrestre. (Apéndice 2) 2. Descripción de las Obras a. Fase 1: Limpieza del área Esta fase comprende la remoción de las estructuras fijas ubicadas a lo largo del frente marítimo de la RN La Parguera y las ubicadas en los cayos que también forman parte de ésta. 98 Dicha fase incluye además, la eliminación dentro de los límites de la RN del anclaje permanente de embarcaciones y casas-bote certificadas (según dispuesto por el Reglamento para la ejecusión de la Ley Núm. 48 del 27 de junio de 1986). La eliminación de estructuras fijas y el anclaje permanente de las flotantes, así como de las casas-bote certificadas implica lo siguiente: -eliminación de casetas sobre pilotes; -eliminación de casetas flotantes; -eliminación de muelles privados; -remoción de plataformas; -eliminación de verjas y barreras que obstaculizan el paso a la costa; -remoción de rellenos; -eliminación de accesos a las estructuras; -eliminación de infraestructura no necesaria; -extracción de pilotes; -limpieza general del área; y -remoción de escombros. 99 b. Fase 2: Desarrollo y construcción de las obras AA. Area Recreativa Playita Rosada: En esta fase se propone la construcción de las siguientes facilidades públicas en las áreas descritas (Mapa4) En el Area Recreativa Playita Rosada se proponen las siguientes obras: -Instalar un teléfono público; -reorganizar el área de estacionamiento; -proveer facilidades recreativas rústicas para niños (columpios, chorreras, centro de actividades, etc.) ; -construcción de una estructura rústica para la Oficina de Manejo de la RN y el Cuerpo de Vigilantes; -mejorar, sin alterar dimensiones, una estructura existente para utilizarse como un centro de información al visitante y primeros auxilios; -identificar mediante rotulación la flora existente; -colocar postes para la protección de la vegetación; -rotulación adecuada del área (Apéndice 3) ; -identificar el área de playa con boyas para el uso de niños, envejecientes y personas con impedimentos; -proveer controles o medidas de seguridad para proteger la propiedad pública en el área; 100 -limpieza y acondicionamiento de los alrededores; -reforestar el área con flora existente en el lugar; -reparar los servicios sanitarios y duchas; y -construir accesos adecuados a las diferentes áreas o mejorar los existentes. BB. Muelles para el uso general: Se propone la designación de dos áreas para utilizarse como áreas con muelles y rampas de uso general. Estas ubican en las facilidades que actualmente pertenecen al Club Náutico y en el área aledaña a la rampa pública construida por CODREMAR. Con relación a la ubicación que afecta las facilidades existentes en el Club Náutico, se pretende que se honren las pautas contenidas en los permisos otorgados y los estatutos vigentes. Además, deberán conformar sus actividades con el lugar que ocupan, ya que está designado como RN. Por otro lado, con relación a las posibilidades de expansión del Club Náutico, se advierte que las mismas están limitadas al área ocupada, a las disposiciones de la zonificación vigente (B-2) y los estatutos legales aplicables (Apéndice 2). 101 CC. Muelles para los usos institucionales: Para la ubicación de muelles institucionales se proponen dos áreas: (1) el muelle existente utilizado por embarcaciones con destino a la Isla Magueyes perteneciente al Departamento de Ciencias Marinas del RUM; y (2) la construcción de un muelle para uso del DRNA, ya que necesita contar con unas facilidades adecuadas para atracar y varar sus embarcaciones. Además se reorganizará el área que sirve de estacionamiento en el lugar. DD. Facilidades para el uso de los pescadores del sector: Se propone la consolidación de los muelles destinados al uso de los pescadores del sector y su relocalización en áreas más protegidas y de mejor acceso. A tales efectos se proponen tres ubicaciones (Mapa 4). Asociados a los muelles, se construirán áreas para venta de pescado, armarios para los implementos de pesca, pesaje, combustible, rampa, área para la construcción de artes de pesca y embarcaciones, centro de reuniones, descamaderos, estacionamiento y viraje de vehículos. Se proveerá además, un área de almacén para guardar las artes de pesca. Asociado a la misma, se colocarán zafacones (recipientes con tapas) para la recolección de los desechos de la pesca. 102 EE. Muelles para el acarreo de los visitantes: El acarreo controlado de visitantes a la Bahía Fosforescente y el Area Recreativa Isla Mata de La Gata, es necesario para garantizar la utilización pública de estos lugares, la recreación y el disfrute de sus bellezas, de acuerdo al nivel de tolerancia. Se propone un área para la ubicación de los muelles y que las embarcaciones sean operadas por concesionarios bajo las condiciones que acuerden el DRNA y las entidades privadas interesadas. Se recomienda el cierre de la Isla Mata de La Gata, para permitir su restauración y realizar obras de mantenimiento durante los meses de septiembre y febrero cada año. Se advierte que el número de visitantes no excederá las 200 personas por día, según está estipulado en la Orden Administrativa 93-11. FF. Paseo tablado interpretativo sobre pilotes con áreas de descanso y plataforma techada para uso recreativo: El DRNA fomenta el uso educativo de sus áreas conjuntamente con el recreativo. Razón por la cual se propone la ubicación en La Parguera de un paseo tablado interpretativo sobre pilotes. Este incluirá áreas de descanso habilitadas con bancos y una plataforma techada que se localizarán próximos al Area Recreativa Playita Rosada. Sus usuarios podrán utilizar el estacionamiento de esta área recreativa. 103 GG. Facilidades recreativas: Se ubicará un paseo tablado con plataformas y bancos para descanso e instalaciones de pesca de orilla para uso del público con facilidades para impedidos. Además, se habilitarán 5 espacios para concesionarios que se dedicarán a la venta de comidas y artesanías. Las condiciones para la operación de estos negocios serán acordadas entre el DRNA y los concesionarios. HH. Rampa y muelle de uso general: Se proponen las instalaciones de unas facilidades para uso general, a saber: muelle y rampa pública en el Sector Puerto Viejo, aledañas a el varadero existente en el lugar. II. Control de la erosión de terrenos para proteger la vía municipal que provee acceso al área, la protección y el embellecimiento del frente marítimo: Se recomienda la eliminación de la mayoría del relleno depositado en la RN. Esta acción traerá como consecuencia la restauración de la condición anegada 0 de humedal en una gran cantidad de terrenos de la RN, que podría afectar el lado sur de la carretera colindante. Por lo cual, se 104 propone la construcción de una barrera que proteja la vía hacia este lado, sin que se afecte el drenaje de los terrenos. La obra propuesta consiste en la construcción de un dique de tierra de 3 pies de elevación paralelo a la carretera en el área identificada por las letras II ilustrados en el Mapa 4. Este será establilizado con vegetación asociada al lugar, a la vez que servirá para embellecer los alrededores de ese tramo de la carretera. Para levantar el dique se utilizará parte del material de relleno removido en la Fase 1. En la base de esta construcción, se colocarán tubos perpendiculares y a nivel de la carretera que permitirán el drenaje de las aguas hacia los salitrales. También se considerará el acceso hacia aquellos lugares donde se proponen facilidades públicas. JJ. Control de la sedimentación para proteger los manglares al oeste de la Reserva Natural: Las instalaciones ubicadas al oeste de la RN, aunque fuera de los límites de ésta, representan una seria amenaza a la integridad ecológica de los recursos naturales del área. De éstos, los manglares pertenecientes al Bosque Estatal de Boquerón son los más vulnerables. El problema de sedimentación asociado al movimiento de terrenos y a la 105 deforestación le están causando daños severos a este ecosistema. En un intento de proteger el manglar, se construirá un dique de tierra en el área identificada por las letras JJ (Mapa 4). La altura recomendada sería de 3 pies. El dique se construirá de una forma que garantice el acceso a la costa en aquellos lugares donde se han propuesto las ubicaciones de las facilidades públicas. Además, se colocarán tubos que permitan el drenaje de las aguas hacia el manglar. Las consideraciones sobre el material para la construcción de dique y su posterior estabilización serán similares a las obras identificadas con las letras II. KK. Relocalización de los postes de tendido eléctrico: Los postes para el tendido eléctrico deberán ser removidos de los salitrales o manglares y ubicados en la franja de terreno al norte de la carretera municipal. LL. Ubicación de vendedores ambulantes: El DRNA y el Departamento de Comercio acordaron que para el área bajo consideración el número de vendedores ambulantes a ser permitidos no excedería la cifra de 10. Mediante este acuerdo se dispuso que esta actividad se desarrollaría en el lugar señalado en el Mapa 4. 106 3. Consideraciones Generales A. Accesos Las obras propuestas no requieren la construcción de nuevos accesos vehículares al área, ni la repavimentación de caminos. El acceso existente es a través de la carretera estatal PR-304, desviándose hacia la izquierda para continuar por una carretera municipal. Se propone la construcción de accesos peatonales a las facilidades propuestas que discurran perpendiculares a la carretera municipal. Estos se describen como paseos tablados sobre pilotes con un ancho que no será mayor de 3 metros. Todos serán adecuados para el paso de ciudadanos con impedimentos. Se utilizará madera o plásticos reciclados como materia prima para la construcción, incluyendo los pilotes. B. Estacionamiento Este proyecto no incluye la construcción de estacionamientos, excepto en la reorganización de esta 107 actividad en las facilidades del Area Recreativa Playita Rosada y el lugar que tradicionalmente ha utilizado el personal, estudiantes y visitantes de la Isla de Magueyes. Se reservarán mediante la debida rotulación espacios para vehículos de personas con impedimentos. No se utilizará asfalto, ni relleno adicional al existente. El Gobierno auspiciará la iniciativa del sector privado para proveer estacionamientos entre otras áreas de APE para acarrear visitantes a las áreas recreativas públicas. C. Reforestación Se reforestarán las áreas afectadas, según sea necesario, sólo con vegetación existente en la RN con preferencia a especies endémicas y nativas que se encuentran en esta zona. D. Rotulación La rotulación dentro de la RN deberá ser de forma clara y sencilla, de fácil interpretación para niños y adultos. La altura de los mismos no deberá sobrepasar los 5 pies. De necesitar iluminación, éstos deberán iluminar hacia el suelo O hacia tierra adentro. Se recomienda la utilización de pinturas fluorescentes. 108 El Apéndice 5 muestra algunos ejemplos de la rotulación recomendada para el lugar. Se proponen los siguientes rótulos a ser colocados: -identificación de lugares y recursos de interés; -identificación de facilidades existentes; -reglas, horarios, cuotas asociadas a la operación de facilidades recreativas; -disposiciones para garantizar la seguridad pública; -facilidades para impedidos; - -identificación de acceso; y -otros E. Infraestructura Se utilizará toda la infraestructura disponible para la obtención de los servicios de energía eléctrica, agua potable, teléfono, alcantarillado sanitario. De ésta infraestructura, toda aquella que no sea necesaria para los usos propuestos será removida. F. Ubicación La ubicación de las obras propuestas que se ilustran en el Mapa 4, podrían estar sujetas a cambio en el diseño final de cada proyecto. 109 IV. Impacto de las Obras a Realizarse Durante el proceso de restauración y rediseño de la RN se llevarán a cabo ciertas obras que tendrán un efecto a corto plazo sobre el área. A continuación se establece el impacto de cada una de las obras propuestas. a. Eliminación de estructuras fijas, (casetas, muelles, extracción de pilotes, remoción de rellenos, eliminación de verjas, etc.) 1.1. Impacto a. Daño a los manglares colindantes: Esto podría implicar lapoda o corte premeditado de vegetación para facilitar el paso y la remoción de las estructuras. Estas obras podrían ocasionar daño accidental e involuntario al manglar (ejs.: defoliación, tronchadura de troncos, ramas, raíces, etc.). b. Reducción y perturbación de habitáculos de vida silvestre asociados al impacto en el manglar. 110 C. Alteración del fondo marino: La remoción de pilotes y el movimiento de escombros en el mar podrían provocar daños a las fanerógamas marinas, en especial a las praderas de Thalassia. La remoción de pilotes dejará huecos temporeros en los terrenos sumergidos que deberán restaurarse al estado natural. El movimiento en el mar provoca la suspensión de sedimentos de los terrenos sumergidos y ocasionará de forma inmediata problemas de turbidez en las aguas. Esta condición puede interferir con la penetración de los rayos solares esenciales para la foto síntesis de las fanerógramas, el fitoplancton y otros organismos (ej. corales). b. Remoción de rellenos y eliminación de infraestructura 1. Impacto a. Problemas de sedimentación: El movimiento de tierra producto de estas obraspropicia que los sedimentos se puedan desplazar hacia el mar ayudados por las escorrentías y por el flujo y reflujo de la marea. El sedimento queda suspendidotemporalmente en las aguas y paulatinamente se deposita sobre el fondo marino. 111 La sedimentación podría ocasionar un efecto adverso sobre los manglares, los pólipos de coral, las esponjas y otros organismos. b. Turbidez de las aguas: Este problema (asociado al problema anterior) se visualiza como un efecto de corta duración y de daños mínimos en los ecosistemas. C. Inundación de terrenos: Con la remoción del relleno aumentará el flujo y reflujo de las aguas en ese sitio. Ello restituirá las condiciones anegadas de estos terrenos, beneficiándose los sistemas ecológicos. d. Generación de polvo fugitivo. e. En el proceso de relocalización de postes de alumbrado eléctrico, tuberías de conexión de alcantarillado santario y de agua potable, áreas de manglar O salitrales, se verán adversamente afectados a corto plazo por la destrucción y corte de manglar, así como el movimiento de tierra asociada a estas obras. 112 C. Remoción de plataformas, estructuras flotantes y de casas-bote 1. Impacto a. Se visualiza un impacto menor al ocasionado por la remoción de estructuras fijas. Debido al hecho de que están amarradas a los manglares, ancladas o fijas a tierra por conexiones de agua, luz y teléfono, se podría afectar en algún grado el ecosistema, principalmente el manglar, de manera similar a la descripción anterior. b. Muchas de estas estructuras poseen rellenos de tierra para el acceso y su remoción tendrá un impacto similar al ocasionado en el caso de las estructuras fijas. 113 d. Durante la segunda fase se anticipan impactos similares a los descritos. 5. Medidas de Mitigación al Impacto Ambiental Adverso Anticipado para la Fase I 1) Para reducir los daños al manglar ocasionados por la remoción de estructuras, se recomienda realizar por vía marítima el acarreo, tanto de materiales y equipo para remover las estructuras, como de la transportación de las mismas una vez desmanteladas, haciendo uso de los lugares de acceso para acarreo más cercano. 2) Se identificaron 7 lugares de acceso señalados en los Mapas 2 y 4 para el acarreo de los materiales asociados a estas obras los cuales son: a. muelle y rampa del Club Náutico; b. áreas aledañas a la estructura Núm. 160; C. áreas entre las estructuras Núm. 74 y 75; d. áreas entre las estructuras Núm. 104 y 105; e. rampa CODREMAR; f. áreas cercanas a la estructura Núm. 131; y g. varadero de Gundo 114 Estas áreas son también apropiadas para el viraje y estacionamiento temporal de vehículos pesados (camiones que transportan el material) - 3) Se hará un itinerario donde se establezcan las fechas y periódos de tiempo que tiene cada propietario de estructura para realizar la remoción de sus propiedades. No se deberán remover todas las estructuras a la vez y se recomienda dividir el tiempo para realizar las obras en cada tramo. 4) El transporte marítimo tendrá que utilizar plataformas o barcazas debidamente autorizadas por el DRNA para realizar tales funciones. Todos los costos asociados con estos trabajos serán responsabilidad de los propietarios y sufragados por ellos, a menos que el DRNA determine lo contrario. 5) Las obras de remoción serán directamente supervisadas por personal del DRNA, adscrito a la Oficina de Manejo de la Reserva Natural La Parguera y al destacamento de Cuerpo de Vigilan-tes en esa zona. 115 D. Proyecto #4: Construcción de vereda submarina en Cayo Enrique La selección de lugares apropiados para la implantación de veredas submarinas envuelve una serie de factores que incluyen: el acceso al lugar; la seguridad que provea tanto a la integridad del arrecife como a los visitantes, no aumentar los conflictos de uso en el área, mantener la integridad de las áreas utilizadas por científicos que realizan estudios; no obstaculizar el paso de embarcaciones; y no afectar áreas con valor arqueológico (Acevedo, 1988). Cayo Enrique fue seleccionado como el lugar más adecuado, debido a las condiciones que éste presenta. Localizado entre las latitudes [17°57'20" y 17°57'40"] longitudes [67°02'30" y 67°03'20"] se encuentra aproximadamente a una milla náutica de la comunidad La Parguera. Cayo Enrique posee una amplia laguna arrecifal que está protegida del oleaje y provee de aguas cristalinas y tranquilas a los que le visitan durante el año (Mapa 1). El extremo oeste del cayo, comúnmente conocido como el rabo del arrecife, posee una amplia gama de especies de 116 corales duros y blandos con diversos invertebrados marinos a una profundidad entre 1 a 10 metros. Este arrecife es accesible por bote en un tiempo aproximado de 5 a 10 minutos del litoral. El área presenta varias zonas en la parte trasera arrecifal, en las que se incluye una planicie con abundancia de zoantidos tales como Palythoa caribbea y Zoanthus sociatus. Existe gran variedad de anémonas entre las que se encuentran Stoichactis helianthus y Epycites crucifer. Además abundan coraliformes como Ricordea florida que vive en pedazos de coral muerto que arrastra el oleaje causado por tormentas y fuertes marejadas. Se hallan asociados al área varios árboles de mangle rojo, los cuales proveen albergue a innumerables especies de invertebrados marinos como pequeñas langostas, cangrejos del género Mithrax, serpúlidos, gran variedad de esponjas, tunicados e hidrozoarios entre otros. Hacia la laguna arrecifal, a una profundidad de un metro, se identificaron especies de hidrocorales como Millepora alcicornis y M. complanata. Los corales hermatípicos incluyen: Montastrea annularis, Agaricia agaricites, Diploria sp., Siderastrea spp., Porites asteroides, Acropora spp.y Meandrina spp. 117 1. Diseño de la Vereda Submarina Se recomienda desarrollar una vereda sinusoidal cuyo diseño incluye numerosos letreros, ya que los componentes del arrecife no están distribuídos uniformemente. Con este concepto se destacará la mayor parte de los componentes de la biota presente. La vereda debe comenzar cerca de la zona de anclaje designada. Los letreros se deben enumerar de forma tal, que el usuario pueda tener una secuencia en la interpretación con una dirección a seguir. De este modo, cuando varias personas visiten el área simultáneamente, se evitará el movimiento en direcciones contrarias lo que causaría confusión y posibles daños. La presencia de pequeñas boyas separadas del fondo y localizadas a través de la vereda será de gran utilidad para mantener a los visitantes dentro de los predios de la vereda y evitar que se afecten áreas no destinadas al uso del público. 118 Debido al cambio natural al que están sujetos los componentes del arrecife, es aconsejable que aquellas especies de alta fragilidad como: Acropora cervicornis, anémonas, gorgonios, esponjas y otros invertebrados se rotulen con componentes removibles de forma tal, que el personal a cargo de la vereda pueda mover los rótulos según sea necesario. Se recomienda el uso de bloques de concreto de 30 cm. de largo por 30 cm. de ancho y 30 cm. de alto cuya superficie superior tenga un ángulo de unos 20 a 30°. Esto facilitaría que el visitante pueda leer desde el pasillo de tránsito y a la vez ayudará a que el sedimento se desplace fuera de la superficie. Los bloques deberán localizarse cerca de los organismos, de forma que no interfieran con éstos ni con otros presentes. Cada bloque de concreto tendrá 2 perforaciones de donde saldrán dos varillas de acero inoxidable. Esto minimizará la corrosión y a la vez proveerá de un mecanismo removible para que puedan limpiarse con facilidad las algas, bayocas y otros colonizadores que se establezcan en los rótulos. Las varillas se enterrarán hasta que estén firmemente sujetas al sustrato. La superficie superior de los bloques tendrá 4 espárragos de acero inoxidable que servirán para fijar los rótulos plásticos 119 con la información grabada al relieve. El mantener los bloques separados del fondo es una buena práctica, ya que evitará que éstos se cubran por arena durante el paso de tormentas. Aquellos corales de mayor tamaño y larga vida se pueden rotular mediante la remoción de arena suelta y al llegar a la roca sólida se colocará un marco de madera, al cual se le vertirá concreto fresco y se introducirán los 4 espárragos en posición vertical sobresaliendo aproximadamente de 1/2 a 3/4 de pulgadas sobre la superficie superior, sobre la cual se fijará el rótulo de plástico con la información necesaria grabada al relieve. El mismo quedará fijo al secarse el concreto. No es recomendable el uso de materiales tóxicos que eviten el establecimiento de colonizadores, debido a que estos se difunden hacia la columna de agua y podrían afectar adversamente la biota presente. Los letrero debe incluir el nombre científico (género y especie) y el nombre común en inglés y español de componente biótico que identifican. De ser posible, se incluirá algunos 120 comentarios que ameriten los conocimiento del visitante (ej. Acropora palmata; coral Cuerno de arce, "elkhorn coral". Coral de zonas llanas y aguas claras) 2. Manejo de las Veredas Es necesario que se tomen medidas para evitar malas prácticas en el área de la vereda, de forma tal que se preserven los recursos coralinos. Por tal razón, se debe crear e implementar un reglamento que regule las actividades que lleven a cabo los visitantes en el área de la vereda. 3. Monitoreo de las Veredas Para poder dar seguimiento a los efectos de eventos naturales y los causados por el hombre, es necesario desarrollar un plan de evaluación permanente en el área de la vereda. Para lograr este objetivo es necesario documentar las condiciones exactas del área antes de comenzar la construcción de las veredas e inmediatamente después de terminada. 121 La mejor forma de obtener un registro permanente es mediante el uso de fotografías. El área deberá fotografiarse antes y después de construida la vereda y luego, cada año 0 cuando las condiciones lo ameriten para estimar los cambios ocurridos en los componentes coralinos de la vereda. Es importante que se fotografien las áreas a una escala similar a la original, para que las medidas de los cambios a corto o largo plazo sean confiables. Posteriormente, se podría evaluar y documentar la natalidad, crecimiento y mortandad de los diversos componentes sésiles de la comunidad. Se establecerá un protocolo para el monitoreo de las veredas, que incluirá un itinerario de la toma de las fotos (que podrá ser cada 3, 6, ó 12 meses, dependiendo de la necesidad), la localización exacta de cada estación fotográfica (permanentemente marcada en el sustrato, documentada en cuanto a su posición geográfica y con relación al arrecife) y otros datos de la imágen con relación al norte u otra referencia conocida. La obtención de estos datos deberá hacer más fácil la labor de documentar cualquier modificación que sufra el arrecife como resultado de su uso y permitirá la adopción de las medidas de manejo que sean pertinentes. Cualquier cambio observado se notificará al encargado del manejo de la vereda para tomar acción rápida sobre el asunto. 122 4. Construcción de Caseta para el Uso de la Vereda Submarina Para complementar la vereda submarina, es necesario disponer de una caseta en tierra para ofrecer información y orientación al visitante, así como mantener el control de su uso. En la caseta estará disponible un mapa del área de la vereda con todos los detalles necesarios para el uso del visitante. Se ofrecerá además, material escrito sobre el alcance de los reglamentos y penalidades aplicables a que estarían sujetos los que incurran en violaciones a éstos. También se incluirá material informativo sobre especies peligrosas cuyo contacto debe evitarse, tales como: erizos; meduzas; hidrozoarios; gusanos; corales de fuego; anémonas; cangrejos; y congres (morenas). Dada la singularidad de la vereda submarina, el mantenimiento de ésta resulta ser complejo, por lo que se recomienda el cierre de la misma por más de un día. El nivel de tolerancia será igual a la cantidad máxima de personas que se admitirán diariamente en determinado intérvalo de tiempo. Esto evitará que la vereda se perjudique por la aglomeración de personas en un área tan sensible. El nivel de tolerancia se determinará una vez se construya la vereda 123 por personal especializado. Se promoverá que las embarcaciones que acarrean visitantes en el áreas, ofrezcan servicio de viajes hacia las facilidades de la vereda. E. Proyecto #5: Saneamiento de la Zona Marítimo Terrestre, Reserva Natural La Parguera Segmentos La Cueva, Salinas Fortuna y Papayo Como primer paso para el desarrollo del proyecto propuesto se deberá deslindar la zona marítimo terrestre de las áreas señaladas. Una vez se disponga del plano de deslinde, se procederá con la identificación de los usos inadecuados para esta zona, utilizando como uno de los criterios los inventarios realizados. Finalmente, se procederá con la implantación de lo dispuesto en el Reglamento para el Aprovechamiento, Vigilancia, Conservación y Administración de las Aguas Territoriales, los Terrenos Sumergidos Bajo Estas y la Zona Marítimo Terrestre, DRNA, 1992. 124 Para el segmento de Papayo se considerará la propuesta ubicación de unas facilidades pesqueras a ser desarrolladas por el Departamento de Agricultura. F. Proyecto #6: Zonificar la Totalidad de la Sierra Bermeja con un Distrito CR-1 y la Porción de Terrenos Pertenecientes a la RN Laguna Cartagena con un Distrito PR La adopción de unos distritos de zonificación adecuados para la protección de los recursos naturales e históricoculturales identificados en este APE, constituye un instrumento de planificación de primordial importancia para el manejo. Esto se debe, a que la zonificación es el mecanismo legal vigente en Puerto Rico para regular los usos de terrenos, de tal modo que respondan a los objetivos y políticas públicas establecidas para el área sujeta al proceso de planificación. Es decir, si no se adoptan distritos adecuados para la protección de determinados recursos, será imposible el control o eliminación gradual de usos y actividades que van en detrimento de los mismos. Para el APE bajo consideración, se ha observado que la subdivisión de terrenos y el uso indiscriminado de los 125 mismos, tiene como resultado un sinnúmero de problemas ambientales que son detrimentales para el mantenimiento de la integridad ecológica del Sector. La Sierra Bermeja, considerada como una de las formaciones geológicas más antiguas del Caribe y la más antigua de Puerto Rico, ha sufrido fragmentación de hábitats, deforestación, remoción de la capa vegetal, movimiento de tierras, erosión de terrenos, etc. Además, su eventual desarrollo amenaza la conservación de tan importante patrimonio natural e histórico cultural. De ahí que se recomienda para la totalidad de esa área la adopción de un Distrito de Conservación de Recursos Uno (CR-1) y la preparación de un plan para incentivar la reforestación de terrenos con especies endémicas del lugar. El Distrito CR-1 persigue entre otras cosas, la protección de fincas cuyas características existentes deben mantenerse y mejorarse como lo son aquellas donde habitan especies de singular valor, áreas costeras con bellezas paisajistas y fajas de amortiguamiento adyacentes a un recurso de valor especial. Este distrito no permite la lotificación de 126 terrenos excepto para el desarrollo de facilidades públicas 0 recreativas o para dedicar la porción CR-1 a uso público a favor de un organismo competente, mediante escritura pública, según dispuesto por el Reglamento de Zonificación Núm. 4 de la JP. Por otro lado, para proteger el área designada RN Laguna Cartagena se recomienda la adopción de un Distrito de Preservación de Recursos (PR), según se ilustra su delimitación en el Mapa 1. La RN Laguna Cartagena es propiedad de la Administración de Terrenos de Puerto Rico y su manejo está a cargo del Servicio Federal de Pesca y Vida Silvestre. Esto último se estableció mediante contrato de arrendamiento entre las partes mencionadas. El Distrito PR se reserva para áreas que se destinarán sólo a la contemplación O al estudio científico y no permite la subdivisión de terrenos, excepto para dedicar mediante escritura pública una porción PR a favor de un organismo público. 127 La implantación de este proyecto para la zonificación de estas áreas complementa la implantación de otras medidas contenidas en este documento. G. Proyecto #7: Adopción de Criterios Uniformes para la Identificación de Uso Y Actividades no Compatibles con el APE Se considera que los problemas que afectan las condiciones naturales, ambientales y paisajistas del Sector La Parguera se relacionan con la preservación de las bahías bioluminiscentes, la conservación de las áreas naturales, la eliminación de las fuentes de contaminación ambiental y el control efectivo del uso y desarrollo del área, tanto a corto como a largo plazo. En segundo lugar, las bellezas naturales del sector son disfrutadas con carácter de exclusividad por ciertos grupos, lo que es contrario a la política pública para las áreas costaneras. Por lo expuesto, se incluyen como parte de este documento criterios que contribuirán a la identificación de usos y actividades que poseen un impacto significativo sobre los recursos existentes en el APE. Dichas consideraciones se constituirán en una especie de guía, tanto para los funcionarios gubernamentales que 128 intervienen en el proceso de evaluación de propuestas, como para los proponentes. Estos últimos, dispondrán de recomendaciones técnicas que podrían integrar a sus proyectos previo a ser sometidos para obtener los permisos y endosos públicos correspondientes. a. Reserva Natural 1. Poda y corte del mangle (a excepción de lospescadores, mediante permiso previamente otorgado y las actividades rutinarias de mantenimiento de los canales y de líneas eléctricas), aún en aquellas áreas que no estén designadas como Bosques Estatales. 2. Rellenos (a excepción de aquellos usos permitidos -ej. facilidades de pescadoressujeto al proceso de consultas y endosos correspondientes). 3. Nuevas construcciones de residencias, muelles, verjas, paseos tablados en la zona marítimo terrestre a lo largo del litoral y sobre el salitral O en los cayos (se excluye la consolidación de muelles, rampas públicas y facilidades para pescadores, si responden O 129 complementan el Proyecto #3: Restauración del Frente Marítimo de la RN La Parguera). 4. Expansión de muelles (a excepción de los muelles para pescadores y muelles públicos sujeto al proceso de consultas y endosos correspondiente). 5. Expansión de estructuras existentes, excepto aquellas que provean servicio público y se documente debidamente su necesidad (sujeto al proceso de consultas endosos correspondiente) 6. Dragado. 7. Extracción de corales u otras formaciones del fondo marino (excepto para propósitos de investigación y educación mediante permisos previamente otorgados). 8. Ubicación de vendedores ambulantes sobre salitrales O en otras áreas no consideradas en el Proyecto #3: Restauración del Frente Marítimo de la RN La Parguera. 9. Techos sobre los muelles que afecten la visibilidad hacia el mar y representen un obstáculo al disfrute de la zona marítimo. 10. Descargas crudas directamente al mar. 130 11. Establecimiento de rótulos (sujeto al proceso de consultas y endosos correspondientes y a lo considerado en el Proyecto #3 Restauración del Frente Marítimo de la RN La Parguera). 12. La extracción de materiales de la corteza terrestre. 13. El depósito de desperdicios sólidos y chatarra. 14. La descarga de desperdicios líquidos, tóxicos o peligrosos. 15. Actividades que puedan afectar el transporte de nutrientes a los manglares (ejemplos: construcción de diques, represas y obras de canalización, ya que alteran los patrones de drenaje en el área) 16. Tránsito de embarcaciones que excedan los límites de velocidad establecidos (5 nudos). 17. Para el anclaje de casas-bote y otro tipo de embarcación se considerará lo dispuesto en el Reglamento para la Ejecución de la Ley Núm. 48 del 27 de junio de 1986, respecto al Registro de Embarcaciones y Medidas de Seguridad, Sección Reglas de Tránsito, Artículo 131 14 (anclaje) Incisos a, b, C y d. En vigor desde el 13 de abril de 1988. 18. Las estructuras flotantes (casas-bote no cualificadas como embarcación) no serán permitidas en aguas de la RN La Parguera. 19. Destrucción o perturbación de hábitats naturales de las especies de vida silvestre que se encuentren en el área (ej tránsito de vehículos de campo traviesa). 20. Cualquier otra actividad que pueda evidenciarse como una no compatible con la RN. 2. Zona de Amortiguamiento 1. Establecimiento de aquellas actividades que constituyanuna fuente de emisiones atmosféricas o descargas de compuestos químicos que puedan afectar la calidad de los recursos de agua, aire y tierra. 2. Cualquier desarrollo en el frente marítimo que limite la visibilidad O afecte la calidad escénica de los recursos naturales, para controlar la contaminación visual. 132 3. Con el propósito de armonizar el desarrollo residencial,con la fragilidad característica de los recursos naturales del sector, se deben aplicar los distritos de zonificación existentes. 4. Sistema de alumbrado que afecte la apreciación del fenómeno de la bioluminiscencia, se recomienda la obstrucción con viseras de aquellos faroles que se orienten hacia las bahías. 5. El depósito de desperdicios sólidos y chatarra. 6. La descarga de desperdicios líquidos, tóxicos o peligrosos. 7. Actividades que puedan afectar el transporte de nutrientes de los manglares (ejemplos: construcción de diques, represas y obras de canalización, ya que alteran los patrones de drenaje en el área). 8. Rellenos (a excepción de aquellos usos permitidos, sujeto al proceso de consultas y endosos correspondientes). 9. Desmonte (excepto el necesario para proveer facilidades de carácter público) 133 10. Prácticas agrícolas inadecuadas que puedan ocasionar daños significativos a los recursos naturales, incluyendo el uso de fertilizantes, pesticidas y la remoción de la corteza terrestre. 11. Cualquier actividad que pueda afectar los patrones de escorrentía, drenaje y la consecuente sedimentación de los salitrales y la franja de manglar. 12. Destrucción O perturbación de hábitats naturales de las especies de vida silvestre que se encuentren en el área (ej. tránsito de vehículos de campo traviesa). 13. Cualquier otra actividad que pueda evidenciarse como una no compatible con la RN. 3. Cuenca de Iluminación 1. Sistema de alumbrado que afecte la apreciación delfenómenode la bioluminiscencia, se recomienda la obstrucción con viseras de aquellos faroles que se orienten hacia las bahías. 134 2. Destrucción o perturbación de los hábitats naturales de las especies de vida silvestre que se encuentran en el área (ej. tránsito de vehículos de campo traviesa). 3. Extracción de material de la corteza terrestre. 4. Depósito de desperdicios sólidos y chatarra. 5. Descargas de desperdicios líquidos, tóxicos o peligrosos. 6. Actividades que puedan afectar el transporte de nutrientes a los manglares. 7. El distrito de zonificación vigente (CR-1) no permite la lotificación ni segregación de tierras a excepción de uso recreativo o para la negociación con el sector público. 8. Deforestración y remoción de la capa vegetal. 9. Cualquier otra actividad que pueda evidenciarse como una no compatible con la RN u otros recursos identificados en el APE. 4. Cuenca Hidrográfica (Areas de captación Zona 1) 1. Cualquier actividad que pueda afectar los patronesde escorrentía, drenaje y la 135 consecuente sedimentación del salitral y la franja de manglar. 2. Aumento en el desarrollo residencial en esta zona que puedan generar contaminantes orgánicose hidrocarburos, afectando la calidad de las aguas de las bahías bioluminiscentes. 3. La extracción de material de la corteza terrestre. 4. El depósito de desperdicios sólidos y chatarra. 5. La descarga de desperdicios líquidos, tóxicos o peligrosos. 6. Actividades que puedan afectar el transporte de nutrientes a los manglares. 7. Destrucción o perturbación de hábitats naturales de las especies de vida silvestre que se encuentran en el área (ej. tránsito de vehículos de campo traviesa). 8. Deforestación y remoción de la capa vegetal. 9. Cualquier otra actividad que pueda evidenciarse como una no compatible con la RN u otros recursos identificados en el APE. 136 5. Areas restantes 1. Ante la falta de terrenos para expandir el núcleo residencial de La Parguera, se debe velar porque la misma se oriente hacia el norte de la carretera PR-324. El DRNA recomendará medidas estrictas para el control de la erosión y sedimentación durante la fase de construcción y que se provea de alcantarillado pluvial. Se debe exigir, además la reforestación del área urbanizada con especies nativas o endémicas adecuadas en las franjas verdes de las aceras, áreas vecinales, etc. Esto responde a lo dispuesto en el Reglamento de Zonificación Núm. 4 para los Distritos RT. 2. Cualquier otra actividad que pueda evidenciarse como una no compatible con la RN y otros recursos identificados en el APE. 137 H. Proyecto #8: Determinar la Viabilidad de Desarrollar un Acuario Público y Sala de Exposiciones Artísticas en el Area de La Parguera como Recurso Recreativo, Educativo y de Investigación Los sistemas naturales de La Parguera, ofrecen oportunidades únicas para desarrollar investigaciones y programas educativos en diversas áreas de la biología marina. Además, proveen excelentes oportunidades para la colección y estudio de organismos, recopilación y diseminación de información sobre la vida marina y su medio ambiente, etc. Las exhibiciones marinas constituirán una alternativa recreativa para la familia puertorriqueña y un atractivo adicional a los turistas que constantemente visitan esta parte de la Isla. Se pretende además, proporcionar una sala donde artistas interesados en destacar la protección y mejor uso de nuestro ambiente puedan exponer sus obras. Este proyecto ofrecerá a los residentes del sector valiosas alternativas de empleo ya que creará nuevas oportunidades. 138 También surgirán múltiples actividades económicas asociadas al proyecto, como lo son la producción y venta de recordatorios y comidas, estacionamientos privados, sistemas de transporte público al acuario y otros. Para el desarrollo de este proyecto se contempla la coordinación entre diferentes dependencias del gobierno, el Municipio de Lajas, universidades interesadas y empresas o entidades privadas que deseen ser auspiciadores. I. Proyecto #9: Desarrollo de Actividades Especiales de Manejo a ser Adoptadas en el APE. 1. Medidas Administrativas Entidades responsables: DRNA, PPR, DTOP, CI, JP, Departamentode la Vivienda, ARPE,Guardia Nacional, Departamento de Servicios Sociales, GM. 1. Reforzar el Programa de Vigilancia con el fin de garantizar el cumplimiento de las disposiciones aplicables para el APE. 139 a. Aumentar el número de vigilantes que prestan servicios en esta área. b. Asignar prioridades a la vigilancia de la RN con énfasis en el problema dinvasiones, rivatización de áreas de dominio público y daño a la flora y fauna existente. C. Ofrecer cursos de mejoramiento profesional al personal destacado en el área. Entre éstos, resucitación cardiopulmonar y primeros auxilios. d. Considerar un proceso de coordinación entre el Cuerpo de Vigilantes y la Policía de Puerto Rico (PPR) e integrar a miembros de comunidades adyacentes y organizaciones de carácter cívico y ambiental. e. Proveer al destacamento vehículos adecuados, embarcaciones, radios, equipo de oficina, uniformes, etc., según sus necesidades. f. Establecer una línea de emergencia para notificar O someter querellas sobre violaciones en el área. g. Incorporar a voluntarios de la comunidad a la tarea de vigilancia. 140 h. Coordinar con el Cuerpo de Voluntarios al Servicio de Puerto Rico, la incorporación de ciudadanos con interés de colaborar en la tarea de vigilancia. 2. Reforzar la Oficina de Manejo de la RN. a. Aumentar el personal que labora en las tareas de manejo y las asociadas al uso de las facilidades recreativas y educativas existentes y propuestas. b. Proveer a la Oficina de Manejo de vehículos adecuados, embarcaciones, radios, equipo de oficina, uniformes, etc., según sus necesidades. C. Reabrir los puestos de guardianes de playa o de recursos naturales, para que apoyadospor elCuerpo de Vigilantes provean mayor vigilancia a facilidades y terrenos de dominio público y patrimoniales dentro de la RN. d. Fomentar en la comunidad la creación de un cuerpo de voluntarios para mejorar el medio ambiente. 141 e. Organizar un grupo de guías de la misma comunidad para orientar a los visitantes sobre los recursos naturales de la RN. f. Coordinar con instituciones como el FCPR, la Fundación Puertorriqueña de Conservación, la Universidad Metropolitana, la Universidad Católica de Ponce, Sea Grant, etc. el desarrollo en conjunto de actividades educativas, divulgación de información e investigaciones científicas. g. Explorar la posibilidad de recaudar fondos para el manejo del área producto de la venta de camisetas, afiches, etc. 3. Desarrollar un plan para la eliminación gradual de aquellas estructuras y verjas en la zona marítimo terrestre y los cayos desde Punta Pitahaya en Cabo Rojo hasta Punta Jorobado en Guánica que contribuyan al deterioro de los recursos naturales y obstaculicen el libre acceso a la costa, impidiendo el disfrute de estas áreas por la ciudadanía en general, además de obstaculizar la administración y manejo de la RN. 142 a. Deslindar toda la zona marítimo terrestre de la RN La Parguera. b. Eliminar los escombros y chatarra que atentan contra la seguridad pública y estética. C. Elaborar plan de relocalización de residencias permanentes (personas indigentes) d. Elaborar plan de desalojo de aquellas estructuras ilegalmente establecidas en la zona marítimo terrestre, terrenos patrimoniales del estado y aguas territoriales. e. Denegar nuevos endosos de construcción. f. Remover todos los diques y otras estructuras de control de aguas de escorrentía y las mareas dentro de estas áreas. g. Solicitar a las agencias concernidas que preparen un plan de realojo para las familias residentes afectadas para esta actividad. 4. Controlar las actividades que contribuyen al deterioro de los recursos naturales en aquellas áreas donde el DRNA comparte jurisdicción. 143 a.Coordinar con aquellas agencias que tienen jurisdicción sobre otras áreas que no están incluidas dentro de los límites de la zona marítimo terrestre. b. Prohibir la construcción de nuevas estructuras permanentes dentro de la RN La Parguera, así como la presencia o anclaje de las estructuras flotantes. c.Obtener el traspaso de los terrenos patrimoniales del Estado que están bajo jurisdicción del DTOP. d.Establecer un sistema de vigilancia para evitar la ocupación de estructuras ilegales en terrenos patrimoniales y erradicar las mismas. e. Fomentar la participación de la Comunidad La Parguera en los trabajos relacionados con el manejo de esta área. f. Coordinar con los municipios incluidos en el APE para la preparación de los planes de ordenamiento territorial, según establecido en la Ley de Municipios Autónomos. 144 g. Gestionar la ampliación de los límites de la RN y el APE según propuestos en este documento. h. Evaluar la posibilidad de designar la Laguna Guánica como una RN y de iniciar las gestiones para desarrollar las condiciones que determinará sus posibilidad de restauración. 2. Medidas de Manejo 1. Evitar la proliferación de estructuras flotantes que no cumplan con los requisitos de Ley para ser reconocidas como embarcaciones. Entidades responsables: DRNA a. No inspeccionar nuevas casas-bote en La Parguera. b. La División de Seguridad Marina de la Oficina del Comisionado de Navegación en coordinación con el Destacamento del Cuerpo de Vigilantes de La Parguera, se encargará de identificar cualquier desperfecto en las casas-bote ancladas en La Parguera que se entienda pueda afectar la movilidad de éstas, se informará inmediatamente para tramitar la reinspección. 145 De esta manera se trata de mantener estas estructuras en las mejores condiciones de operación. C. Las casas-bote que no pasen la inspección y se mantengan en las aguas, se les denegará nueva inspección. d. Proveer mayor atención a los casos adjudicados por el Destacamento del Cuerpo de Vigilantes en La Parguera, así podrán imponer con mayor eficacia las leyes que aplican al litoral. e. Multar y gestionar para que se saquen de las aguas de la RN todas las embarcaciones que no cumplan con los requisitos de la Ley Núm. 48. 2. Proteger la vida silvestre identificada en el lugar.Entidades responsables: DRNA, SPVSF, UPR, JP, IDT, FCPR, DA, JCA, EPA a. Identificar y rotular las áreas críticas de vida silvestre. b. Reforestar o forestar aquellas áreas que así lo ameriten con flora nativa característica del lugar. 146 C. Identificar el grado de alteración O perturbación de estos sistemas para recomendar actividades encaminadas a su restauración O mejoras. d. Efectuar censos de las poblaciones de especies críticas para determinar su status. e. Mantener un programa de monitoría a los hábitatscríticos, dando énfasis a la calidad de éstos. f. Identificar posibles fuentes de contaminación que impactan negativamente esta RN. g. Ofrecer alternativas que sirvan para mitigar el impacto de las fuentes de contaminación identificadas a raíz del desarrollo de las actividades anteriores. h. Estudiar la conveniencia y viabilidad de restaurar a su condición natural los recursos afectados (la flora, la fauna y cuerpos de agua) por la actividad humana. i. Preparar un plan de recuperación para la vida silvestre. j. Identificar y proteger los hábitats críticos del Pelícano pardo, la Mariquita, el Guabairo, el Manatí, las Tortugas marinas, etc. 147 3. Mantener la integridad de la Cuenca Hidrológica. Entidades responsables: DRNA, JCA, AAA, Departamento de Salud (DS) GM, DV, ARPE, SGF, SCSF, CI a. Recomendar las prácticas más adecuadas para el control de erosión y sedimentación en el APE y la RN. b. Planificar, desarrollar y manejar las áreas de bosques en el APE. C. Establecer un proceso de monitoría de las descargas industriales y domésticas. d. Estudiar medidas para solucionar problemas de disposición de desperdicios líquidos en el APE, particularmente en la Zona 1. e. Eliminar el sistema de letrinas. f. Proveer facilidades de alcantarillado sanitario para las comunidades próximas de la RN. g. Coordinar con ARPE para exigir a los nuevos desarrollos la construcción de pozos sépticos que no afecten la integridad del área natural como medida intermedia a la construcción de alcantarillado sanitario. 148 h. Proveer la infraestructura necesaria para mejorar la calidad de las aguas. i. Velar por la aplicación correcta de fertilizantes y pesticidas en las áreas agrícolas. j. Implantar prácticas agrícolas adecuadas para el manejo de los cultivos. k. Forestar y reforestar, cuando sea necesario, el área de captación de las quebradas existentes, para que las mismas no sean utilizadas como vertederos. 4. Evitar la degradación ambiental ocasionada por la proliferación de vertederos clandestinos y otros problemas asociados. Entidades responsables: DRNA, JCA EPA y Grupos Cívicos. a. Realizar campañas de limpieza, reciclaje, ornato y mejoramiento ambiental. b. Identificar y rotular áreas más susceptibles a la creación de vertederos clandestinos. C. Instalar barreras para evitar el acceso a estos lugares. 149 d. Controlar el acceso vehicular a la Bahía Fosforescente. 5. Proteger la Cuenca de Iluminación y la integridad ecológica de las bahías bioluminiscentes Monsio José y Fosforescente. Entidades responsables: DRNA, IDT, FCPR a. Identificar aquellas áreas que pueden ser restauradas a su condición natural. b. Establecer programas de forestación y reforestación en aquellas áreas que así lo ameriten, inclusive las comunidades existentes. C. Controlar el resplandor nocturno que afecta la apreciación del fenómeno de la bioluminiscencia. 6. Conservar el Bosque Estatal de Boquerón y la Reserva Natural. Entidad responsable: DRNA 150 a. Completar la mensura del Bosque Estatal de Boquerón. b. Establecer proyectos de siembra de mangle en áreas que fueron deforestadas. 7. Mejorar la calidad de las aguas costaneras en el Sector La Parguera Entidades responsables: DRNA, JCA, AAA, EPA, CI a. Controlar las descargas que puedan contener substancias contaminantes. b. Revaluar las condiciones existentes en la Planta de Tratamiento de La Parguera, y de sus troncales. 8. Proteger y conservar los yacimientos arquelógicos y lugares históricos que puedan existir en el área. Entidades responsables: DRNA, ICP, OEPH a. Identificar los yacimientos arqueológicos que podrían existir en el área. b. Realizar estudios de los yacimientos para determinar su valor y grado de protección. 151 C. No endosar permisos de proyectos de desarrollo en lugares con yacimientos arqueológicos. d. Realizar un inventario donde se identifiquen las estructuras de valor histórico. 9. Regular el tránsito de las embarcaciones y las motoras acuáticas ("Jet ski") en las aguas de la RN. Entidades responsable: DRNA. a. Emitir un reglamento en el que se regule el tránsito de las embaraciones y las motoras acuáticas ("Jet ski"). b. Rotular el litoral para orientar al público de esta determinación. 10. Proteger la integridad física y ecológica de los arrecifes coralinos. Entidad responsable: DRNA a. Asegurar la implantación del Reglamento para Controlar la Extracción, Posesión, Transportación y Venta de los Recursos Coralinos de Puerto Rico 152 y la implantación del Reglamento para Regir el Uso, Manejo y Administración de Areas Recreativas Bajo la Jurisdicción del DRNA. b. Preparar el Plan de Manejo de los Recursos Coralinos que exige el reglamento mencionado en la actividad anterior. C. Identificar y rotular aquellas áreas donde no será permitida la navegación ni anclajede embarcaciones, para así evitar cualquier efecto negativo sobre los arrecifes coralinos y las praderas de Thalassia. d. Identificar las fuentes de daños a los arrecifes coralinos (erosión, escorrentía, etc.) y recomendar prácticas para reducir al mínimo estos daños e implantar las mismas. e. Velar por la utilización de las boyas de anclaje colocadas por el DRNA en las aguas de la RN. f. Apoyar el Proyecto de la Reserva Pesquera para La Parguera. 11 .Mejorar la infraestructura a los fines la de proteger los recursos naturales existentes. 153 Entidades responsables: Gobierno Municipal de Lajas a. Mejorar la carretera paralela al litoral en La Parguera. b. Mejorar el sistema de alcantarillado pluvial en La Parguera. C. Construir accesos peatonales. d. Promover el desarrollo de áreas de estacionamiento fuer de los límites de la RN y la zona de amortiguamiento. 12. .Mejorar las condiciones de trabajo de los pescadores del sector. Entidades responsables: DRNA, DA, Gobierno Municipal Lajas a. Contribuir al mejoramiento de las actividades pesqueras en el Sector La Parguera. b. Colaborar con los pescadores, ofreciéndoles ayuda técnica relacionada con aquellos lugares y métodos adecuados para la pesca con el fin de aumentar su productividad. 154 C. Ofrecer incentivos económicos a los pescadores para mejorar sus condiciones de trabajo. d. Ofrecer orientación O adiestramientos a los pescadores comerciales sobre: la navegación y seguridad marina, utilización del ecosonda para la pesca, construcción de palangres para tiburones, pesca con luz, manejo y conservación del pescado fresco, aves marinas y la pesca, ecología marina, etc. 13. Proteger los suelos del APE Entidades Responsables: DRNA, DA, SCSF a. Evitar el sobrepastoreo. b. Ofrecer orientación a los agricultores del área, relacionado a las prácticas agrícolas y de conservación de suelos para el manejo del ganado (ej. bovino, equino, caprino, ovejuno) y la siembra de pastos mejorados entre otras cosas. C. Establecer programas de forestación y reforestación en aquellas áreas que así lo ameriten. 155 d. Evitar la remoción de la capa vegetal. 14. Establecer medidas para reducir el impacto del acarreo de visitantes a las Bahía Fosforescente, Bahía Monsio José y la Isla Mata La Gata. Entidades responsables: DRNA, Comisión de Servicio Público, Compañía de Turismo a. Reglamentar para controlar el acceso de todo tipo de embarcación de motor a la Bahía Fosforescente durante el día y en noches de luna llena. b. Regular el calado y caballaje a ser permitido dentro de la Bahía Fosforescente y la Bahía Monsio José. C. Exigir a las embarcaciones comerciales que tengan motores dentro de borda ("in board") y con máximo de 4 pies de calado, para su acceso a las bahías Fosforescente y Monsio José. En cuanto a la Isla Mata de La Gata, se requerirá que las embarcaciones comerciales tengan motores dentro de borda con un máximo de 3 pies de calado. 156 3. Medidas Educativas y de Orientación Pública 1. Fomentar el uso educativo del área y ofrecer orientaciónal ciudadano sobre diferentes aspectos relacionados con el APE. Entidades Responsables: DRNA, Departamento de Educación (DE), UPR, FCPR a. Desarrollar un programa intensivo de educación ambiental para aumentar los conocimientos de la ciudadanía sobre la ecología y conservación de las comunidades terrestres y marinas representativas del área, a la vez que se promueve su uso y disfrute, que incluya, sin limitarse a ello lo siguiente: aa. Preparar y distribuir mapas, indicando rutas y localización de las áreas recreativas. bb. Ilustrar en un mapa de ubicación, límites, puntos de interés, accesos, horarios, costos, facilidades, etc. CC. Colocar letreros direccionales y rotular lugares de interés. 157 dd. Publicar folletos educativos relacionados con los recursos identificados en el área, puntos de interés, facilidades recreativas, normas a regir tales actividades, etc. ee. Desarrollar y organizar material audiovisual tales como diapositivas, videos, dibujos, fotografías, etc., para que se utilicen en diferentes actividades educativas de orientación pública. ff. Proveer asesoramiento técnico a escuelas, universidades y grupos de interés que utilicen esta APE como laboratorio natural. gg. Preparar material de orientación sobre las leyes y reglamentos que aplican a esta APE. hh. Organizar actividades que promuevan el desarrollo de actitudes positivas, relativas a los sistemas naturales como lo son los certámenes, movilización de grupos interesados en asuntos ambientales y otros. ii. Preparar exhibiciones sobre la flora, fauna, atractivos que ofrece el área, etc., a lo largo de las veredas interpretativas. 158 jj. Determinar la viabilidad de crear modelos de especímenes de flora y fauna de forma artificial O coleccionarlos naturales para el montaje de una exhibición permanente en el centro de visitantes. kk. Organizar grupos de voluntarios que incluyan representantes de la comunidad para la implantación del Plan de Manejo.0 11. Preparar material educativo e informativo (noticias, folletos y artículos audiovisuales). mm. Orientar a los usuarios de los recursos, especialmente a los pescadores y estudiantes graduados. nn. Ofrecer conferencias en escuelas, comunidades, grupos cívicos y otros. OO. Rotular los usos permitidos en la RN. pp. Integrar al currículo de enseñanza escolar, temas relacionados con los recursos naturales y la necesidad de protegerlos y conservarlos. qq. Desalentar la deforestación en Sierra Bermeja a fin de salvar el hábitat del Guabairo de Puerto Rico y la Mariquita, entre otros. 159 rr.Establecer medidas de control que protejan las cuencas hidrológicas de problemas severos de deforestación, erosión y excavación de pozos. SS. Identificar y rotular sitios con vistas panorámicas. tt. Promover el desarrollo de destrezas asociadas a los recursos marinos. uu Promover la participación de las asociaciones de pescadores y líderes comunitarios para que sirvan de recurso en el ofrecimiento de charlas u orientaciones con relación a las experiencias asociados a su oficio. vv.Coordinar con emisoras radiales de la región, para participar en programas en donde se pueda divulgar información sobre el APE y los recursos de valor existentes. 4. Medidas Asociadas al Uso Recreativo 1. Fomentar el desarrollo de actividades recreativas compatibles con el APE y la RN. Entidades responsables: DRNA, DRD 160 a. Establecer un Programa Recreativo que considere la características particulares de este APE en términos de flora, fauna, hábitats naturales, bellezas paisajistas, impacto e intensidad del uso propuesto, así como disponibilidad de recursos para el desarrollo de facilidades y servicios a ofrecerse. El Programa incluirá entre otras las siguientes actividades, sin limitarse a éstas. aa.Identificar las áreas que puedan ser reforestadas para proveer mejor sombra en áreas destinadas al uso recreativo con flora nativa del lugar. bb. Promover las caminatas asociadas a las veredas interpretativas. .Adquirir seguros de responsabilidad pública. dd. Reglamentar el uso de las facilidades recreativas en el área. ee. Promover las caminatas, excursiones fotográficas, así como otras actividades recreativas para ampliar el conocimiento sobre los recursos naturales. 161 b. Realizar un estudio de viabilidad para la construcción de un área recreativa en la Isla Cuevas. Estas facilidades podrían contar con un área de acampar y veredas interpretativas, entre otras cosas. 5. Investigaciones recomendadas 1. Fomentar la investigación científica en el área. Entidades responsables: DRNA, UPR, IDT, SPVSF, CI, JCA a. Realizar inventarios de la fauna existente (invertebrados y vertebrados) en los ecosistemas predominantes a fin de proveer un banco de datos para futuras investigaciones. b. Realizar censos periódicos sobre las diferentes especies según surja la necesidad. C. Realizar estudios sobre la calidad de las aguas. d. Realizar estudios para determinar el nivel de tolerancia en la RN y otras áreas donde sea requerido y establecer un límite de visitantes por días. 162 e. Determinar los cambios o posibles impactos antropogénicos O naturales que ocurren en los arrecifes coralinos y comunidades terrestres mediante la monitoría periódica a estos ecosistemas. f. Realizar estudios relacionados con la ecología, los procesos de alimentación y migración de diferentes especies de aves marinas en cayos específicos dentrode la RN. g. Determinar la localización y efecto sobre el ambiente de las especies introducidas existentes en el sector, entre éstas los monos Patas y Rhesus. h. Desarrollar un plan para el control de la población de especies introducidas. i. Realizar estudios para determinar los efectos del tráfico intensivo de las embaraciones de motor sobre los ecosistemas marinos. j. Determinar la tasa de recuperación de las áreas de manglar y las praderas de yerbas submarinas que han sido afectadas por la acción del hombre. 163 k. Determinar el impacto de la descargas de aguas servidas sobre los ecosistemas marinos. 1. Determinar el impacto de la actividad recreativa sobre los cayos de la RN La Parguera (ej. Cayo Caracoles) y a partir de los resultados vedar su utilización por temporadas, para de esta forma permitir su restauración. 164 CAPITULO VI PROCESO DE IMPLANTACION DEL PLAN DE MANEJO I VI. Proceso de Implantación del Plan de Manejo A. Coordinación para la Implantación del Plan de Manejo La implantación del Plan de Manejo implica un proceso de coordinación interagencial, con el fin de lograr los objetivos de protección y manejo de los recursos del APE del Suroeste, Sector La Parguera. Para cumplir con esta tarea, el ELA de Puerto Rico dirigirá sus esfuerzos hacia la creación de las siguientes entidades para la coordinación. 1. Comité Implantación. Este comité se creará mediante Orden Ejecutiva y su función principal consistirá en la formulación de los acuerdos interagenciales para el manejo del APE, con énfasis en la RN. Además estudiará la estrategia de manejo recomendada para lograr alternativas viables que permitan la formulación de acuerdos para laejecución de las acciones correspondientes. El Comité Interagencial nombrará los líderes para el desarrollo de los proyectos contenidos en este 167 documento. El mismo estará integrado por las siguientes entidades: DRNA, JP, GM, Compañía de Fomento Recreativo (CFR), UPR, JCA, SPVSF, DA, CI, Compañía de Turismo y dos representantes del Comité de Ciudadanos. 2. Comité de Ciudadanos. Debido al interés, deseo y capacidad de diferentes sectores de la comunidad para participar en la elaboración e implantación del Plan de Manejo, se recomienda que se incorporen a diferentes líderes representativos de la comunidad en los comités de coordinación para la implantación del plan. La comunidad debe estar representada, por grupos ambientalistas, industriales, dueños de propiedades, etc. De esta manera se podrá garantizar una participación pública más efectiva en el beneficio del manejo del APE. B. Posibles Estrategias de Intervención 1) Con la aprobación de la Ley Núm. 150 del 4 de agosto de 1988, se proveyó al DRNA de un mecanismo que permite la adquisición de áreas con valor 168 natural, así como de las facultades necesarias para que el Secretario del Departamento pueda cumplir con los objetivos de la misma. Provee para la utilización de un conjunto de estrategias que viabilice la adquisición de terrenos públicos y privados para su conservación. En el caso de los terrenos públicos, la ley expresamente indica la estrategia que se debe utilizar. El DRNA tiene la responsabilidad, entre otras, de planificar e implantar los planes de adquisición que se desarrollen. Algunos mecanismos de adquisición que el gobierno puede utilizar son: a. Permuta: Consiste de un contrato mediante el cual cada uno de los contratantes se obliga a dar un terreno por otro. b. Transferencia de Derechos de Desarrollo y la Reparcelación: Propone que el derecho de desarrollo de una propiedad de gran valor ecológico sea transferido a otras áreas. Esta alternativa surgió de la preocupación por desarrollos en áreas de gran valor ecológico que podrían deteriorar las mismas. - 169 C. Donaciones: Consiste de un acto voluntario por el cual una persona, entidad o agencia dispone gratuitamente ceder una propiedad que pueden ser terrenos. La Ley Núm. 23 de 1972, crea al Departamento de Recursos Naturales y lo faculta para aceptar y recibir cualesquiera donaciones. d. Arrendamiento: Consiste en ceder una finca a persona o entidad por cierto período de tiempo por el cual se establece un pago correspondiente. e. Adquisición mediante compra: La adquisición de propiedades de gran valor ecológico está restringido por la disponibilidad de fondos del gobierno para comprar terrenos. Sin embargo, esta alternativa se recomienda en los casos de áreas que no han podido ser protegidas de otra manera. Además, para el caso de los terrenos públicos, la Sec. 16 de la Ley de Patrimonio Natural, provee para que el Secretario del DRNA recomiende al Gobernador la transferencia del título o el manejo de las áreas identificadas con valor natural. Esta ley dispone de otros mecanismos tales como: 170 servidumbre de conservación, donación O cualquier otro mecanismo legal. El DRNA puede designar áreas de bosques auxiliares en terrenos en el APE donde aplique. b) Con la aprobación del Reglamento para el Aprovechamiento, Vigilancia, Conservación y Administración de las Aguas Territoriales, los Terrenos Sumergidos Bajo Estas y la Zona Marítimo Terrestre (Reglamento de Zona Marítimo Terrestre) se establece un esquema para dirigir el uso y aprovechamiento existente y futuro de la zona marítimo terrestre. Su efectividad estará determinada, en gran medida, por el establecimiento de los mecanismos y los procedimientos administrativos necesarios para hacer cumplir las disposiciones de dicho reglamento. El Plan de Manejo constituye el medio a través del cual se recomiendan acciones concretas que dan base a que se definan y se pongan en ejecución los criterios y normas establecidos en el mismo. A continuación se presentan una serie de recomendaciones al respecto. 171 a. Evaluar la situación de los contratos y usos incompatibles o ilegales en los terrenos administrados por el DTOP y la zona marítimo terrestre colindante a estos para determinar los próximos pasos a seguir. En el primer caso, se requerirá identificar las implicaciones de uso de los contratos vigentes entre el DTOP y los participantes. En cuanto a los terrenos que son de dominio público, se requiere que una vez el DTOP exprese su conformidad con el deslinde, se aplique con rigor el Reglamento de la Zona Marítimo Terrestre (ZMT) b. Aplicar el Reglamento de ZMT para atender los casos particulares de la planta de tratamiento de la AAA y el edificio en Playa Santa de la AEELA. C. Establecer un sistema de monitoría y evaluación de la implantación del Reglamento de la ZMT. Entre los aspectos a los que se le debe dar atención especial están los siguientes: La aplicación de las disposiciones especiales a la RN según establece el Reglamento de la ZMT. 172 Evaluar la condición de los sistemas naturales antes y después de la implantación del Reglamento. Establecer un sistema de vigilancia para evitar la ocupación de estructuras ilegales en la ZMT y el desarrollo de actividades no compatibles con la RN. Crear un organismo (comité o unidad organizativa) que coordine, viabilice y fiscalice el cumplimiento de las disposiciones del Reglamento en las diferentes unidades del DRNA que son responsables de su implantación. Así mismo, puede ejercer la función de identificar y recomendar enmiendas necesarias para asegurar el cumplimiento de los objetivos del Reglamento. Esta recomendación podría implantarse tomando a la RN La Parguera como proyecto piloto del comité o unidad que se crea para esos fines. d. Integrar a los Municipios de Lajas, Guánica y Cabo Rojo en la implantación de aquellas actividades relacionadas con la aplicación del Reglamento de la ZMT y otras actividades que el 173 DRNA desarrolle en esta área. Además, coordinar con ellos y la JP en aquellos aspectos relacionados con la Ley de Municipios Autónomos y nuevas competencias que asumirá los municipios como parte de la Ley de Reforma Municipal. Mediante esta ley, los municipios pueden asumir funciones que ahora desempeñan las agencias estatales que pueden tener efectos negativos sobre los recursos naturales. C. Evaluación El proceso de evaluación debe comenzar una vez se inicie la implantación del Plan de Manejo. Mediante este proceso se determinará si el Plan de Manejo está logrando las metas y objetivos para los que fue creado y los beneficios obtenidos. De la evaluación surgirán otros problemas y objetivos que deberán identificarse e incorporarse a la programación. Cada una de las entidades gubernamentales con responsabilidad en la implantación de este Plan de Manejo deberá someter a la JP un informe anual que contenga el progreso de las gestiones realizadas y los logros alcanzados. 174 De ahí que, el Plan de Manejo se revisará cada 2 años. Es fundamental que este proceso sea contínuo, pues la continuidad propicia cambios en el Plan de Manejo para que el mismo mejore en su efectividad y eficiencia. Durante la fase de evaluación en la implantación del Plan de Manejo, la JP en coordinación con el DRNA prepararán un formulario de evaluación, el cual se someterá a todas las dependencias e instrumentalidades gubernamentales participantes. Las diferentes entidades con responsabilidad en la implantación del Plan de Manejo deberán informar periódicamente los logros alcanzados, así como los problemas encontrados en la consecución de los mismos. La responsabilidad de llevar a cabo la evaluación del cumplimiento de los objetivos programados será compartida con el DRNA. D. Posibles Fuentes de Financiamiento Un aspecto importante para la realización del Plan de Manejo es la identificación de fuentes de financiamiento. El financiamiento puede provenir de asignaciones municipales, estatales, federales, así como de aportaciones 175 del sector privado. Entre estas se encuentran las siguientes: 1. Fondos Ordinarios patentes licencias y permisos multas, penalidades y confiscaciones intereses y recargos arrendamiento de propiedades venta de bienes raices ingreso por servicios 2. Aportaciones Legislativas Estos fondos provienen de asignaciones mediante Resoluciones Conjuntas de la Cámara hechas por los legisladores para la realización de proyectos. Esta fuente de fondos se conoce como el Barril de Tocino o asignación de fondos no comprometidos. 3. Préstamos para Rehabilitación Otorgados bajo la Sección 108 de la Ley Federal de Desarrollo Comunal y Vivienda de 1974, según enmendada. Este programa provee financiamiento para la rehabilitación de unidades residenciales y comerciales. 176 4. Préstamos Garantizados Otorgados bajo la Sección 108 de la Ley Federal de Desarrollo Comunal y Vivienda de 1974, según enmendada. Los fondos son provistos en calidad préstamos para la adquisición de propiedades, rehabilitación de propiedades gubernamentales y el pago de gastos relacionados, tales como intereses, realojo, demoliciones y mejoras. 5. Aportaciones del Departamento de Transportación Federal Estas aportaciones provienen principalmente de la Administración Federal de Carreteras para proyectos, tales como: construcción de calles y carreteras, mejoras al tránsito, etc. 6. Aportaciones del Land and Water Conservation Funds (LWCF) El LWCF del Departamento Federal de lo Interior aporta el 50% de fondos para la construcción de facilidades recreativas al aire libre. Estos fondos llegan al municipio a través de la Compañía de Fomento Recreativo. Bajo el programa conocido como "Urban Parks Recreation Recovery" se proveen fondos para la rehabilitación de facilidades recreativas. También 177 se proveen fondos para proyectos recreativos de carácter innovador. 7. Administración de Pequeños Negocios Provee préstamos a pequeños negocios que puedan ascender a la cantidad de $100,000 pagaderos en un máximo de quince años, a pequeños negocios que son propiedades de personas con escasos recursos económicos mediante el programa "Economic Opportunity Loans for Small Businesses. 8. Programa de Manejo de la Zona Costanera El Departamento de Comercio Federal, provee asistencia económica para llevar a cabo investigaciones científicas, vigilancia y otras actividades necesarias para la implantación del Programa de Manejo de la Zona Costanera. 178 BIBLIOGRAFIA 179 1 -Acevedo, R. 1988. Estudio de Viabilidad de Veredas Submarinas en el Area de La Parguera. Programa de Manejo Zona Costanera, DRN y Depto. Ciencias Marinas, Mayaguez, UPR 4 páginas. -Almy, C.C. Jr & D. Carrión Torres. 1963. Shallow Water Stony Corals of Puerto Rico. Caribbean Journal Sciences (3) : 133-162. -Belitsky, D.W. 1979. 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