Regl. 5709, art. 1.33
Escombros
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Cite as Reglamento Núm. 5709, Art. 1.33
26
33.8
Otros
5
6.5
Total
77
100
1. Veraneo en casas fijas y estructuras flotantes
La proliferación de estas estructuras es alarmante, lo
que trae como resultado que entre las actividades recreativas,
ésta sea la que represente el uso más intensivo de la ZMT.
Además, las ventajas y oportunidades recreativas que ofrece
el litoral están limitadas casi exclusivamente a las personas que poseen estructuras en este lugar, pues el
establecimiento de verjas y la altura de las edificaciones
impiden el acceso físico y visual hacia la costa.
62
2. Estadía en lugares vacacionales
Entre las facilidades vacacionales O para hospedaje se
encuentran las siguientes: Parador Villa Parguera, Posada
Por La Mar, Posada Viento y Vela, Casa Blanca, Nautilus y
Parguera Guest House.
3. Paseos en bote
En las aguas navegables del Sector La Parguera operan una
serie de embarcaciones que ofrecen servicio de acarreo a
visitantes. Esta actividad está regulada por la Comisión
de Servicio Público. Según informes de esta agencia, a
marzo de 1994 operaban en el área 5 embarcaciones debidamente
acreditadas por dicha entidad gubernamental. Se informó
además, que a otras 5 embarcaciones se le habían cancelado
sus permisos y un total de 10 estaban autorizadas para
operar en el área de Lajas, pero no brindaban el servicio,
ya que sus sellos de inspección no estaban al día.
Aunque se reconoce que estos paseos en bote tienen una
gran demanda y representan una actividad económica de mucho
potencial, el incremento de la actividad turística y
recreativa ha traído consigo un aumento en el tránsito de
botes privados a gran velocidad por aguas muy próximas al
63
litoral. Esto constituye un peligro para el público en
general y tiene efectos negativos sobre las praderas
submarinas. De ahí que la velocidad máxima permitida en el
área no debe exceder los 5 nudos.
4. Visitas a la Bahía Fosforescente
Durante las horas de la noche, la principal atracción son
las excursiones a la Bahía Fosforescente. Las visitas a la
Bahía por lancha son frecuentes y es necesario tener presente
que pueden afectar su bioluminiscencia. Para esto es preciso
determinar con mayor exactitud el nivel de tolerancia que
tiene el recurso, de manera que las personas puedan disfrutar
de este fenómeno y que se pueda proteger adecuadamente.
El lado oeste de la Bahía Fosforescente está recibiendo
los efectos de la disposición de desperdicios sólidos y el
corte de vegetación. Las visitas por tierra al lugar han
aumentado, ya que es accesible en automóvil por un camino
desde la carretera estatal PR-324. El aumento en el uso
recreativo inadecuado puede amenazar el delicado balance
necesario para la conservación del fenómeno de la
bioluminiscencia.
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5. Visitas a la Isla Mata de La Gata
Hacia este pequeño cayo se provee transportación privada
durante el día, mediante el uso de botes y lanchas disponibles
a un costo de $4.00 por persona. El lugar fue habilitado
por personal del DRNA con: mesas, bancos, bohíos, duchas,
servicios sanitarios, vestidores, paseo tablado y salvavidas.
Es ideal para pasadías y se acondicionó un predio de aguas
claras para el uso de los bañistas. La entrada a las
facilidades es de $1.00 por persona y gratis para los niños
menores de 10 años.
El área está abierta al público desde las 9:00 AM hasta
las 5:30 PM de martes a domingo y es necesario llevar
alimentos y agua potable para pasar el día.
6. Area Recreativa Playita Rosada
Esta área es administrada por el DRNA, consiste de una
cuerda de terreno con facilidades para estacionamiento, 7
casetas O bohíos con mesas y bancos, baños y duchas, un
paseo tablado, una piscina natural de aproximadamente 4
pies de profundidad (el nivel de agua varía con la marea),
vestidores y una sección de balneario. El precio de la
entrada por persona es de sólo $1.00 y opera en el mismo
65
horario que Mata de La Gata. El acceso para niños menores
de 10 años también es libre de costos.
7. Estadías en Casetas
Al final de la carretera PR-304, frente al Club Náutico,
en dirección a Playita Rosada, existe un área de acampar
privada utilizada por un gran número de visitantes durante
el año. Cuenta con un predio de terreno cercado con
instalaciones de agua y luz, capacidad para unas 200 casetas
y una sección para 50 remolques. Posee facilidades de
cancha de volibol y un amplio estacionamiento.
En el Sector La Parguera la actividad recreativa alcanza
su mayor intensidad durante los fines de semana y el verano.
No obstante, a pesar de su gran potencial recreativo, las
facilidades, especialmente las de carácter público, son
inadecuadas para suplir la creciente demanda por este
servicio, no cuentan con los mecanismos y guías para
controlar la aglomeración de personas en el lugar específico,
ni disponen de los recursos adecuados para recibir el
mantenimiento apropiado. La interacción de las actividades
turísticas, recreativas y comerciales en un marco falto de
controles, de orientación al público y de frecuentes
66
violaciones a los estándares de calidad de vida, ha generado
una situación de tal magnitud, que se están deteriorando
con rapidez los mismos recursos naturales que dan origen a
la actividad socioeconómica del sector.
El número limitado de cuerdas de terreno utilizadas para
todos los tipos de recreación al aire libre en el Sector La
Parguera es evidencia clara de toda la situación previamente
descrita. En el año 1985, sólo 22 de las 12,638 cuerdas, lo
cual constituye el 0.17% del total de cuerdaje de todo el
sector, estaba dedicada a actividades recreativas.
A la luz de los datos presentados, se concluye que La
Parguera amerita el establecimiento de nuevas alternativas
de recreación para los residentes permanentes y los
visitantes, junto con la aplicación de medidas de acción
que mejoren las existentes.
F. Contaminación del Aire
La carretera que bordea la Comunidad La Parguera por el
sur y el salitral que fue rellenado parcialmente para ser
utilizado como estacionamiento en la parte este del sector,
son fuentes de polvo fugitivo. El problema de contaminación
67
se agrava en épocas de sequía, lo que podría afectar seriamente
la salud de los residentes.
Entre las actividades reportadas a la JCA, que generan
algún tipo de gas o particulado que impacta la calidad del
aire en ese sector se encuentran: la quema de desperdicios
a campo abierto, residuos de talleres de ebanistería y
pintura de botes.
Existen además proyectos de construcción que, aunque
poseen sus respectivos permisos, están contribuyendo al
particulado y generación de desperdicios sólidos en el
área.
G. Vertederos Clandestinos
Uno de los problemas que afecta la RN es la disposición
de desperdicios sólidos a la orilla de las carreteras
estatales PR-304, PR-324 y PR-325. También se observa que
la gente deposita los desperdicios en la carretera sin
pavimentar que bordea el litoral al oeste de la Comunidad La
Parguera.
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H. Exceso de Iluminación
La principales fuentes de iluminación que afectan la
apreciación de la bioluminiscencia son: el parque de pelota
en La Parguera; las facilidades en Isla Magueyes; y el
desarrollo a lo largo de la carretera estatal PR-324. - El
aumento en la construcción de estructuras en las cuencas de
iluminación de las bahías sin que se tomen las medidas
necesarias para reducir el efecto de la luz, tendrá un
impacto significativo, ya que disminuirá la apreciación
visual de este fenómeno. Esta cuenca se establece debido a
que la bioluminiscencia se aprecia mejor bajo condiciones
reducidas de luz. Dado que la luz viaja en línea recta,
cualquier iluminación en los alrededores de la Bahía afecta
la apreciación del fenómeno. La cuenca de iluminación de la
Bahía Fosforescente se extiende en dirección este, mientras
que para la Bahía Monsio José su cuenca de delimitó hacia el
norte. Ambas bahías contienen amplias cuencas de iluminación
debido a que no existen obstrucciones topográficas que
impidan que la luz llegue desde su origen hasta éstas.
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I. Tránsito y Anclaje de Embarcaciones
Existen datos que indican que los arrecifes de coral han
sufrido daños permanentes debido al anclaje de botes sobre
estas formaciones naturales. Estos se ven también amenazados
por la extracción de corales que continúa practicándose a
pesar del Reglamento para el Control de la Extracción,
Posesión, Transportación y Venta de Recursos Coralinos en
Puerto Rico.
Por otro lado, el incremento de la actividad turística y
recreativa, contribuye al aumento del tránsito de
embarcaciones a gran velocidad por aguas muy próximas al
litoral.
Para controlar la velocidad de las embarcaciones que
visitan el área, se instalaron 6 boyas que señalan los 5
nudos permitidos y 2 que demarcan los limites de la RN
(Mapa 1).
70
J. Deforestación y Erosión
Al noreste del sector se ha alterado significativamente
la vegetación natural. Es práctica común el sobrepastoreo
y la quema de pastizales. Esto acelera la erosión del
suelo, la cual podría influir en mayor sedimentación de
manglares y salitrales, especialmente cuando la mayor parte
de los terrenos en el área están dedicados a la actividad
agrícola.
K. Comunidades Adyacentes a la Reserva Natural
En el APE se identificaron 18 comunidades. El crecimiento
desarticulado de muchas de estas comunidades afecta
detrimentalmente el APE en especial su RN. La evaluación de
los patrones de escorrentía sirve para argumentar sobre el
efecto directo de estos desarrollos en la calidad de las
aguas del litoral. Además, algunos de los terrenos donde
ubican ciertas comunidades están expuestos a inundaciones
periódicas.
71
L. Monos Rhesus y Patas
En el 1962 se iniciaron unos estudios biomédicos en las
Islas Guayacán y Cuevas en los que utilizaron los monos
Rhesus y Patas. Dichas investigaciones fueron realizadas
por el "National Institute of Mental Health" y el "Caribbean Primate Center" del Recinto de Ciencias Médicas de la
UPR. Al finalizar los estudios, estos monos se escaparon,
estableciéndose en el suroeste de Puerto Rico. La mayoría
se encuentran en la zona de Sierra Bermeja, al noreste del
poblado de La Parguera aunque existen informes de
avistamientos en el área de Papayo y en propiedades aledaños
a la carretera PR-116 de Ensenada.
Los monos Rhesus son animales altamente adaptables. Estos
se encuentran desde zonas casi desérticas hasta bosques
densos. Los Rhesus son mayormente vegetarianos, comen
frutas silvestres, granos, hojas, semillas, flores y corteza.
Ocasionalmente consumen insectos y pequeños invertebrados.
En el sur de Puerto Rico, los monos Rhesus prefieren
pequeños parchos de árboles deciduos, localizados en
hondonadas escarpadas en la porción norte de Sierra Bermeja.
72
Son extremadamente tímidos y siempre eluden a los humanos.
Dos grupos de 10 a 30 individuos han sido observados en esta
área por González-Martínez (1990). En el Sector Cotui del
Municipio de San Germán (aproximadamente 10 Km. al norte de
Sierra Bermeja) se ha observado un grupo de por lo menos 15
Rhesus. Algunos residentes del sector afirman que éstos
están en el área hace por lo menos 7 años. Existe la
posibilidad de que éstos emigraron de Sierra Bermeja a
través del bosque de Bambú (Bambusa vulgaris) a lo largo de
la Quebrada Los Llanos, provocados por la intensa presión
de cacería por trampas a principios y mediados de la década
de 1980.
Los monos Patas habitan en áreas abiertas, en pastizales
y sabanas arbustivas eludiendo áreas densamente boscosas.
Esta especie es diurna y mayormente cursorial. Están
reconocidos como los más rápidos de todos los primates y
dependen de su velocidad para escapar del peligro.
Su dieta consiste de yerbas, frutas y semillas,
ocasionalmente suplementada por hormigas, esperanzas,
largartijos y otros pequeños invertebrados.
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Los monos Patas localizados en Sierra Bermeja y terrenos
bajos adyacentes, prefieren las arboledas abiertas de
Bayahonda (Prosopis juliflora). González-Martínez (1990)
también los ha observado en arboledas espinosas del interior del Sector Arroyo Cayul de Sierra Bermeja, en grupos
heterosexuales de 19 individuos. La mayor parte de los
avistamientos 74% ocurrieron en las colinas al sur de Sierra Bermeja. Mientras que un 13% fue en las partes llanas
al sur de Sierra Bermeja, un 9% en las colinas al norte de
la misma y un 4% en las áreas de Arroyo Cayul.
Su alimento está basado principalmente en los árboles de
Bayahonda. Otras frutas de árboles no nativos abundantes
en la zona forman parte de su dieta. Los Patas ocasionalmente
visitan pequeños sembradíos de melones, calabaza, maíz y
otros vegetales.
El hábitat ocupado por los monos Rhesus y Patas coincide
con el área designada como crítica para la Mariquita. El
desarrollo de la Sierra Bermeja y áreas bajas cercanas a
ésta, amenazan las principales áreas de anidaje para la
Mariquita. Además éstos pueden causar la dispersión de los
monos hacia otras áreas, tales como Laguna Cartagena en
74
Lajas y el Refugio de Vida Silvestre de Boquerón en Cabo
Rojo o hacia el interior de la Cordillera Central. De esto
suceder, el control de esta población de primates sería
casi imposible.
M. Contaminación por ruidos
El estudio sobre ruido ambiental en La Parguera, Lajas,
Puerto Rico, preparado por la JCA, en octubre de 1986,
refleja que los niveles de sonido en el período entre las
6:00 PM y las 3:00 AM, exceden lo permitido en el Reglamento
para el Control de la Contaminación por Ruido del 1981,
coincidiendo esto con el momento de mayor actividad comercial.
El problema de generación de ruidos asociados a la actividad
comercial, es una situación que aqueja a los ciudadanos
lajeños desde hace años. Por tal razón el 7 de noviembre de
1989, el Alcalce de Lajas emitió la Ordenanza Número 29,
Serie 1989-90 Para Reglamentar la Venta y el Uso de Bebidas
Alcohólicas en la Jurisdicción de Lajas, Puerto Rico, Imponer
Sanciones Penales y Para otros Fines. Con esta medida se
prohibe toda venta de bebidas alcohólicas desde las 12:00
de la medianoche hasta las 8:00 AM todos los días de la
semana.
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N. Contaminación de agua
Para el mes de noviembre de 1993, la JCA actualizó los
datos relacionados con los métodos de disposición de aguas
sanitarias en las estructuras ubicadas en el frente marítimo
de la RN La Parguera. Esta inspección se realizó en el
tramo que cubre desde Playita Rosada hasta las facilidades
de la Planta de Tratamiento de la AAA en Pitahaya.
En dicha ocasión se inspeccionaron 136 estructuras en las
que se incluyeron 14 estructuras flotantes. En 20 de estas
estructuras, no se observó línea sanitaria, 73 estructuras
tenían conexiones sanitarias visibles. Estas últimas están
realizadas en tubos de PVC cuya longitud varía entre los 100
a 150 pies desde la estructura hasta la línea sanitaria de
la calle. Además, no poseen el declive necesario, por lo
que se reportó que ocurre frecuentemente reflujo de las
aguas.
Un total de 23 estructuras descargan las aguas sanitarias
directamente al mar. Durante las investigaciones se observó
además, que existe una línea sanitaria que se extiende
desde las inmediaciones del muelle del Recinto Universitario
76
de Mayaguez (Ciencias Marinas) hasta la Planta de Tratamiento
de La Parguera. La misma fluye por gravedad hasta una
estación de bombas adyacente a la planta de tratamiento, la
cual impulsa las aguas sanitarias a la planta. Esta línea
se encuentra aproximadamente 18 a 20 pies de profundidad y
recoge además las aguas sanitarias de las estructuras y
residencias ubicadas en tierra. Al momento de la inspección
la línea se observó fluyendo normalmente. No se observaron
acometidas sanitarias provenientes de las estructuras en el
litoral de La Parguera en los registros sanitarios del
área.
En La Parguera existe una estación de bombas sanitarias
cerca del Club Náutico. Esta recoge las aguas negras de las
estructuras ubicadas desde Playita Rosada y las conduce a la
planta de tratamiento de la AAA. La JCA, no detectó al
momento de la inspección, ningún desvío de las aguas sanitarias
procedentes de esta estación, sin embargo, no fue posible
realizar pruebas a las estructuras que descargan a dicha
línea. La estación de bombas a la que se hace referencia fue
construida por la Asociación de Dueños de Casetas de La
Parguera para servir a sus propias facilidades. El mantenimiento
de estas bombas es realizado por esta misma entidad.
77
De acuerdo al Reglamento de Estándares de Calidad de Agua
de la JCA del 1983, las bahías bioluminiscentes, Fosforescente
y Monsio José, están clasificadas como aguas cuyas
características no deberán ser alteradas a fin de preservar
los fenómenos naturales existentes.
La Agencia de Protección Ambiental según el sistema federal de permisos de descargas llamado "National Pollutant
Discharge Elimination System" (NPDES) le requirió a los
dueños de todas las estructuras en esas aguas, solicitar
dicho permiso federal e instalar un tipo de tratamiento de
aguas usadas o en su defecto conectarse a la planta de
tratamiento sanitario de la AAA que pudiese aceptar las
descargas de dichas estructuras.
O. Contaminación de Terrenos
La disposición de desperdicios residuales sobre los
terrenos sin la autorización de la JCA es otro problema que
afecta el APE. Un ejemplo de esta situación se identificó
en la carretera PR-303, Km. 6.9 del Barrio Olivares de
Lajas.
78
Las facilidades existentes en este lugar reciben
desperdicios líquidos de ciertas industrias y los disponen
sobre el terreno, ocasionando problemas de vectores (moscas)
y olores desagradables en el vecindario colindante.
En este APE la JCA notificó también, el problema de
tanques soterrados abandonados.
P. Inyección de lodos residuales sobre el terreno
En la carretera PR-303 Km. 6.2 del Barrio Llanos Costa,
Sector Costa de Lajas, ubican unas facilidades autorizadas
por la JCA para recibir desperdicios no peligrosos procedentes
de las atuneras de Mayaguez.
La operación de dicho proyecto se considera normal aunque,
los vecinos del sector se quejan de la presencia de moscas
en sus residencias asociadas a estas operaciones. La
Autoridad de Desperdicios Sólidos tiene un programa de
control de moscas y lo implementan en ese lugar con una
frecuencia de una vez por semana.
79
Como parte del proceso de monitoría de estas facilidadas,
la JCA exige que cada seis meses se someta un Informe de
Progreso de la Operación del Proyecto que incluye los datos
químicos de las muestras, estableciendo una correlación
entre éstos y el grado de inyección. Además debe incluirse
una explicación de cualquier anormalidad que se registre.
Q. Vertedero Municipal de Lajas
Esta facilidad opera de manera eficiente aún cuando
ocasionalmente se observa el problema de generación de
vectores (moscas). Su único problema es la disposición de
aguas residuales de pozos sépticos. Es de conocimiento que
dicha actividad es una no permitida por las reglamentaciones
vigentes, no obstante este problema está siendo atendido
por las autoridades concernidas y está en proceso de
resolverse.
80
CAPITULO V
ESTRATEGIA DE MANEJO
V. Estratégias de Manejo
Esta parte del Plan presenta la estrategia de manejo a
implantarse con el propósito de proteger los recursos
naturales del Sector La Parguera en armonía con su
desarrollo. El curso de acción propuesto está basado en
la necesidad de resolver los problemas descritos. Además
se consideraron los recursos naturales particulares del
área; las leyes, reglamentos y políticas vigentes y
necesidades de las comunidades afectadas.
La estrategia planteada consiste de una serie de proyectos
que puedan ser desarrollados de forma aislada, no obstante es mandatorio la implantación de la totalidad de
los mismos para garantizar la protección del APE.
La realización de esta estrategia conlleva la coordinación
y movilización de diferentes agencias y entidades para
llevar a cabo los proyectos; determinar prioridades y
costos, identificar fuentes de financiamiento y señalar
el grado de participación de los sectores públicos y
privados.
83
A. Proyecto #1 Ampliación de Límites del APE del Suroeste
Como resultado de evaluaciones técnicas surge la necesidad
de ampliar los límites físicos, tanto del APE existente
como de la RN La Parguera. Por tal razón, se incluye una
serie de datos que documentan las ampliaciones propuestas.
La JP es la entidad gubernamental facultada legalmente
para adoptar las enmiendas territoriales por las implicaciones
que éstas poseen en términos de la política pública del uso
de terrenos para ese sector.
1. Segmento Sierra Bermeja, Municipios de Lajas y Cabo
Rojo
Actualmente el límite norte comienza en el kilómetro 3.8
de la carretera PR-303 y se extiende por las laderas al sur
de la Sierra Bermeja, siguiendo el contorno de 150 a 200
metros de elevación. A partir del kilómetro 5.9 de la
carretera citada se sigue el contorno del área zonificada
por la JP en 1972. No incluye las partes más altas de esta
Sierra en particular la cima del Cerro Mariquita (el de
mayor elevación con 301 metros de altura), donde se han
84
registrado hasta 169 especies de plantas raras y endémicas,
algunas de ellas de singular importancia. Entre éstas
existen especies oficialmente designadas en peligro de
extinción al igual que otras candidatas a dicha designación.
Las siguientes plantas están identificadas para este
APE: Cobana negra (Stahlia monosperma), Pelos de diablo
(Aristida portoricensis) A. chaseae, Lyonia truncata var.
Proctorii, Vernonia proctorii y Palo de rosa (Ottoschulzia
rhodoxylon). De éstas, las últimas cinco se encontraron en
la Sierra Bermeja, la cual constituye parte del hábitat de
otras especies de animales críticos entre las que se encuentra
la Mariquita. De ahí, que la inclusión de este segmento es
esencial para proteger la biodiversidad del sector.
Esta sierra localizada al sur del Valle de Lajas, contiene
el complejo de rocas intrusivas más antiguas de Puerto
Rico, por lo que posee un valor geológico especial. La
misma también posee un gran potencial arqueológico.
El área recomendada a integrarse al APE está constituida
en su extremo norte por los terrenos comprendidos a partir
del límite sur del camino en tierra que discurre en dirección
85
oeste desde la Comunidad Maguayo en el Municipio de Lajas
y pasa por los Barrios Llanos (Lajas) y Llanos Costa (Cabo
Rojo) hasta la intersección con la PR-301 (Mapa 1). Incluye
como límite oeste, el margen este de la carretera sin
pavimentar que corre paralela al este de la PR-301 hasta
conectar con la carretera PR-303. Desde este punto, los
terrenos recomendados son los ubicados al margen norte de
la PR-303 hasta conectarse con el límite actual del APE
del Suroeste, Sector La Parguera.
Algunas de las laderas meridionales de esta sierra forman
parte del APE del Suroeste Sector La Parguera, dado que en
ellas se originan drenajes y quebradas intermitentes que
paulatinamente fluyen a la parte este del Bosque Estatal
de Boquerón (parte de la RN La Parguera).
Lo expuesto amerita que se evalúe la posible inclusión
de este sistema de montañas como parte integral del APE
del Suroeste.
86
2. Segmento de la RN Laguna Cartagena, Municipio de
Lajas
La RN Laguna Cartagena fue designada por la JP mediante
la Décima Octava Extensión a la Resolución PU-002, el 19
de enero de 1990. Está localizada en el extremo occidental
del Valle de Lajas, en el área suroeste de Puerto Rico.
Políticamente pertenece al Barrio LLanos del Municipio de
Lajas. (Mapa 1).
El área de RN y su zona de amortiguamiento están
constituidas por el cuerpo de agua de la Laguna y una
porción de terreno identificado como necesario para la
protección de ésta. Estos terrenos comprenden un área
aproximada de 796 cuerdas. Dentro de estos límites, se
identificaron varias especies críticas, amenazadas, en
peligro de extinción o candidatas a ser designadas.
Para la delimitación de la RN y su zona de amortiguamiento,
se consideró principalmente la tenencia de terrenos. Aunque
éstos comprenden el área de mayor importancia desde el
punto de vista ecológico, existen otros lugares,
particularmente en la parte norte de la RN, que de sufrir
alteraciones significativas, pueden afectar los patrones
87
de escorrentías del lugar. Estas no fueron incluidas en el
área de la RN y su zona de amortiguamiento, por ser de
tenencia privada. No obstante, las actividades que se
contemplen en las mismas deben ser evaluadas con detenimiento
para reducir los efectos negativos a la RN.
Al presente, esta RN no forma parte de ningún APE pero su
proximidad al Sector La Parguera facilita su integración al
mismo con el fin de complementar su protección.
Por tal razón, se propone extender el límite norte de este
APE (Mapa 1) de tal forma que incluya la Laguna Cartagena y su
zona de amortiguamiento según designada por la JP.
Los límites propuestos son:
1. por el sur - caminos existentes entre las Parcelas Magüayo
y la extensión sur de la carretera PR-306;
2. por el oeste - Quebrada Los Llanos;
3. por el norte - línea recta entre la Quebrada Los
Llanos y el punto donde el contorno de 12 metros ó
36 pies cruza laextensión sur de la carretera PR-
306; se sigue todo el contorno hasta el camino
vecinal que transcurre hacia el sureste;
88
4. por el este - comienza donde termina el punto norte y
se extiende hasta la carretera PR-305 en el límite de
las Parcelas Magüayo.
B. Proyecto #2: Ampliación límites RN La Parguera
La RN La Parguera está localizada en el suroeste de
Puerto Rico. Aunque la mayor parte del área designada RN
está dentro del Municipio de Lajas, cubre otros predios de
terrenos en municipios colindantes como lo son Guánica y
Cabo Rojo. La porción de terrenos de la cual se deriva el
nombre de esta reserva se encuentra en el Municipio de
Lajas.
Los límites actuales de esta RN fueron identificados
mediante la consideración de varios criterios, entre ellos
el valor de las áreas adyacentes frente al litoral que
constituyen hábitat para la vida silvestre, en especial de
especies endémicas, raras y en peligro de extinción. Existen
áreas colindantes que cumplen con estos requisitos y que
podrían integrarse a esta RN. Lo anterior impartiría medidas
adicionales de protección al valor natural de dichas áreas.
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Esta observación toma considerable pertinencia puesto que
dichas áreas están sujetas a varias presiones de desarrollo.
A continuación se identifican 6 propiedades que por valor
natural deben incorporarse como parte del área designada
con RN (Mapa 1). Estas son:
Finca
Titular
La Julia II
FCPR
La Julia I
DRNA
Botoncillo
DRNA
Isla Matei
FCPR
Punta Jorobado
CFI
La Jungla
Privado
Las primeras cuatro son administradas por el Fideicomiso
de Conservación de Puerto Rico (FCPR) por lo que ya son
manejadas de acuerdo a las políticas de conservación y
preservación en reconocimiento a su valor. Esta entidad
apoya las gestiones conducentes a incorporar estos terrenos
a la RN existente (Apéndice 3).
90
Con respecto a la finca La Jungla, el DRNA a través de la
División de Patrimonio Natural de la Secretaría de
Planificación Integral, la reconoció como un área de alto
valor natural. El DRNA someterá a la JP en un término de un
año (una vez adoptada esta enmienda) un Plan de Adquisición
para dicha finca.
Hasta el momento no se han asignado los fondos para
adquirir esta propiedad. Sin embargo, su inclusión en la
Petición Presupuestaria constituye un reconocimiento expreso
del DRNA en cuanto a su disposición para gestionar la
obtención de fondos como una medida para afrontar las
necesidades de protección del área.
Los terrenos recomendados a ser integrados a la RN La
Parguera tendrán una zona de amortiguamiento de 200 metros
a partir del límite de la RN, según aplica a las áreas hasta
ahora designadas.
1. Segmento La Jungla, Municipio de Guánica
La composición florística y rasgos fisionómicos de la
vegetación natural sobre las laderas calizas de este sector
91
compara con la existente dentro de las áreas protegidas
del Bosque Estatal de Guánica, en su manifestación más
madura y de alto valor ecológico. Predominan dos
asociaciones florísticas distribuidas en forma de mosaico
de acuerdo a las variaciones en topografía y disponibilidad
de suelo. Son éstas, el bosque caducifolio estacional y
el matorral O arboleda espinosa. Esta última abarca la
porción más extensa de las laderas que perfilan hacia el
litoral. Al pie de esta ladera caliza existe una cuenca
de poca profundidad, de drenaje deficiente y alto nivel
freático. En ella puede entrar el agua de mar durante
vientos fuertes O al subir la marea y mezclarse con agua
de lluvia que en parte proviene del movimiento subterráneo
lateral en las laderas del área de interés. En dicha
cuenca existen tanto manglares, salitrales y salinas que
sirven como hábitats para varias especies de vida silvestre
locales y migratorias, algunas de las cuales están
protegidas legalmente. Dichos humedales litorales forman
parte de la RN La Parguera. Se entiende que el predio del
bosque caducifolio estacional y el matorral espinoso están
funcionalmente relacionados a la hidrología de estos
sectores de la RN La Parguera, además de poseer otras
propiedades ecológicas que le imparten valor natural.
92
Por ejemplo, existen registros del Guabairo de Puerto
Rico y del Lagartijo del seco (Anolis cooki), especies
legalmente protegidas.
Los sistemas ecológicos de La Jungla se extienden tierra
adentro hasta integrarse de forma continua a la Reserva
Internacional del Hombre y la Biosfera del Bosque Estatal
de Guánica. La designación de esta área, de alto valor
ecológico sin ninguna protección legal al presente, al
formar parte de la RN La Parguera establecería una unidad
continua de sistemas naturales dentro de la zona costanera.
El área que se recomienda es aquella comprendida al
norte noreste del camino que discurre desde la punta al
norte del Cayo Don Luis (Guánica), hasta su unión con la
carretera PR-325 al noreste de la Caleta Salinas (Guánica),
se extiende desde el norte-noroeste hasta los límites
meridionales de la porción del Bosque Estatal de Guánica
que ubican en el Barrio Montalva de Guánica. Bordea los
límites de las salinas presentes (una de ellas denominada
La Providencia) que forman parte de la RN La Parguera
(Mapa 1).
93
2. Segmento Punta Jorobado, Municipio de Guánica
Es un promontorio calizo de configuración básicamente
cónica y altura máxima aproximada a los 26 metros.
Constituye el extremo sur de una península en la porción
sureste del APE del Suroeste, Sector La Parguera (Mapa
1). Sus laderas oeste, sur y este perfilan hacia el Mar
Caribe. Los extremos norte y noroeste se extienden tierra
adentro hacia la comunidad Salinas Providencia, que a su
vez colinda con el Bosque Estatal de Guánica, sector
Monte de La Brea.
Más del 85% de la superficie de esta península está
cubierta con afloraciones de grandes peñazcos de piedra
caliza. Su composición florística y rasgos fisionómicos
corresponden a una arboleda O matorral espinoso en estado
maduro y de alto valor ecológico. La altura de la vegetación
oscila entre 1 y 6 metros presentando una distribución
que es a veces abierta y en otras cerrada. Existen
algunos parchos de vegetación predominantemente arbórea
en la cima donde se ha depositado una capa mayor de suelo
lómico arcilloso. Aquí, la complejidad estructural de la
vegetación es mayor con una altura aproximada de 4 a 5
94
metros. La base de las laderas muestra vegetación herbácea
densa de menos de 2 metros de altura de forma irregular
con una distribución abierta, la cual ajusta a la definición
de un plato rocoso.
Punta Jorobado es un hábitat en estado natural con
características similares a las de la RN designada que se
encuentra bajo el manejo del DRNA. La misma sirve como
hábitat de descanso, forraje y anidaje para la mayoría de
las 47 especies de aves asociadas al litoral y laderas
adyacentes de Lajas y Guánica. La línea que demarca el
extremo este actual de la RN La Parguera permite el que
sólo la zona marítimo terrestre de la ladera oeste de
Punta Jorobado esté incluida en dicha designación. Dicha
Punta cubre cerca de 9 cuerdas y pertenece a la Compañía
de Fomento Industrial (CFI) de Puerto Rico. La CFI ha
informado de su interés en vender este predio. La
integración de esta Punta a la adyacente RN sería un paso
en dirección hacia su protección.
El área recomendada aquí es aquella constituida por las
9 cuerdas del extremo sur de Punta Jorobado. Estos terrenos
colindan por el norte con el límite sur de la Comunidad
95
Salinas Providencia, por el este y el sur con el Mar
Caribe y por el oeste con el extremo suroeste de la propia
RN La Parguera.
C. Proyecto #3: Restauración del Frente Marítimo de la
Reserva Natural La Parguera
La Parguera es una comunidad adyacente al mar y
ciertamente posee un alto potencial para la creación de
un escenario óptimo que viabilice la realización de
actividades recreativas. No obstante, el desarrollo de
esta actividad dependerá grandemente de la ausencia de
barreras visuales y obstáculos al acceso en y hacia el
frente marítimo y aguas territoriales. El Gobierno tiene
una responsabilidad impostergable de poner a la disposición
de la ciudadanía esta área, mediante el establecimiento
de unas directrices claras para el desarrollo de las
actividades recreativas en La Parguera y cooperando para
el establecimiento de facilidades físicas adecuadas al
desarrollo de la misma. Este proyecto cuenta con la
aprobación del DRNA y el apoyo de ARPE (Apéndice 4).
96
1. Lugar afectado y áreas colindantes
La restauración propuesta, se realizará en una sección de
la costa perteneciente a la RN La Parguera, que cubre desde
donde ubican las facilidades recreativas del DRNA (Playita
Rosada), hasta la porción de terrenos pertenecientes al
Bosque Estatal de Boquerón en Pitahaya. Se incluye la zona
marítimo terrestre, terrenos sumergidos y otros pertenecientes
al Bosque Estatal de Boquerón. El Mapa 1 señala los terrenos
bajo consideración, los cuales en su mayoría están zonificados
con un Distrito B-2 (Bosque de Mangle) por la JP. Por lo
tanto, las obras propuestas deberán responder a las
disposiciones legales vigentes aplicables a las áreas citadas.
Este proyecto incluye también los cayos pertenecientes a
la RN La Parguera en los aspectos de restauración de hábitats.
Los terrenos que colindan inmediatamente con las áreas
objeto de esta evaluación, son en su mayoría terrenos públicos
que figuran como bienes patrimoniales del DTOP. Estos
constituyen parte de la zona de amortiguamiento delimitada
para esta RN en su mayoría han sido zonificados por la JP
con un Distrito CR-1 (Conservación de Recursos). Por el
97
norte, colindan con la carretera municipal. Hacia el oeste,
colindan con el Bosque Estatal de Boquerón, propiedad pública,
bajo la jurisdicción del DRNA. Al este, se encuentran otros
terrenos públicos bajo la jurisdicción del DTOP.
Existen otras colindancias como los lotes vendidos para
uso turístico (Parador Villa Parguera y Posada Por La Mar)
Estas y otras colindancias han sido respetadas por las
obras propuestas como se indica en los mapas. Se propone
restaurar la RN en las colindancias con estos desarrollos
privados. Con relación a las posibilidades de expansión de
estas hospederías, se advierte que están limitadas a lo
dispuesto en sus escrituras, por el distrito de zonificación
vigente (CR-1) y las reglamentaciones de zona marítimo
terrestre. (Apéndice 2)
2. Descripción de las Obras
a. Fase 1: Limpieza del área
Esta fase comprende la remoción de las estructuras fijas
ubicadas a lo largo del frente marítimo de la RN La Parguera
y las ubicadas en los cayos que también forman parte de
ésta.
98
Dicha fase incluye además, la eliminación dentro de los
límites de la RN del anclaje permanente de embarcaciones y
casas-bote certificadas (según dispuesto por el Reglamento
para la ejecusión de la Ley Núm. 48 del 27 de junio de
1986).
La eliminación de estructuras fijas y el anclaje permanente
de las flotantes, así como de las casas-bote certificadas
implica lo siguiente:
-eliminación de casetas sobre pilotes;
-eliminación de casetas flotantes;
-eliminación de muelles privados;
-remoción de plataformas;
-eliminación de verjas y barreras que obstaculizan el
paso a la costa;
-remoción de rellenos;
-eliminación de accesos a las estructuras;
-eliminación de infraestructura no necesaria;
-extracción de pilotes;
-limpieza general del área; y
-remoción de escombros.
99
b. Fase 2: Desarrollo y construcción de las obras
AA. Area Recreativa Playita Rosada:
En esta fase se propone la construcción de las siguientes
facilidades públicas en las áreas descritas (Mapa4)
En el Area Recreativa Playita Rosada se proponen las
siguientes obras:
-Instalar un teléfono público;
-reorganizar el área de estacionamiento;
-proveer facilidades recreativas rústicas para niños
(columpios, chorreras, centro de actividades, etc.) ;
-construcción de una estructura rústica para la Oficina
de Manejo de la RN y el Cuerpo de Vigilantes;
-mejorar, sin alterar dimensiones, una estructura
existente para utilizarse como un centro de información
al visitante y primeros auxilios;
-identificar mediante rotulación la flora existente;
-colocar postes para la protección de la vegetación;
-rotulación adecuada del área (Apéndice 3) ;
-identificar el área de playa con boyas para el
uso de niños, envejecientes y personas con
impedimentos;
-proveer controles o medidas de seguridad para proteger
la propiedad pública en el área;
100
-limpieza y acondicionamiento de los alrededores;
-reforestar el área con flora existente en el lugar;
-reparar los servicios sanitarios y duchas; y
-construir accesos adecuados a las diferentes áreas o
mejorar los existentes.
BB. Muelles para el uso general:
Se propone la designación de dos áreas para utilizarse
como áreas con muelles y rampas de uso general. Estas
ubican en las facilidades que actualmente pertenecen al
Club Náutico y en el área aledaña a la rampa pública construida
por CODREMAR.
Con relación a la ubicación que afecta las facilidades
existentes en el Club Náutico, se pretende que se honren las
pautas contenidas en los permisos otorgados y los estatutos
vigentes. Además, deberán conformar sus actividades con el
lugar que ocupan, ya que está designado como RN. Por otro
lado, con relación a las posibilidades de expansión del
Club Náutico, se advierte que las mismas están limitadas al
área ocupada, a las disposiciones de la zonificación vigente
(B-2) y los estatutos legales aplicables (Apéndice 2).
101
CC. Muelles para los usos institucionales:
Para la ubicación de muelles institucionales se proponen
dos áreas: (1) el muelle existente utilizado por embarcaciones
con destino a la Isla Magueyes perteneciente al Departamento
de Ciencias Marinas del RUM; y (2) la construcción de un
muelle para uso del DRNA, ya que necesita contar con unas
facilidades adecuadas para atracar y varar sus embarcaciones.
Además se reorganizará el área que sirve de estacionamiento
en el lugar.
DD. Facilidades para el uso de los pescadores del sector:
Se propone la consolidación de los muelles destinados
al uso de los pescadores del sector y su relocalización en
áreas más protegidas y de mejor acceso. A tales efectos se
proponen tres ubicaciones (Mapa 4).
Asociados a los muelles, se construirán áreas para venta
de pescado, armarios para los implementos de pesca, pesaje,
combustible, rampa, área para la construcción de artes de
pesca y embarcaciones, centro de reuniones, descamaderos,
estacionamiento y viraje de vehículos. Se proveerá además,
un área de almacén para guardar las artes de pesca. Asociado
a la misma, se colocarán zafacones (recipientes con tapas)
para la recolección de los desechos de la pesca.
102
EE. Muelles para el acarreo de los visitantes:
El acarreo controlado de visitantes a la Bahía Fosforescente
y el Area Recreativa Isla Mata de La Gata, es necesario para
garantizar la utilización pública de estos lugares, la recreación
y el disfrute de sus bellezas, de acuerdo al nivel de tolerancia.
Se propone un área para la ubicación de los muelles y que las
embarcaciones sean operadas por concesionarios bajo las condiciones
que acuerden el DRNA y las entidades privadas interesadas. Se
recomienda el cierre de la Isla Mata de La Gata, para permitir su
restauración y realizar obras de mantenimiento durante los meses
de septiembre y febrero cada año. Se advierte que el número de
visitantes no excederá las 200 personas por día, según está
estipulado en la Orden Administrativa 93-11.
FF. Paseo tablado interpretativo sobre pilotes con áreas de
descanso y plataforma techada para uso recreativo:
El DRNA fomenta el uso educativo de sus áreas conjuntamente
con el recreativo. Razón por la cual se propone la ubicación en
La Parguera de un paseo tablado interpretativo sobre pilotes.
Este incluirá áreas de descanso habilitadas con bancos y una
plataforma techada que se localizarán próximos al Area Recreativa
Playita Rosada. Sus usuarios podrán utilizar el estacionamiento
de esta área recreativa.
103
GG. Facilidades recreativas:
Se ubicará un paseo tablado con plataformas y bancos
para descanso e instalaciones de pesca de orilla para uso
del público con facilidades para impedidos. Además, se
habilitarán 5 espacios para concesionarios que se dedicarán
a la venta de comidas y artesanías. Las condiciones para la
operación de estos negocios serán acordadas entre el DRNA y
los concesionarios.
HH. Rampa y muelle de uso general:
Se proponen las instalaciones de unas facilidades para
uso general, a saber: muelle y rampa pública en el Sector
Puerto Viejo, aledañas a el varadero existente en el lugar.
II. Control de la erosión de terrenos para proteger la vía
municipal que provee acceso al área, la protección y el
embellecimiento del frente marítimo:
Se recomienda la eliminación de la mayoría del relleno
depositado en la RN. Esta acción traerá como consecuencia
la restauración de la condición anegada 0 de humedal en una
gran cantidad de terrenos de la RN, que podría afectar el
lado sur de la carretera colindante. Por lo cual, se
104
propone la construcción de una barrera que proteja la vía
hacia este lado, sin que se afecte el drenaje de los terrenos.
La obra propuesta consiste en la construcción de un dique de
tierra de 3 pies de elevación paralelo a la carretera en el
área identificada por las letras II ilustrados en el Mapa 4.
Este será establilizado con vegetación asociada al lugar, a
la vez que servirá para embellecer los alrededores de ese
tramo de la carretera. Para levantar el dique se utilizará
parte del material de relleno removido en la Fase 1. En la
base de esta construcción, se colocarán tubos perpendiculares
y a nivel de la carretera que permitirán el drenaje de las
aguas hacia los salitrales. También se considerará el
acceso hacia aquellos lugares donde se proponen facilidades
públicas.
JJ. Control de la sedimentación para proteger los manglares
al oeste de la Reserva Natural:
Las instalaciones ubicadas al oeste de la RN, aunque
fuera de los límites de ésta, representan una seria amenaza
a la integridad ecológica de los recursos naturales del
área. De éstos, los manglares pertenecientes al Bosque
Estatal de Boquerón son los más vulnerables. El problema de
sedimentación asociado al movimiento de terrenos y a la
105
deforestación le están causando daños severos a este
ecosistema. En un intento de proteger el manglar, se
construirá un dique de tierra en el área identificada por
las letras JJ (Mapa 4). La altura recomendada sería de 3
pies. El dique se construirá de una forma que garantice el
acceso a la costa en aquellos lugares donde se han propuesto
las ubicaciones de las facilidades públicas. Además, se
colocarán tubos que permitan el drenaje de las aguas hacia
el manglar. Las consideraciones sobre el material para la
construcción de dique y su posterior estabilización serán
similares a las obras identificadas con las letras II.
KK. Relocalización de los postes de tendido eléctrico:
Los postes para el tendido eléctrico deberán ser
removidos de los salitrales o manglares y ubicados en la
franja de terreno al norte de la carretera municipal.
LL. Ubicación de vendedores ambulantes:
El DRNA y el Departamento de Comercio acordaron que
para el área bajo consideración el número de vendedores
ambulantes a ser permitidos no excedería la cifra de 10.
Mediante este acuerdo se dispuso que esta actividad se
desarrollaría en el lugar señalado en el Mapa 4.
106
3. Consideraciones Generales
A. Accesos
Las obras propuestas no requieren la construcción de
nuevos accesos vehículares al área, ni la repavimentación
de caminos. El acceso existente es a través de la carretera
estatal PR-304, desviándose hacia la izquierda para continuar
por una carretera municipal.
Se propone la construcción de accesos peatonales a las
facilidades propuestas que discurran perpendiculares a la
carretera municipal. Estos se describen como paseos tablados
sobre pilotes con un ancho que no será mayor de 3 metros.
Todos serán adecuados para el paso de ciudadanos con
impedimentos. Se utilizará madera o plásticos reciclados
como materia prima para la construcción, incluyendo los
pilotes.
B. Estacionamiento
Este proyecto no incluye la construcción de
estacionamientos, excepto en la reorganización de esta
107
actividad en las facilidades del Area Recreativa Playita
Rosada y el lugar que tradicionalmente ha utilizado el personal, estudiantes y visitantes de la Isla de Magueyes. Se
reservarán mediante la debida rotulación espacios para vehículos
de personas con impedimentos. No se utilizará asfalto, ni
relleno adicional al existente. El Gobierno auspiciará la
iniciativa del sector privado para proveer estacionamientos
entre otras áreas de APE para acarrear visitantes a las áreas
recreativas públicas.
C. Reforestación
Se reforestarán las áreas afectadas, según sea necesario,
sólo con vegetación existente en la RN con preferencia a
especies endémicas y nativas que se encuentran en esta zona.
D. Rotulación
La rotulación dentro de la RN deberá ser de forma clara y
sencilla, de fácil interpretación para niños y adultos. La
altura de los mismos no deberá sobrepasar los 5 pies. De
necesitar iluminación, éstos deberán iluminar hacia el suelo
O hacia tierra adentro. Se recomienda la utilización de
pinturas fluorescentes.
108
El Apéndice 5 muestra algunos ejemplos de la rotulación
recomendada para el lugar. Se proponen los siguientes
rótulos a ser colocados:
-identificación de lugares y recursos de interés;
-identificación de facilidades existentes;
-reglas, horarios, cuotas asociadas a la operación
de facilidades recreativas;
-disposiciones para garantizar la seguridad pública;
-facilidades para impedidos;
- -identificación de acceso; y
-otros
E. Infraestructura
Se utilizará toda la infraestructura disponible para la
obtención de los servicios de energía eléctrica, agua potable, teléfono, alcantarillado sanitario. De ésta
infraestructura, toda aquella que no sea necesaria para los
usos propuestos será removida.
F. Ubicación
La ubicación de las obras propuestas que se ilustran en
el Mapa 4, podrían estar sujetas a cambio en el diseño final
de cada proyecto.
109
IV. Impacto de las Obras a Realizarse
Durante el proceso de restauración y rediseño de la RN se
llevarán a cabo ciertas obras que tendrán un efecto a corto
plazo sobre el área.
A continuación se establece el impacto de cada una de las
obras propuestas.
a. Eliminación de estructuras fijas, (casetas, muelles,
extracción de pilotes, remoción de rellenos, eliminación de
verjas, etc.)
1.1. Impacto
a. Daño a los manglares colindantes: Esto podría implicar
lapoda o corte premeditado de vegetación para facilitar el
paso y la remoción de las estructuras. Estas obras podrían
ocasionar daño accidental e involuntario al manglar (ejs.:
defoliación, tronchadura de troncos, ramas, raíces, etc.).
b. Reducción y perturbación de habitáculos de vida silvestre
asociados al impacto en el manglar.
110
C. Alteración del fondo marino: La remoción de pilotes y el
movimiento de escombros en el mar podrían provocar daños
a las fanerógamas marinas, en especial a las praderas de
Thalassia. La remoción de pilotes dejará huecos temporeros
en los terrenos sumergidos que deberán restaurarse al estado
natural. El movimiento en el mar provoca la suspensión de
sedimentos de los terrenos sumergidos y ocasionará de
forma inmediata problemas de turbidez en las aguas. Esta
condición puede interferir con la penetración de los rayos
solares esenciales para la foto síntesis de las fanerógramas,
el fitoplancton y otros organismos (ej. corales).
b. Remoción de rellenos y eliminación de infraestructura
1. Impacto
a. Problemas de sedimentación: El movimiento de
tierra producto de estas obraspropicia que los
sedimentos se puedan desplazar hacia el mar
ayudados por las escorrentías y por el flujo y
reflujo de la marea. El sedimento queda
suspendidotemporalmente en las aguas y
paulatinamente se deposita sobre el fondo marino.
111
La sedimentación podría ocasionar un efecto
adverso sobre los manglares, los pólipos de
coral, las esponjas y otros organismos.
b. Turbidez de las aguas: Este problema (asociado
al problema anterior) se visualiza como un
efecto de corta duración y de daños mínimos en
los ecosistemas.
C. Inundación de terrenos: Con la remoción del
relleno aumentará el flujo y reflujo de las
aguas en ese sitio. Ello restituirá las
condiciones anegadas de estos terrenos,
beneficiándose los sistemas ecológicos.
d. Generación de polvo fugitivo.
e. En el proceso de relocalización de postes de
alumbrado eléctrico, tuberías de conexión de
alcantarillado santario y de agua potable, áreas
de manglar O salitrales, se verán adversamente
afectados a corto plazo por la destrucción y
corte de manglar, así como el movimiento de
tierra asociada a estas obras.
112
C. Remoción de plataformas, estructuras flotantes y de
casas-bote
1. Impacto
a. Se visualiza un impacto menor al ocasionado por
la remoción de estructuras fijas. Debido al hecho
de que están amarradas a los manglares, ancladas
o fijas a tierra por conexiones de agua, luz y
teléfono, se podría afectar en algún grado el
ecosistema, principalmente el manglar, de manera
similar a la descripción anterior.
b. Muchas de estas estructuras poseen rellenos de
tierra para el acceso y su remoción tendrá un
impacto similar al ocasionado en el caso de las
estructuras fijas.
113
d. Durante la segunda fase se anticipan impactos similares
a los descritos.
5. Medidas de Mitigación al Impacto Ambiental Adverso
Anticipado para la Fase I
1) Para reducir los daños al manglar ocasionados por
la remoción de estructuras, se recomienda realizar
por vía marítima el acarreo, tanto de materiales
y equipo para remover las estructuras, como de la
transportación de las mismas una vez desmanteladas,
haciendo uso de los lugares de acceso para acarreo
más cercano.
2) Se identificaron 7 lugares de acceso señalados en
los Mapas 2 y 4 para el acarreo de los materiales
asociados a estas obras los cuales son:
a. muelle y rampa del Club Náutico;
b. áreas aledañas a la estructura Núm. 160;
C. áreas entre las estructuras Núm. 74 y 75;
d. áreas entre las estructuras Núm. 104 y 105;
e. rampa CODREMAR;
f. áreas cercanas a la estructura Núm. 131; y
g. varadero de Gundo
114
Estas áreas son también apropiadas para el viraje y
estacionamiento temporal de vehículos pesados (camiones que
transportan el material) -
3) Se hará un itinerario donde se establezcan las
fechas y periódos de tiempo que tiene cada
propietario de estructura para realizar la remoción
de sus propiedades. No se deberán remover todas las
estructuras a la vez y se recomienda dividir el tiempo
para realizar las obras en cada tramo.
4) El transporte marítimo tendrá que utilizar plataformas
o barcazas debidamente autorizadas por el DRNA para
realizar tales funciones. Todos los costos asociados
con estos trabajos serán responsabilidad de los
propietarios y sufragados por ellos, a menos que el
DRNA determine lo contrario.
5) Las obras de remoción serán directamente supervisadas
por personal del DRNA, adscrito a la Oficina de Manejo
de la Reserva Natural La Parguera y al destacamento de
Cuerpo de Vigilan-tes en esa zona.
115
D. Proyecto #4: Construcción de vereda submarina en Cayo
Enrique
La selección de lugares apropiados para la implantación
de veredas submarinas envuelve una serie de factores que
incluyen: el acceso al lugar; la seguridad que provea tanto
a la integridad del arrecife como a los visitantes, no
aumentar los conflictos de uso en el área, mantener la
integridad de las áreas utilizadas por científicos que
realizan estudios; no obstaculizar el paso de embarcaciones;
y no afectar áreas con valor arqueológico (Acevedo, 1988).
Cayo Enrique fue seleccionado como el lugar más adecuado,
debido a las condiciones que éste presenta. Localizado
entre las latitudes [17°57'20" y 17°57'40"] longitudes
[67°02'30" y 67°03'20"] se encuentra aproximadamente a una
milla náutica de la comunidad La Parguera. Cayo Enrique
posee una amplia laguna arrecifal que está protegida del
oleaje y provee de aguas cristalinas y tranquilas a los que
le visitan durante el año (Mapa 1).
El extremo oeste del cayo, comúnmente conocido como el
rabo del arrecife, posee una amplia gama de especies de
116
corales duros y blandos con diversos invertebrados marinos
a una profundidad entre 1 a 10 metros.
Este arrecife es accesible por bote en un tiempo aproximado
de 5 a 10 minutos del litoral. El área presenta varias
zonas en la parte trasera arrecifal, en las que se incluye
una planicie con abundancia de zoantidos tales como Palythoa
caribbea y Zoanthus sociatus. Existe gran variedad de
anémonas entre las que se encuentran Stoichactis helianthus
y Epycites crucifer. Además abundan coraliformes como
Ricordea florida que vive en pedazos de coral muerto que
arrastra el oleaje causado por tormentas y fuertes marejadas.
Se hallan asociados al área varios árboles de mangle rojo,
los cuales proveen albergue a innumerables especies de
invertebrados marinos como pequeñas langostas, cangrejos
del género Mithrax, serpúlidos, gran variedad de esponjas,
tunicados e hidrozoarios entre otros. Hacia la laguna
arrecifal, a una profundidad de un metro, se identificaron
especies de hidrocorales como Millepora alcicornis y M.
complanata. Los corales hermatípicos incluyen: Montastrea
annularis, Agaricia agaricites, Diploria sp., Siderastrea
spp., Porites asteroides, Acropora spp.y Meandrina spp.
117
1. Diseño de la Vereda Submarina
Se recomienda desarrollar una vereda sinusoidal cuyo
diseño incluye numerosos letreros, ya que los componentes
del arrecife no están distribuídos uniformemente. Con este
concepto se destacará la mayor parte de los componentes de
la biota presente.
La vereda debe comenzar cerca de la zona de anclaje
designada. Los letreros se deben enumerar de forma tal, que
el usuario pueda tener una secuencia en la interpretación
con una dirección a seguir. De este modo, cuando varias
personas visiten el área simultáneamente, se evitará el
movimiento en direcciones contrarias lo que causaría confusión
y posibles daños.
La presencia de pequeñas boyas separadas del fondo y
localizadas a través de la vereda será de gran utilidad para
mantener a los visitantes dentro de los predios de la vereda
y evitar que se afecten áreas no destinadas al uso del
público.
118
Debido al cambio natural al que están sujetos los
componentes del arrecife, es aconsejable que aquellas especies
de alta fragilidad como: Acropora cervicornis, anémonas,
gorgonios, esponjas y otros invertebrados se rotulen con
componentes removibles de forma tal, que el personal a
cargo de la vereda pueda mover los rótulos según sea necesario.
Se recomienda el uso de bloques de concreto de 30 cm. de
largo por 30 cm. de ancho y 30 cm. de alto cuya superficie
superior tenga un ángulo de unos 20 a 30°. Esto facilitaría
que el visitante pueda leer desde el pasillo de tránsito y
a la vez ayudará a que el sedimento se desplace fuera de la
superficie. Los bloques deberán localizarse cerca de los
organismos, de forma que no interfieran con éstos ni con
otros presentes. Cada bloque de concreto tendrá 2
perforaciones de donde saldrán dos varillas de acero
inoxidable. Esto minimizará la corrosión y a la vez proveerá
de un mecanismo removible para que puedan limpiarse con
facilidad las algas, bayocas y otros colonizadores que se
establezcan en los rótulos. Las varillas se enterrarán
hasta que estén firmemente sujetas al sustrato. La superficie
superior de los bloques tendrá 4 espárragos de acero
inoxidable que servirán para fijar los rótulos plásticos
119
con la información grabada al relieve. El mantener los
bloques separados del fondo es una buena práctica, ya que
evitará que éstos se cubran por arena durante el paso de
tormentas.
Aquellos corales de mayor tamaño y larga vida se pueden
rotular mediante la remoción de arena suelta y al llegar a
la roca sólida se colocará un marco de madera, al cual se le
vertirá concreto fresco y se introducirán los 4 espárragos
en posición vertical sobresaliendo aproximadamente de 1/2 a
3/4 de pulgadas sobre la superficie superior, sobre la cual
se fijará el rótulo de plástico con la información necesaria
grabada al relieve. El mismo quedará fijo al secarse el
concreto.
No es recomendable el uso de materiales tóxicos que
eviten el establecimiento de colonizadores, debido a que
estos se difunden hacia la columna de agua y podrían afectar
adversamente la biota presente.
Los letrero debe incluir el nombre científico (género y
especie) y el nombre común en inglés y español de componente
biótico que identifican. De ser posible, se incluirá algunos
120
comentarios que ameriten los conocimiento del visitante
(ej. Acropora palmata; coral Cuerno de arce, "elkhorn coral".
Coral de zonas llanas y aguas claras)
2. Manejo de las Veredas
Es necesario que se tomen medidas para evitar malas
prácticas en el área de la vereda, de forma tal que se
preserven los recursos coralinos. Por tal razón, se debe
crear e implementar un reglamento que regule las actividades
que lleven a cabo los visitantes en el área de la vereda.
3. Monitoreo de las Veredas
Para poder dar seguimiento a los efectos de eventos
naturales y los causados por el hombre, es necesario
desarrollar un plan de evaluación permanente en el área de
la vereda. Para lograr este objetivo es necesario documentar
las condiciones exactas del área antes de comenzar la
construcción de las veredas e inmediatamente después de
terminada.
121
La mejor forma de obtener un registro permanente es mediante
el uso de fotografías. El área deberá fotografiarse antes y
después de construida la vereda y luego, cada año 0 cuando las
condiciones lo ameriten para estimar los cambios ocurridos en
los componentes coralinos de la vereda. Es importante que se
fotografien las áreas a una escala similar a la original, para
que las medidas de los cambios a corto o largo plazo sean
confiables. Posteriormente, se podría evaluar y documentar
la natalidad, crecimiento y mortandad de los diversos
componentes sésiles de la comunidad. Se establecerá un protocolo
para el monitoreo de las veredas, que incluirá un itinerario
de la toma de las fotos (que podrá ser cada 3, 6, ó 12 meses,
dependiendo de la necesidad), la localización exacta de cada
estación fotográfica (permanentemente marcada en el sustrato,
documentada en cuanto a su posición geográfica y con relación
al arrecife) y otros datos de la imágen con relación al norte
u otra referencia conocida. La obtención de estos datos
deberá hacer más fácil la labor de documentar cualquier
modificación que sufra el arrecife como resultado de su uso y
permitirá la adopción de las medidas de manejo que sean
pertinentes. Cualquier cambio observado se notificará al
encargado del manejo de la vereda para tomar acción rápida
sobre el asunto.
122
4. Construcción de Caseta para el Uso de la Vereda Submarina
Para complementar la vereda submarina, es necesario disponer de una caseta en tierra para ofrecer información y
orientación al visitante, así como mantener el control de
su uso. En la caseta estará disponible un mapa del área de
la vereda con todos los detalles necesarios para el uso del
visitante. Se ofrecerá además, material escrito sobre el
alcance de los reglamentos y penalidades aplicables a que
estarían sujetos los que incurran en violaciones a éstos.
También se incluirá material informativo sobre especies
peligrosas cuyo contacto debe evitarse, tales como: erizos;
meduzas; hidrozoarios; gusanos; corales de fuego; anémonas;
cangrejos; y congres (morenas).
Dada la singularidad de la vereda submarina, el
mantenimiento de ésta resulta ser complejo, por lo que se
recomienda el cierre de la misma por más de un día. El
nivel de tolerancia será igual a la cantidad máxima de
personas que se admitirán diariamente en determinado intérvalo
de tiempo. Esto evitará que la vereda se perjudique por la
aglomeración de personas en un área tan sensible. El nivel
de tolerancia se determinará una vez se construya la vereda
123
por personal especializado. Se promoverá que las
embarcaciones que acarrean visitantes en el áreas, ofrezcan
servicio de viajes hacia las facilidades de la vereda.
E. Proyecto #5: Saneamiento de la Zona Marítimo Terrestre,
Reserva Natural La Parguera Segmentos La Cueva, Salinas
Fortuna y Papayo
Como primer paso para el desarrollo del proyecto propuesto
se deberá deslindar la zona marítimo terrestre de las áreas
señaladas.
Una vez se disponga del plano de deslinde, se procederá
con la identificación de los usos inadecuados para esta
zona, utilizando como uno de los criterios los inventarios
realizados.
Finalmente, se procederá con la implantación de lo dispuesto
en el Reglamento para el Aprovechamiento, Vigilancia,
Conservación y Administración de las Aguas Territoriales,
los Terrenos Sumergidos Bajo Estas y la Zona Marítimo
Terrestre, DRNA, 1992.
124
Para el segmento de Papayo se considerará la propuesta
ubicación de unas facilidades pesqueras a ser desarrolladas
por el Departamento de Agricultura.
F. Proyecto #6: Zonificar la Totalidad de la Sierra Bermeja
con un Distrito CR-1 y la Porción de Terrenos Pertenecientes
a la RN Laguna Cartagena con un Distrito PR
La adopción de unos distritos de zonificación adecuados
para la protección de los recursos naturales e históricoculturales identificados en este APE, constituye un
instrumento de planificación de primordial importancia para
el manejo. Esto se debe, a que la zonificación es el
mecanismo legal vigente en Puerto Rico para regular los
usos de terrenos, de tal modo que respondan a los objetivos
y políticas públicas establecidas para el área sujeta al
proceso de planificación. Es decir, si no se adoptan
distritos adecuados para la protección de determinados
recursos, será imposible el control o eliminación gradual
de usos y actividades que van en detrimento de los mismos.
Para el APE bajo consideración, se ha observado que la
subdivisión de terrenos y el uso indiscriminado de los
125
mismos, tiene como resultado un sinnúmero de problemas
ambientales que son detrimentales para el mantenimiento de
la integridad ecológica del Sector.
La Sierra Bermeja, considerada como una de las formaciones
geológicas más antiguas del Caribe y la más antigua de
Puerto Rico, ha sufrido fragmentación de hábitats,
deforestación, remoción de la capa vegetal, movimiento de
tierras, erosión de terrenos, etc. Además, su eventual
desarrollo amenaza la conservación de tan importante
patrimonio natural e histórico cultural.
De ahí que se recomienda para la totalidad de esa área la
adopción de un Distrito de Conservación de Recursos Uno
(CR-1) y la preparación de un plan para incentivar la
reforestación de terrenos con especies endémicas del lugar.
El Distrito CR-1 persigue entre otras cosas, la protección
de fincas cuyas características existentes deben mantenerse
y mejorarse como lo son aquellas donde habitan especies de
singular valor, áreas costeras con bellezas paisajistas y
fajas de amortiguamiento adyacentes a un recurso de valor
especial. Este distrito no permite la lotificación de
126
terrenos excepto para el desarrollo de facilidades públicas
0 recreativas o para dedicar la porción CR-1 a uso público
a favor de un organismo competente, mediante escritura
pública, según dispuesto por el Reglamento de Zonificación
Núm. 4 de la JP.
Por otro lado, para proteger el área designada RN Laguna
Cartagena se recomienda la adopción de un Distrito de
Preservación de Recursos (PR), según se ilustra su
delimitación en el Mapa 1.
La RN Laguna Cartagena es propiedad de la Administración
de Terrenos de Puerto Rico y su manejo está a cargo del
Servicio Federal de Pesca y Vida Silvestre. Esto último se
estableció mediante contrato de arrendamiento entre las
partes mencionadas.
El Distrito PR se reserva para áreas que se destinarán
sólo a la contemplación O al estudio científico y no permite
la subdivisión de terrenos, excepto para dedicar mediante
escritura pública una porción PR a favor de un organismo
público.
127
La implantación de este proyecto para la zonificación de
estas áreas complementa la implantación de otras medidas
contenidas en este documento.
G. Proyecto #7: Adopción de Criterios Uniformes para la
Identificación de Uso Y Actividades no Compatibles con el APE
Se considera que los problemas que afectan las condiciones
naturales, ambientales y paisajistas del Sector La Parguera
se relacionan con la preservación de las bahías
bioluminiscentes, la conservación de las áreas naturales,
la eliminación de las fuentes de contaminación ambiental y
el control efectivo del uso y desarrollo del área, tanto a
corto como a largo plazo. En segundo lugar, las bellezas
naturales del sector son disfrutadas con carácter de
exclusividad por ciertos grupos, lo que es contrario a la
política pública para las áreas costaneras. Por lo expuesto,
se incluyen como parte de este documento criterios que
contribuirán a la identificación de usos y actividades que
poseen un impacto significativo sobre los recursos existentes
en el APE.
Dichas consideraciones se constituirán en una especie de
guía, tanto para los funcionarios gubernamentales que
128
intervienen en el proceso de evaluación de propuestas, como
para los proponentes. Estos últimos, dispondrán de
recomendaciones técnicas que podrían integrar a sus proyectos
previo a ser sometidos para obtener los permisos y endosos
públicos correspondientes.
a. Reserva Natural
1. Poda y corte del mangle (a excepción de
lospescadores, mediante permiso previamente
otorgado y las actividades rutinarias de
mantenimiento de los canales y de líneas
eléctricas), aún en aquellas áreas que no estén
designadas como Bosques Estatales.
2. Rellenos (a excepción de aquellos usos
permitidos -ej. facilidades de pescadoressujeto al proceso de consultas y endosos
correspondientes).
3. Nuevas construcciones de residencias, muelles,
verjas, paseos tablados en la zona marítimo
terrestre a lo largo del litoral y sobre el
salitral O en los cayos (se excluye la
consolidación de muelles, rampas públicas y
facilidades para pescadores, si responden O
129
complementan el Proyecto #3: Restauración del
Frente Marítimo de la RN La Parguera).
4. Expansión de muelles (a excepción de los
muelles para pescadores y muelles públicos
sujeto al proceso de consultas y endosos
correspondiente).
5. Expansión de estructuras existentes, excepto
aquellas que provean servicio público y se
documente debidamente su necesidad (sujeto al
proceso de consultas endosos correspondiente)
6. Dragado.
7. Extracción de corales u otras formaciones
del fondo marino (excepto para propósitos
de investigación y educación mediante
permisos previamente otorgados).
8. Ubicación de vendedores ambulantes sobre
salitrales O en otras áreas no consideradas
en el Proyecto #3: Restauración del Frente
Marítimo de la RN La Parguera.
9. Techos sobre los muelles que afecten la
visibilidad hacia el mar y representen un
obstáculo al disfrute de la zona marítimo.
10. Descargas crudas directamente al mar.
130
11. Establecimiento de rótulos (sujeto al proceso de
consultas y endosos correspondientes y a lo
considerado en el Proyecto #3 Restauración del
Frente Marítimo de la RN La Parguera).
12. La extracción de materiales de la corteza
terrestre.
13. El depósito de desperdicios sólidos y chatarra.
14. La descarga de desperdicios líquidos, tóxicos
o peligrosos.
15. Actividades que puedan afectar el transporte
de nutrientes a los manglares (ejemplos:
construcción de diques, represas y obras de
canalización, ya que alteran los patrones de
drenaje en el área)
16. Tránsito de embarcaciones que excedan los
límites de velocidad establecidos (5 nudos).
17. Para el anclaje de casas-bote y otro tipo de
embarcación se considerará lo dispuesto en el
Reglamento para la Ejecución de la Ley Núm.
48 del 27 de junio de 1986, respecto al
Registro de Embarcaciones y Medidas de
Seguridad, Sección Reglas de Tránsito, Artículo
131
14 (anclaje) Incisos a, b, C y d. En vigor
desde el 13 de abril de 1988.
18. Las estructuras flotantes (casas-bote no
cualificadas como embarcación) no serán
permitidas en aguas de la RN La Parguera.
19. Destrucción o perturbación de hábitats naturales de las especies de vida silvestre que se
encuentren en el área (ej tránsito de vehículos
de campo traviesa).
20. Cualquier otra actividad que pueda
evidenciarse como una no compatible con la
RN.
2. Zona de Amortiguamiento
1. Establecimiento de aquellas actividades que
constituyanuna fuente de emisiones
atmosféricas o descargas de compuestos químicos
que puedan afectar la calidad de los recursos
de agua, aire y tierra.
2. Cualquier desarrollo en el frente marítimo que
limite la visibilidad O afecte la calidad
escénica de los recursos naturales, para
controlar la contaminación visual.
132
3. Con el propósito de armonizar el desarrollo
residencial,con la fragilidad característica
de los recursos naturales del sector, se deben
aplicar los distritos de zonificación
existentes.
4. Sistema de alumbrado que afecte la apreciación
del fenómeno de la bioluminiscencia, se
recomienda la obstrucción con viseras de
aquellos faroles que se orienten hacia las
bahías.
5. El depósito de desperdicios sólidos y chatarra.
6. La descarga de desperdicios líquidos, tóxicos o
peligrosos.
7. Actividades que puedan afectar el transporte
de nutrientes de los manglares (ejemplos:
construcción de diques, represas y obras de
canalización, ya que alteran los patrones de
drenaje en el área).
8. Rellenos (a excepción de aquellos usos
permitidos, sujeto al proceso de consultas y
endosos correspondientes).
9. Desmonte (excepto el necesario para proveer
facilidades de carácter público)
133
10. Prácticas agrícolas inadecuadas que puedan
ocasionar daños significativos a los recursos
naturales, incluyendo el uso de fertilizantes,
pesticidas y la remoción de la corteza terrestre.
11. Cualquier actividad que pueda afectar los
patrones de escorrentía, drenaje y la
consecuente sedimentación de los salitrales y
la franja de manglar.
12. Destrucción O perturbación de hábitats naturales de las especies de vida silvestre que se
encuentren en el área (ej. tránsito de vehículos
de campo traviesa).
13. Cualquier otra actividad que pueda evidenciarse
como una no compatible con la RN.
3. Cuenca de Iluminación
1. Sistema de alumbrado que afecte la apreciación
delfenómenode la bioluminiscencia, se recomienda
la obstrucción con viseras de aquellos faroles
que se orienten hacia las bahías.
134
2. Destrucción o perturbación de los hábitats naturales de las especies de vida silvestre que se
encuentran en el área (ej. tránsito de vehículos
de campo traviesa).
3. Extracción de material de la corteza terrestre.
4. Depósito de desperdicios sólidos y chatarra.
5. Descargas de desperdicios líquidos, tóxicos o
peligrosos.
6. Actividades que puedan afectar el transporte
de nutrientes a los manglares.
7. El distrito de zonificación vigente (CR-1) no
permite la lotificación ni segregación de
tierras a excepción de uso recreativo o para la
negociación con el sector público.
8. Deforestración y remoción de la capa vegetal.
9. Cualquier otra actividad que pueda evidenciarse
como una no compatible con la RN u otros recursos
identificados en el APE.
4. Cuenca Hidrográfica (Areas de captación Zona 1)
1. Cualquier actividad que pueda afectar los
patronesde escorrentía, drenaje y la
135
consecuente sedimentación del salitral y la
franja de manglar.
2. Aumento en el desarrollo residencial en esta
zona que puedan generar contaminantes
orgánicose hidrocarburos, afectando la
calidad de las aguas de las bahías
bioluminiscentes.
3. La extracción de material de la corteza terrestre.
4. El depósito de desperdicios sólidos y chatarra.
5. La descarga de desperdicios líquidos, tóxicos o
peligrosos.
6. Actividades que puedan afectar el transporte de
nutrientes a los manglares.
7. Destrucción o perturbación de hábitats naturales de las especies de vida silvestre que se
encuentran en el área (ej. tránsito de vehículos
de campo traviesa).
8. Deforestación y remoción de la capa vegetal.
9. Cualquier otra actividad que pueda evidenciarse
como una no compatible con la RN u otros recursos
identificados en el APE.
136
5. Areas restantes
1. Ante la falta de terrenos para expandir el
núcleo residencial de La Parguera, se debe
velar porque la misma se oriente hacia el
norte de la carretera PR-324. El DRNA
recomendará medidas estrictas para el control
de la erosión y sedimentación durante la fase
de construcción y que se provea de
alcantarillado pluvial. Se debe exigir, además
la reforestación del área urbanizada con
especies nativas o endémicas adecuadas en
las franjas verdes de las aceras, áreas
vecinales, etc. Esto responde a lo dispuesto
en el Reglamento de Zonificación Núm. 4 para
los Distritos RT.
2. Cualquier otra actividad que pueda evidenciarse
como una no compatible con la RN y otros recursos
identificados en el APE.
137
H. Proyecto #8: Determinar la Viabilidad de Desarrollar
un Acuario Público y Sala de Exposiciones Artísticas en
el Area de La Parguera como Recurso Recreativo, Educativo y
de Investigación
Los sistemas naturales de La Parguera, ofrecen
oportunidades únicas para desarrollar investigaciones y
programas educativos en diversas áreas de la biología marina. Además, proveen excelentes oportunidades para la
colección y estudio de organismos, recopilación y
diseminación de información sobre la vida marina y su medio
ambiente, etc.
Las exhibiciones marinas constituirán una alternativa
recreativa para la familia puertorriqueña y un atractivo
adicional a los turistas que constantemente visitan esta
parte de la Isla.
Se pretende además, proporcionar una sala donde artistas
interesados en destacar la protección y mejor uso de nuestro
ambiente puedan exponer sus obras.
Este proyecto ofrecerá a los residentes del sector valiosas
alternativas de empleo ya que creará nuevas oportunidades.
138
También surgirán múltiples actividades económicas asociadas
al proyecto, como lo son la producción y venta de recordatorios
y comidas, estacionamientos privados, sistemas de transporte
público al acuario y otros.
Para el desarrollo de este proyecto se contempla la
coordinación entre diferentes dependencias del gobierno, el
Municipio de Lajas, universidades interesadas y empresas o
entidades privadas que deseen ser auspiciadores.
I. Proyecto #9: Desarrollo de Actividades Especiales de Manejo
a ser Adoptadas en el APE.
1. Medidas Administrativas
Entidades responsables: DRNA, PPR, DTOP, CI, JP,
Departamentode la Vivienda, ARPE,Guardia Nacional,
Departamento de Servicios Sociales, GM.
1. Reforzar el Programa de Vigilancia con el fin
de garantizar el cumplimiento de las
disposiciones aplicables para el APE.
139
a. Aumentar el número de vigilantes que prestan
servicios en esta área.
b. Asignar prioridades a la vigilancia de
la RN con énfasis en el problema
dinvasiones, rivatización de áreas de dominio
público y daño a la flora y fauna existente.
C. Ofrecer cursos de mejoramiento profesional
al personal destacado en el área. Entre
éstos, resucitación cardiopulmonar y primeros
auxilios.
d. Considerar un proceso de coordinación entre
el Cuerpo de Vigilantes y la Policía de
Puerto Rico (PPR) e integrar a miembros
de comunidades adyacentes y organizaciones
de carácter cívico y ambiental.
e. Proveer al destacamento vehículos adecuados,
embarcaciones, radios, equipo de oficina,
uniformes, etc., según sus necesidades.
f. Establecer una línea de emergencia para
notificar O someter querellas sobre
violaciones en el área.
g. Incorporar a voluntarios de la comunidad a
la tarea de vigilancia.
140
h. Coordinar con el Cuerpo de Voluntarios al
Servicio de Puerto Rico, la incorporación de
ciudadanos con interés de colaborar en la
tarea de vigilancia.
2. Reforzar la Oficina de Manejo de la RN.
a. Aumentar el personal que labora en las tareas
de manejo y las asociadas al uso de las
facilidades recreativas y educativas
existentes y propuestas.
b. Proveer a la Oficina de Manejo de vehículos
adecuados, embarcaciones, radios, equipo de
oficina, uniformes, etc., según sus
necesidades.
C. Reabrir los puestos de guardianes de playa
o de recursos naturales, para que apoyadospor
elCuerpo de Vigilantes provean mayor
vigilancia a facilidades y terrenos de
dominio público y patrimoniales dentro de la
RN.
d. Fomentar en la comunidad la creación de un
cuerpo de voluntarios para mejorar el medio
ambiente.
141
e. Organizar un grupo de guías de la misma
comunidad para orientar a los visitantes
sobre los recursos naturales de la RN.
f. Coordinar con instituciones como el
FCPR, la Fundación Puertorriqueña de
Conservación, la Universidad Metropolitana,
la Universidad Católica de Ponce, Sea Grant,
etc. el desarrollo en conjunto de
actividades educativas, divulgación de
información e investigaciones científicas.
g. Explorar la posibilidad de recaudar fondos
para el manejo del área producto de la venta
de camisetas, afiches, etc.
3. Desarrollar un plan para la eliminación gradual de
aquellas estructuras y verjas en la zona marítimo
terrestre y los cayos desde Punta Pitahaya en Cabo
Rojo hasta Punta Jorobado en Guánica que
contribuyan al deterioro de los recursos naturales y obstaculicen el libre acceso a la costa,
impidiendo el disfrute de estas áreas por la
ciudadanía en general, además de obstaculizar la
administración y manejo de la RN.
142
a. Deslindar toda la zona marítimo terrestre de
la RN La Parguera.
b. Eliminar los escombros y chatarra que
atentan contra la seguridad pública y
estética.
C. Elaborar plan de relocalización de residencias
permanentes (personas indigentes)
d. Elaborar plan de desalojo de aquellas
estructuras ilegalmente establecidas en la
zona marítimo terrestre, terrenos
patrimoniales del estado y aguas
territoriales.
e. Denegar nuevos endosos de construcción.
f. Remover todos los diques y otras estructuras
de control de aguas de escorrentía y las
mareas dentro de estas áreas.
g. Solicitar a las agencias concernidas que
preparen un plan de realojo para las familias
residentes afectadas para esta actividad.
4. Controlar las actividades que contribuyen al
deterioro de los recursos naturales en aquellas
áreas donde el DRNA comparte jurisdicción.
143
a.Coordinar con aquellas agencias que tienen
jurisdicción sobre otras áreas que no están
incluidas dentro de los límites de la zona
marítimo terrestre.
b. Prohibir la construcción de nuevas
estructuras permanentes dentro de la RN La
Parguera, así como la presencia o anclaje de
las estructuras flotantes.
c.Obtener el traspaso de los terrenos
patrimoniales del Estado que están bajo
jurisdicción del DTOP.
d.Establecer un sistema de vigilancia para
evitar la ocupación de estructuras ilegales
en terrenos patrimoniales y erradicar las
mismas.
e. Fomentar la participación de la Comunidad La
Parguera en los trabajos relacionados con el
manejo de esta área.
f. Coordinar con los municipios incluidos en
el APE para la preparación de los planes de
ordenamiento territorial, según establecido
en la Ley de Municipios Autónomos.
144
g. Gestionar la ampliación de los límites de la
RN y el APE según propuestos en este
documento.
h. Evaluar la posibilidad de designar la Laguna
Guánica como una RN y de iniciar las gestiones
para desarrollar las condiciones que
determinará sus posibilidad de restauración.
2. Medidas de Manejo
1. Evitar la proliferación de estructuras flotantes
que no cumplan con los requisitos de Ley para ser
reconocidas como embarcaciones.
Entidades responsables: DRNA
a. No inspeccionar nuevas casas-bote en La Parguera.
b. La División de Seguridad Marina de la Oficina
del Comisionado de Navegación en coordinación
con el Destacamento del Cuerpo de Vigilantes
de La Parguera, se encargará de identificar
cualquier desperfecto en las casas-bote ancladas
en La Parguera que se entienda pueda afectar
la movilidad de éstas, se informará
inmediatamente para tramitar la reinspección.
145
De esta manera se trata de mantener estas
estructuras en las mejores condiciones de
operación.
C. Las casas-bote que no pasen la inspección y se
mantengan en las aguas, se les denegará nueva
inspección.
d. Proveer mayor atención a los casos adjudicados
por el Destacamento del Cuerpo de Vigilantes
en La Parguera, así podrán imponer con mayor
eficacia las leyes que aplican al litoral.
e. Multar y gestionar para que se saquen de las
aguas de la RN todas las embarcaciones que no
cumplan con los requisitos de la Ley Núm. 48.
2. Proteger la vida silvestre identificada en el
lugar.Entidades responsables: DRNA, SPVSF, UPR, JP,
IDT, FCPR, DA, JCA, EPA
a. Identificar y rotular las áreas críticas de
vida silvestre.
b. Reforestar o forestar aquellas áreas que así
lo ameriten con flora nativa característica
del lugar.
146
C. Identificar el grado de alteración O
perturbación de estos sistemas para recomendar
actividades encaminadas a su restauración O
mejoras.
d. Efectuar censos de las poblaciones de especies
críticas para determinar su status.
e. Mantener un programa de monitoría a los
hábitatscríticos, dando énfasis a la calidad
de éstos.
f. Identificar posibles fuentes de contaminación
que impactan negativamente esta RN.
g. Ofrecer alternativas que sirvan para mitigar
el impacto de las fuentes de contaminación
identificadas a raíz del desarrollo de las
actividades anteriores.
h. Estudiar la conveniencia y viabilidad de
restaurar a su condición natural los recursos
afectados (la flora, la fauna y cuerpos de
agua) por la actividad humana.
i. Preparar un plan de recuperación para la vida
silvestre.
j. Identificar y proteger los hábitats críticos
del Pelícano pardo, la Mariquita, el Guabairo,
el Manatí, las Tortugas marinas, etc.
147
3. Mantener la integridad de la Cuenca Hidrológica. Entidades responsables: DRNA, JCA, AAA, Departamento
de Salud (DS) GM, DV, ARPE, SGF, SCSF, CI
a. Recomendar las prácticas más adecuadas para el
control de erosión y sedimentación en el APE y
la RN.
b. Planificar, desarrollar y manejar las áreas de
bosques en el APE.
C. Establecer un proceso de monitoría de las descargas
industriales y domésticas.
d. Estudiar medidas para solucionar problemas de
disposición de desperdicios líquidos en el
APE, particularmente en la Zona 1.
e. Eliminar el sistema de letrinas.
f. Proveer facilidades de alcantarillado sanitario para
las comunidades próximas de la RN.
g. Coordinar con ARPE para exigir a los nuevos
desarrollos la construcción de pozos sépticos
que no afecten la integridad del área natural
como medida intermedia a la construcción de
alcantarillado sanitario.
148
h. Proveer la infraestructura necesaria para mejorar
la calidad de las aguas.
i. Velar por la aplicación correcta de fertilizantes
y pesticidas en las áreas agrícolas.
j. Implantar prácticas agrícolas adecuadas para el
manejo de los cultivos.
k. Forestar y reforestar, cuando sea necesario, el
área de captación de las quebradas existentes,
para que las mismas no sean utilizadas como
vertederos.
4. Evitar la degradación ambiental ocasionada por la
proliferación de vertederos clandestinos y otros
problemas asociados.
Entidades responsables: DRNA, JCA EPA y Grupos
Cívicos.
a. Realizar campañas de limpieza, reciclaje, ornato
y mejoramiento ambiental.
b. Identificar y rotular áreas más susceptibles a
la creación de vertederos clandestinos.
C. Instalar barreras para evitar el acceso a estos
lugares.
149
d. Controlar el acceso vehicular a la Bahía
Fosforescente.
5. Proteger la Cuenca de Iluminación y la integridad
ecológica de las bahías bioluminiscentes Monsio
José y Fosforescente.
Entidades responsables: DRNA, IDT, FCPR
a. Identificar aquellas áreas que pueden ser
restauradas a su condición natural.
b. Establecer programas de forestación y
reforestación en aquellas áreas que así lo
ameriten, inclusive las comunidades existentes.
C. Controlar el resplandor nocturno que afecta
la apreciación del fenómeno de la
bioluminiscencia.
6. Conservar el Bosque Estatal de Boquerón y la Reserva
Natural.
Entidad responsable: DRNA
150
a. Completar la mensura del Bosque Estatal de
Boquerón.
b. Establecer proyectos de siembra de mangle en
áreas que fueron deforestadas.
7. Mejorar la calidad de las aguas costaneras en el
Sector La Parguera
Entidades responsables: DRNA, JCA, AAA, EPA, CI
a. Controlar las descargas que puedan contener
substancias contaminantes.
b. Revaluar las condiciones existentes en la Planta
de Tratamiento de La Parguera, y de sus
troncales.
8. Proteger y conservar los yacimientos arquelógicos
y lugares históricos que puedan existir en el área.
Entidades responsables: DRNA, ICP, OEPH
a. Identificar los yacimientos arqueológicos que
podrían existir en el área.
b. Realizar estudios de los yacimientos para
determinar su valor y grado de protección.
151
C. No endosar permisos de proyectos de desarrollo
en lugares con yacimientos arqueológicos.
d. Realizar un inventario donde se identifiquen
las estructuras de valor histórico.
9. Regular el tránsito de las embarcaciones y las motoras
acuáticas ("Jet ski") en las aguas de la RN.
Entidades responsable: DRNA.
a. Emitir un reglamento en el que se regule el
tránsito de las embaraciones y las motoras
acuáticas ("Jet ski").
b. Rotular el litoral para orientar al público de
esta determinación.
10. Proteger la integridad física y ecológica de los
arrecifes coralinos.
Entidad responsable: DRNA
a. Asegurar la implantación del Reglamento para
Controlar la Extracción, Posesión, Transportación
y Venta de los Recursos Coralinos de Puerto Rico
152
y la implantación del Reglamento para Regir el
Uso, Manejo y Administración de Areas Recreativas
Bajo la Jurisdicción del DRNA.
b. Preparar el Plan de Manejo de los Recursos
Coralinos que exige el reglamento mencionado en
la actividad anterior.
C. Identificar y rotular aquellas áreas donde no
será permitida la navegación ni anclajede
embarcaciones, para así evitar cualquier efecto
negativo sobre los arrecifes coralinos y las
praderas de Thalassia.
d. Identificar las fuentes de daños a los arrecifes
coralinos (erosión, escorrentía, etc.) y
recomendar prácticas para reducir al mínimo estos
daños e implantar las mismas.
e. Velar por la utilización de las boyas de anclaje
colocadas por el DRNA en las aguas de la RN.
f. Apoyar el Proyecto de la Reserva Pesquera para La
Parguera.
11 .Mejorar la infraestructura a los fines la de proteger
los recursos naturales existentes.
153
Entidades responsables: Gobierno Municipal de Lajas
a. Mejorar la carretera paralela al litoral en La
Parguera.
b. Mejorar el sistema de alcantarillado pluvial
en La Parguera.
C. Construir accesos peatonales.
d. Promover el desarrollo de áreas de
estacionamiento fuer de los límites de la RN y
la zona de amortiguamiento.
12. .Mejorar las condiciones de trabajo de los pescadores
del sector.
Entidades responsables: DRNA, DA, Gobierno Municipal Lajas
a. Contribuir al mejoramiento de las actividades
pesqueras en el Sector La Parguera.
b. Colaborar con los pescadores, ofreciéndoles
ayuda técnica relacionada con aquellos lugares
y métodos adecuados para la pesca con el fin de
aumentar su productividad.
154
C. Ofrecer incentivos económicos a los pescadores
para mejorar sus condiciones de trabajo.
d. Ofrecer orientación O adiestramientos a los
pescadores comerciales sobre: la navegación
y seguridad marina, utilización del ecosonda
para la pesca, construcción de palangres para
tiburones, pesca con luz, manejo y conservación
del pescado fresco, aves marinas y la pesca,
ecología marina, etc.
13. Proteger los suelos del APE
Entidades Responsables: DRNA, DA, SCSF
a. Evitar el sobrepastoreo.
b. Ofrecer orientación a los agricultores del
área, relacionado a las prácticas agrícolas
y de conservación de suelos para el manejo
del ganado (ej. bovino, equino, caprino,
ovejuno) y la siembra de pastos mejorados
entre otras cosas.
C. Establecer programas de forestación y
reforestación en aquellas áreas que así lo
ameriten.
155
d. Evitar la remoción de la capa vegetal.
14. Establecer medidas para reducir el impacto del acarreo
de visitantes a las Bahía Fosforescente, Bahía Monsio
José y la Isla Mata La Gata.
Entidades responsables: DRNA, Comisión de Servicio
Público, Compañía de Turismo
a. Reglamentar para controlar el acceso de todo
tipo de embarcación de motor a la Bahía
Fosforescente durante el día y en noches de
luna llena.
b. Regular el calado y caballaje a ser permitido
dentro de la Bahía Fosforescente y la Bahía
Monsio José.
C. Exigir a las embarcaciones comerciales que tengan
motores dentro de borda ("in board") y con
máximo de 4 pies de calado, para su acceso a
las bahías Fosforescente y Monsio José. En
cuanto a la Isla Mata de La Gata, se requerirá
que las embarcaciones comerciales tengan
motores dentro de borda con un máximo de 3 pies
de calado.
156
3. Medidas Educativas y de Orientación Pública
1. Fomentar el uso educativo del área y ofrecer
orientaciónal ciudadano sobre diferentes aspectos
relacionados con el APE.
Entidades Responsables: DRNA, Departamento de
Educación (DE), UPR, FCPR
a. Desarrollar un programa intensivo de
educación ambiental para aumentar los
conocimientos de la ciudadanía sobre la
ecología y conservación de las comunidades
terrestres y marinas representativas del área,
a la vez que se promueve su uso y disfrute,
que incluya, sin limitarse a ello lo siguiente:
aa. Preparar y distribuir mapas, indicando rutas y
localización de las áreas recreativas.
bb. Ilustrar en un mapa de ubicación, límites,
puntos de interés, accesos, horarios, costos,
facilidades, etc.
CC. Colocar letreros direccionales y rotular lugares
de interés.
157
dd. Publicar folletos educativos relacionados con
los recursos identificados en el área, puntos
de interés, facilidades recreativas, normas a
regir tales actividades, etc.
ee. Desarrollar y organizar material audiovisual
tales como diapositivas, videos, dibujos,
fotografías, etc., para que se utilicen en
diferentes actividades educativas de orientación
pública.
ff. Proveer asesoramiento técnico a escuelas,
universidades y grupos de interés que utilicen
esta APE como laboratorio natural.
gg. Preparar material de orientación sobre las leyes
y reglamentos que aplican a esta APE.
hh. Organizar actividades que promuevan el
desarrollo de actitudes positivas, relativas a
los sistemas naturales como lo son los
certámenes, movilización de grupos interesados
en asuntos ambientales y otros.
ii. Preparar exhibiciones sobre la flora, fauna,
atractivos que ofrece el área, etc., a lo largo
de las veredas interpretativas.
158
jj. Determinar la viabilidad de crear modelos de
especímenes de flora y fauna de forma artificial O coleccionarlos naturales para el montaje
de una exhibición permanente en el centro de
visitantes.
kk. Organizar grupos de voluntarios que incluyan
representantes de la comunidad para la
implantación del Plan de Manejo.0
11. Preparar material educativo e informativo
(noticias, folletos y artículos audiovisuales).
mm. Orientar a los usuarios de los recursos,
especialmente a los pescadores y estudiantes
graduados.
nn. Ofrecer conferencias en escuelas, comunidades,
grupos cívicos y otros.
OO. Rotular los usos permitidos en la RN.
pp. Integrar al currículo de enseñanza escolar,
temas relacionados con los recursos naturales
y la necesidad de protegerlos y conservarlos.
qq. Desalentar la deforestación en Sierra Bermeja
a fin de salvar el hábitat del Guabairo de
Puerto Rico y la Mariquita, entre otros.
159
rr.Establecer medidas de control que protejan las
cuencas hidrológicas de problemas severos de
deforestación, erosión y excavación de pozos.
SS. Identificar y rotular sitios con vistas
panorámicas.
tt. Promover el desarrollo de destrezas asociadas
a los recursos marinos.
uu Promover la participación de las
asociaciones de pescadores y líderes
comunitarios para que sirvan de recurso en
el ofrecimiento de charlas u orientaciones
con relación a las experiencias asociados a
su oficio.
vv.Coordinar con emisoras radiales de la región,
para participar en programas en donde se pueda
divulgar información sobre el APE y los recursos
de valor existentes.
4. Medidas Asociadas al Uso Recreativo
1. Fomentar el desarrollo de actividades recreativas
compatibles con el APE y la RN.
Entidades responsables: DRNA, DRD
160
a. Establecer un Programa Recreativo que considere
la características particulares de este APE en
términos de flora, fauna, hábitats naturales,
bellezas paisajistas, impacto e intensidad del
uso propuesto, así como disponibilidad de
recursos para el desarrollo de facilidades y
servicios a ofrecerse. El Programa incluirá
entre otras las siguientes actividades, sin
limitarse a éstas.
aa.Identificar las áreas que puedan ser
reforestadas para proveer mejor sombra en áreas
destinadas al uso recreativo con flora nativa
del lugar.
bb. Promover las caminatas asociadas a las veredas
interpretativas.
.Adquirir seguros de responsabilidad pública.
dd. Reglamentar el uso de las facilidades recreativas
en el área.
ee. Promover las caminatas, excursiones
fotográficas, así como otras actividades
recreativas para ampliar el conocimiento sobre
los recursos naturales.
161
b. Realizar un estudio de viabilidad para la
construcción de un área recreativa en la Isla
Cuevas. Estas facilidades podrían contar con
un área de acampar y veredas interpretativas,
entre otras cosas.
5. Investigaciones recomendadas
1. Fomentar la investigación científica en el área.
Entidades responsables: DRNA, UPR, IDT, SPVSF,
CI, JCA
a. Realizar inventarios de la fauna existente
(invertebrados y vertebrados) en los
ecosistemas predominantes a fin de proveer
un banco de datos para futuras investigaciones.
b. Realizar censos periódicos sobre las diferentes
especies según surja la necesidad.
C. Realizar estudios sobre la calidad de las aguas.
d. Realizar estudios para determinar el nivel de
tolerancia en la RN y otras áreas donde sea
requerido y establecer un límite de visitantes
por días.
162
e. Determinar los cambios o posibles impactos
antropogénicos O naturales que ocurren en los
arrecifes coralinos y comunidades terrestres
mediante la monitoría periódica a estos
ecosistemas.
f. Realizar estudios relacionados con la ecología,
los procesos de alimentación y migración
de diferentes especies de aves marinas en
cayos específicos dentrode la RN.
g. Determinar la localización y efecto sobre el
ambiente de las especies introducidas existentes
en el sector, entre éstas los monos Patas y
Rhesus.
h. Desarrollar un plan para el control de la
población de especies introducidas.
i. Realizar estudios para determinar los efectos
del tráfico intensivo de las embaraciones
de motor sobre los ecosistemas marinos.
j. Determinar la tasa de recuperación de las
áreas de manglar y las praderas de yerbas
submarinas que han sido afectadas por la acción
del hombre.
163
k. Determinar el impacto de la descargas de aguas
servidas sobre los ecosistemas marinos.
1. Determinar el impacto de la actividad
recreativa sobre los cayos de la RN La Parguera
(ej. Cayo Caracoles) y a partir de los resultados
vedar su utilización por temporadas, para de
esta forma permitir su restauración.
164
CAPITULO VI
PROCESO DE IMPLANTACION DEL PLAN DE MANEJO
I
VI. Proceso de Implantación del Plan de Manejo
A. Coordinación para la Implantación del Plan de Manejo
La implantación del Plan de Manejo implica un proceso de
coordinación interagencial, con el fin de lograr los objetivos
de protección y manejo de los recursos del APE del Suroeste,
Sector La Parguera.
Para cumplir con esta tarea, el ELA de Puerto Rico dirigirá
sus esfuerzos hacia la creación de las siguientes
entidades para la coordinación.
1. Comité Implantación. Este comité se creará mediante
Orden Ejecutiva y su función principal consistirá
en la formulación de los acuerdos interagenciales
para el manejo del APE, con énfasis en la RN.
Además estudiará la estrategia de manejo recomendada
para lograr alternativas viables que permitan
la formulación de acuerdos para laejecución de
las acciones correspondientes. El Comité
Interagencial nombrará los líderes para el
desarrollo de los proyectos contenidos en este
167
documento. El mismo estará integrado por las
siguientes entidades: DRNA, JP, GM, Compañía de
Fomento Recreativo (CFR), UPR, JCA, SPVSF, DA,
CI, Compañía de Turismo y dos representantes del
Comité de Ciudadanos.
2. Comité de Ciudadanos. Debido al interés, deseo y
capacidad de diferentes sectores de la comunidad
para participar en la elaboración e implantación
del Plan de Manejo, se recomienda que se incorporen
a diferentes líderes representativos de la comunidad
en los comités de coordinación para la implantación
del plan. La comunidad debe estar representada,
por grupos ambientalistas, industriales, dueños
de propiedades, etc. De esta manera se podrá
garantizar una participación pública más efectiva
en el beneficio del manejo del APE.
B. Posibles Estrategias de Intervención
1) Con la aprobación de la Ley Núm. 150 del 4 de
agosto de 1988, se proveyó al DRNA de un mecanismo
que permite la adquisición de áreas con valor
168
natural, así como de las facultades necesarias
para que el Secretario del Departamento pueda
cumplir con los objetivos de la misma. Provee
para la utilización de un conjunto de estrategias
que viabilice la adquisición de terrenos públicos
y privados para su conservación. En el caso de los
terrenos públicos, la ley expresamente indica la
estrategia que se debe utilizar. El DRNA tiene la
responsabilidad, entre otras, de planificar e
implantar los planes de adquisición que se
desarrollen. Algunos mecanismos de adquisición
que el gobierno puede utilizar son:
a. Permuta: Consiste de un contrato mediante el
cual cada uno de los contratantes se obliga a
dar un terreno por otro.
b. Transferencia de Derechos de Desarrollo y la
Reparcelación: Propone que el derecho de desarrollo
de una propiedad de gran valor ecológico sea
transferido a otras áreas. Esta alternativa surgió
de la preocupación por desarrollos en áreas de
gran valor ecológico que podrían deteriorar las
mismas.
-
169
C. Donaciones: Consiste de un acto voluntario por el
cual una persona, entidad o agencia dispone
gratuitamente ceder una propiedad que pueden ser
terrenos. La Ley Núm. 23 de 1972, crea al
Departamento de Recursos Naturales y lo faculta
para aceptar y recibir cualesquiera donaciones.
d. Arrendamiento: Consiste en ceder una finca a persona o entidad por cierto período de tiempo por el
cual se establece un pago correspondiente.
e. Adquisición mediante compra: La adquisición de
propiedades de gran valor ecológico está restringido
por la disponibilidad de fondos del gobierno para
comprar terrenos. Sin embargo, esta alternativa
se recomienda en los casos de áreas que no han
podido ser protegidas de otra manera.
Además, para el caso de los terrenos públicos, la
Sec. 16 de la Ley de Patrimonio Natural, provee
para que el Secretario del DRNA recomiende al
Gobernador la transferencia del título o el manejo
de las áreas identificadas con valor natural. Esta
ley dispone de otros mecanismos tales como:
170
servidumbre de conservación, donación O cualquier
otro mecanismo legal. El DRNA puede designar
áreas de bosques auxiliares en terrenos en el APE
donde aplique.
b) Con la aprobación del Reglamento para el
Aprovechamiento, Vigilancia, Conservación y
Administración de las Aguas Territoriales, los Terrenos
Sumergidos Bajo Estas y la Zona Marítimo Terrestre
(Reglamento de Zona Marítimo Terrestre) se establece
un esquema para dirigir el uso y aprovechamiento
existente y futuro de la zona marítimo terrestre. Su
efectividad estará determinada, en gran medida, por el
establecimiento de los mecanismos y los procedimientos
administrativos necesarios para hacer cumplir las
disposiciones de dicho reglamento. El Plan de Manejo
constituye el medio a través del cual se recomiendan
acciones concretas que dan base a que se definan y se
pongan en ejecución los criterios y normas establecidos
en el mismo.
A continuación se presentan una serie de recomendaciones
al respecto.
171
a. Evaluar la situación de los contratos y usos
incompatibles o ilegales en los terrenos
administrados por el DTOP y la zona marítimo
terrestre colindante a estos para determinar los
próximos pasos a seguir. En el primer caso, se
requerirá identificar las implicaciones de uso de
los contratos vigentes entre el DTOP y los
participantes. En cuanto a los terrenos que son
de dominio público, se requiere que una vez el
DTOP exprese su conformidad con el deslinde, se
aplique con rigor el Reglamento de la Zona Marítimo
Terrestre (ZMT)
b. Aplicar el Reglamento de ZMT para atender los
casos particulares de la planta de tratamiento de
la AAA y el edificio en Playa Santa de la AEELA.
C. Establecer un sistema de monitoría y evaluación
de la implantación del Reglamento de la ZMT.
Entre los aspectos a los que se le debe dar
atención especial están los siguientes:
La aplicación de las disposiciones especiales
a la RN según establece el Reglamento de la
ZMT.
172
Evaluar la condición de los sistemas naturales
antes y después de la implantación del
Reglamento.
Establecer un sistema de vigilancia para evitar
la ocupación de estructuras ilegales en la ZMT
y el desarrollo de actividades no compatibles
con la RN.
Crear un organismo (comité o unidad
organizativa) que coordine, viabilice y fiscalice
el cumplimiento de las disposiciones del
Reglamento en las diferentes unidades del DRNA
que son responsables de su implantación. Así
mismo, puede ejercer la función de identificar
y recomendar enmiendas necesarias para asegurar
el cumplimiento de los objetivos del Reglamento.
Esta recomendación podría implantarse tomando
a la RN La Parguera como proyecto piloto del
comité o unidad que se crea para esos fines.
d. Integrar a los Municipios de Lajas, Guánica y
Cabo Rojo en la implantación de aquellas
actividades relacionadas con la aplicación del
Reglamento de la ZMT y otras actividades que el
173
DRNA desarrolle en esta área. Además, coordinar
con ellos y la JP en aquellos aspectos
relacionados con la Ley de Municipios Autónomos
y nuevas competencias que asumirá los municipios
como parte de la Ley de Reforma Municipal. Mediante
esta ley, los municipios pueden asumir funciones
que ahora desempeñan las agencias estatales que
pueden tener efectos negativos sobre los recursos
naturales.
C. Evaluación
El proceso de evaluación debe comenzar una vez se inicie
la implantación del Plan de Manejo. Mediante este proceso
se determinará si el Plan de Manejo está logrando las metas
y objetivos para los que fue creado y los beneficios obtenidos.
De la evaluación surgirán otros problemas y objetivos que
deberán identificarse e incorporarse a la programación.
Cada una de las entidades gubernamentales con
responsabilidad en la implantación de este Plan de Manejo
deberá someter a la JP un informe anual que contenga el
progreso de las gestiones realizadas y los logros alcanzados.
174
De ahí que, el Plan de Manejo se revisará cada 2 años. Es
fundamental que este proceso sea contínuo, pues la continuidad
propicia cambios en el Plan de Manejo para que el mismo
mejore en su efectividad y eficiencia.
Durante la fase de evaluación en la implantación del Plan
de Manejo, la JP en coordinación con el DRNA prepararán un
formulario de evaluación, el cual se someterá a todas las
dependencias e instrumentalidades gubernamentales
participantes. Las diferentes entidades con responsabilidad
en la implantación del Plan de Manejo deberán informar
periódicamente los logros alcanzados, así como los problemas
encontrados en la consecución de los mismos. La
responsabilidad de llevar a cabo la evaluación del
cumplimiento de los objetivos programados será compartida
con el DRNA.
D. Posibles Fuentes de Financiamiento
Un aspecto importante para la realización del Plan de
Manejo es la identificación de fuentes de financiamiento.
El financiamiento puede provenir de asignaciones
municipales, estatales, federales, así como de aportaciones
175
del sector privado. Entre estas se encuentran las
siguientes:
1. Fondos Ordinarios
patentes
licencias y permisos
multas, penalidades y confiscaciones
intereses y recargos
arrendamiento de propiedades
venta de bienes raices
ingreso por servicios
2. Aportaciones Legislativas
Estos fondos provienen de asignaciones mediante
Resoluciones Conjuntas de la Cámara hechas por los
legisladores para la realización de proyectos. Esta
fuente de fondos se conoce como el Barril de Tocino o
asignación de fondos no comprometidos.
3. Préstamos para Rehabilitación Otorgados bajo la Sección
108 de la Ley Federal de Desarrollo Comunal y Vivienda
de 1974, según enmendada. Este programa provee
financiamiento para la rehabilitación de unidades
residenciales y comerciales.
176
4. Préstamos Garantizados
Otorgados bajo la Sección 108 de la Ley Federal de
Desarrollo Comunal y Vivienda de 1974, según enmendada.
Los fondos son provistos en calidad préstamos para la
adquisición de propiedades, rehabilitación de
propiedades gubernamentales y el pago de gastos
relacionados, tales como intereses, realojo,
demoliciones y mejoras.
5. Aportaciones del Departamento de Transportación
Federal Estas aportaciones provienen principalmente
de la Administración Federal de Carreteras para proyectos,
tales como: construcción de calles y carreteras, mejoras
al tránsito, etc.
6. Aportaciones del Land and Water Conservation Funds
(LWCF) El LWCF del Departamento Federal de lo Interior aporta el 50% de fondos para la construcción de
facilidades recreativas al aire libre. Estos fondos
llegan al municipio a través de la Compañía de Fomento
Recreativo. Bajo el programa conocido como "Urban
Parks Recreation Recovery" se proveen fondos para
la rehabilitación de facilidades recreativas. También
177
se proveen fondos para proyectos recreativos de
carácter innovador.
7. Administración de Pequeños Negocios Provee préstamos
a pequeños negocios que puedan ascender a la cantidad
de $100,000 pagaderos en un máximo de quince años, a
pequeños negocios que son propiedades de personas con
escasos recursos económicos mediante el programa "Economic Opportunity Loans for Small Businesses.
8. Programa de Manejo de la Zona Costanera
El Departamento de Comercio Federal, provee asistencia
económica para llevar a cabo investigaciones
científicas, vigilancia y otras actividades necesarias
para la implantación del Programa de Manejo de la
Zona Costanera.
178
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819
2
D
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