Regl. 5709, art. 404
Ley Pública Federal 92-500, según enmendada
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Cite as Reglamento Núm. 5709, Art. 404
por la Ley de Aguas Limpias de 1977 y Ley de Puertos Federal.
Las enmiendas hechas en 1972 a la "Federal Water Pollution
Control Act," establecieron un programa nuevo de permisos para
la disposición de material de dragado o relleno en las aguas.
El CI, amparados en la Sección 404 de esta ley, enmendada en
1975, especifíca los sitios para la descarga de material de
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dragado o relleno de acuerdo con las guías desarrolladas por
la Agencia de Protección Ambiental y el Secretario del Ejército,
actuando a través del CI.
El CI estableció su política pública en cuanto a la protección
de los terrenos anegadizos y a la evaluación de los permisos
para actividades que puedan afectarlos. Esta se fundamenta en
tres aspectos: dependencia del agua, el interés público y el
efecto de la actividad sobre los terrenos. En primer lugar,
la decisión de otorgar un permiso, se sustentará en una
evaluación que demuestre la necesidad de lo propuesto y su
consideración del interés público envuelto. Para estos
propósitos se identifican y evalúan todos los factores que
sean pertinentes a la propuesta. La conservación, economía,
estética, intereses ambientales en general, valores históricos,
pesca, vida silvestre, prevención de daños por inundaciones,
uso de la tierra, navegación, recreación y abastecimiento de
aguas son algunos de los factores que deben ser considerados.
Se evalúa igualmente el efecto que tienen los proyectos
sobre los terrenos anegadizos. Esto responde al hecho, de que
estos terrenos son áreas que constituyen un recurso público de
gran valor, cuya alteración o destrucción innecesaria debe ser
225
desalentada como algo contrario al interés público. También,
éstos llevan a cabo funciones biológicas importantes, como el
sostenimiento y la producción de la cadena alimentaria. Son
además, lugares de anidaje, desove, crianza y descanso para
especies terrestres y acuáticas. La destrucción O alteración
de los terrenos anegadizos afecta las características naturales del drenaje, los patrones de sedimentación, erosión y la
calidad de las aguas entre otros.
Por otro lado, el CI tiene la responsabilidad, bajo el
procedimiento de Consistencia Federal, de responder a las
políticas públicas establecidas por la JP, la JCA, así como
las políticas contenidas en el Plan de Manejo ZC, en cuanto a
la protección de los terrenos anegadizos. Todo permiso para
dragado O relleno que el CI procese, debe referirse
explícitamente a la política establecida en el Plan de Manejo
ZC para estos casos y debe indicar si la actividad propuesta
cumple con esta política; de no ser así, el permiso debe ser
denegado. El Plan de Manejo ZC, establece la política pública
para los diques, rellenos, dragados y depósitos de sedimentos
dragados. El tener un permiso del CI no exime a la persona de
obtener todas las autorizaciones correspondientes del gobierno
estatal.
226
La Ley de Puertos Federal en la sección 10, faculta al CI
para otorgar permisos de construcción en las aguas navegables
de los Estados Unidos, que no necesariamente incluyen humedales.
Ley Federal 93-205, -Ley de Especies de Peligro de Extinción
La Ley Federal de Especies en Peligro de Extinción de 1973,
se aprobó con el propósito de proteger todas las especies que
se encuentran amenazadas con desaparecer y para respaldar las
medidas mediante las cuales pueden protegerse los hábitat de
éstas. Con estos fines, se faculta a las agencias para que
reglamenten en favor de la protección de especies, lo que
puede indirectamente incluir la protección del hábitat.
La Ley especifíca cuales son las especies consideradas en
peligro de extinción mediante un proceso de clasificación y
establece dos categorías para identificar su estado: especies
amenazadas y especies en peligro de extinción.
"Federal Aid in Fish and Wildlife Restoration Act"
(Pittman-Robertson and Dingell-Johnson Acts)
El Programa preparado de acuerdo con dicha ley, provee
para el financiamiento del Gobierno Federal (hasta 75% del
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costo estimado) a través del Departamento de lo Interior.
Estas son las siguientes:
a. Planes de manejo comprensivos para el recurso de pesca
y vida silvestre.
b. Proyectos detallados para la restauración de la vida
silvestre (incluye planos, especificaciones y estimados).
"Fish and Wildlife Conservation Act of 1980 Final Rule PL
96-366,"
El Reglamento final para la implantación de la Ley vigente
desde el 13 de diciembre de 1982, provee fondos federales para
el desarrollo, revisión y adopción de planes para la conservación
de la pesca y de la vida silvestre. Este reglamento explica y
aclara los requisitos de la Ley. En la Sección 83.9 "Conservation Plans," de dicho reglamento se indican los requisitos
mínimos de contenido y estándares con los cuales se debe
cumplir en dicho documento. Otra sección importante es la
83.12 "Project Requirements" donde se incluyen requisitos de
carácter y diseño del proyecto en sí.
228
Sobre aspectos de tenencia de los terrenos, dicho reglamento
(Sec. 8319 "Land Control") establece que: "El Estado controlará
los terrenos o aguas en los cuales se realizarán mejoras
permanentes con fondos federales."
El control podrá ser mediante un "fee title," arrendamiento,
cesión O acuerdo. El control deberá ser adecuado para la
protección, mantenimiento y uso de las mejoras permanentes durante toda su vida útil.
"EPA Wetlands Protection Program"
Este programa provee fondos para desarrollar y mejorar
proyectos dirigidos a la protección de los humedales. No
incluye proyectos de adquisición para estas áreas.
"Land and Water Conservation Fund" (LWCF)
Con la aprobación del "Emergency Wetlands Resources Act"
se pueden utilizar los fondos del LWCF para la adquisición de
humedales. En Puerto Rico estos fondos los utiliza el
Departamento de Recreación y Deportes (DRD) para el desarrollo
y promoción de actividades recreativas. Esto ha sido así, ya
229
que esta agencia es la designada para administrar los fondos
de este programa, lo que incluye el evaluar los proyectos que
se someten al Servicio Nacional de Parques. El DRNA inició
acercamientos formales con el DRD en su interés de beneficiarse
del LWCF para adquirir humedales. En este momento el DRD está
en el proceso de preparar el Plan Estatal de Recreación al
Aire Libre, correspondiente a los años 1993-1995. Es a través
de este documento que se indentifican los proyectos que se
financiarán con el LWCF. Según exige la Ley, es un requisito
incluir en este Plan el componente de humedales como un elemento
importante para la recreación al aire libre. El DRNA a
solicitud de DRD, preparó el capítulo del Plan correspondiente
a los humedales.
230
APENDICE 3
COMUNICACIONES DEL FIDEICOMISO DE CONSERVACION RECOMENDANDO
ENMENDAR LOS LIMITES DE LA RESERVA NATURAL LA PARGUERA
APENDICE
I Identified di ( observación Jr Pueno Kun
Apartado 5'-1"
an Juan Puerm R...
NON-722-5814
he effection Trust of Purn Rice
I'D Hon 1°4'
Nan isan Parto R₁, 00902-4"4"4"
16 de marzo de 1994
Hon. Pedro J. Gelabert
Secretario
Departamento de Recursos Naturales
Apartado 5887
Puerta de Tierra
San Juan, P.R. 00906
Estimado señor Gelabert:
su jurisdicción terrenos en los alrededores de la Bahía Fosforescente de la Parguera.
Como es de su conocimiento. el Fideicomiso de Conservación de Puerto Rico, tiene bajo
Como parte de los esfuerzos que realiza el Fideicomiso en el área, nos reafirmamos
recomendar de que se enmiende la delimitación vigente de la Reserva Natural, y por lo tanto el Area en
Planificación Especial, para incluir todos aquellos terrenos bajo la jurisdicción del Fideicomiso
Isla de Conservación y aquellos terrenos en negociación para ser adquiridos. Estos terrenos incluyen:
según se ilustra en el mapa que se acompaña.
Matei, Finca La Julia y Botoncillo. además de las Salinas Fortunas que pertenecen al estado,
Favor de comunicarse con nosotros si existe alguna duda sobre el particular.
Cordialmente,
Francisco Javier Blanco
Director Ejecutivo
REGISIDO
APP 12 1994
prios Naturales
SECRETARIA AUXILIAR
DE PLANIFICACION will
Fideicomiso de ( onservation de Poen. R.-
Apartado 4747
San Juan. Puerto Kien 00902-4747
809-722-5834
The Conservation Trust of Puerio Kis.
P.O. Box 4747
San Juan. Puerto Rico 00902-4747
809-722-5834
Fax: 722-5872
26 de agosto de 1994
Hon. Pedro J. Gelabert
Secretario
Departamento de Recursos Naturales y Ambientales
Apartado 5887
Puerta de Tierra
San Juan, P.R. 00906
Estimado señor Gelabert:
Como es de su conocimiento, el Fideicomiso de Conservación de Puerto Rico, acaba de
adquirir los terrenos que bordean el límite este de la Bahía Fösforescente de Parguera, mejor
conocidos como Isla Matei. Entiendo que tanto su Departamento como la Junta de Planficación
tienen bajo consideración la extensión del ámbito de la Reserva Natural de Parguera. A esos fines
Fideicomiso. solicito se incluya en la nueva designación, los terrenos recientemente adquiridos por el
Le agradeceré se comunique con nosotros de existir alguna duda sobre el particular.
Cordialmente.
Francisco Javier Blanco
Director Ejecutivo
RECIBIDO
cc Carmen Hernández PPN
SEP
1994
Naturale:
D:
"MA"
APENDICE 4
COMUNIICACIONES DE LA ADMINISTRACION DE REGLAMENTOS Y
PERMISOS EN APOYO AL DESARROLLO DEL PROYECTO NUM. 3 Y DEL DRNA
ADOPTANDO EL MISMO
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PR-65P
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not within the CBRS. These areas are shown
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- - prepared by the Service
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not within the CBRS These areas are -
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- detension of - - - Identional to
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assessed by Congress.
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October 24, 1990
ARE
10 de agosto de 1994
Dr. Pedro A. Gelabert
Secretario
Estado Libre Asociado de Puerto Rico, Administración de Regismentos y Permisos, Centro Gubernamental Minillas, Edif. Norte / Aptdo. 41179, Minillas Sta., Santurce, Puerto Rico 00940
Departamento de Recursos Naturales y Ambientales
Apartado 5887
Puerta de Tierra, Puerto Rico 00906
Estimado doctor Gelabert:
Esta Administración, luego de estudiar el proyecto para la
restauración y rediseño del frente maritimo de La Parguera,
como parte del plan de manejo del Area de Planificación
especial del suroeste de La Parguera, tiene los siguientes
comentarios y recomendaciones sobre el particular.
1- La restauración propuesta deberá extender su
límites para incluir los terrenos al este de la
Playa Rosada incluyendo la Bahía fosforescente.
2- El proyecto no comtempla un plan de realójo para
las familias residentes y afectadas por el mismo.
3- No se localiza en el mapa Número 4 el nuevo
muelle marcado "C-C" (uso institucional) para el
uso del Departamento de Recursos Naturales y
Ambientales.
4- No se localiza en el mapa la otra área marcada
"B-B" para muelle de uso general.
Como último comentario deseamos que este proyecto se haga
realidad; para que esta belleza natural de esta parte de la
isla sea rescatada para el beneficio y disfrute de todos los
puertorrigueños.
Cordialmente,
RECIBIDO
César A. Barreto Bosques
Administrador
AUG 18 1994
Depto. de
"1
Naturales
SECRETARY AUXILIAR
DE PLANIFICACION
Este documento establece la política pública para la conservación V manejo de
los recursos naturales y los bienes de dominio público en la Reserva Natural de La
Parguera. Las acciones aquí planificadas para restaurar el frente marítimo de La
Parguera han sido aprobadas por el Secretario del Departamento de Recursos
Naturales, a tenor con las facultades que le han sido conferidas en la Ley =23 del
20 de junio de 1972 según enmendada. Este Plan de Acción comenzará a regir
inmediatamente.
Aprobado en San Juan, Puerto Rico a 30 de noviembre 1993.
Pedro A. Gelabert
Secretario
ipf
APENDICE 5
ROTULACION RECOMENDADA
APENDICE
ROTULACION RECOMENDADA
1.
Identificación de habitáculos críticos y recursos existentes.
2.
Indicar velocidad permitida para embarcaciones en el área.
3.
Identificación de áreas de pesca y destinadas a la práctica de otros deportes
marinos.
4.
Ilustrar con mapas que indiquen rutas y localización de facilidades existentes
y áreas de interés educativo-ambiental.
5.
Colocar letreros direccionales.
6.
Ilustrar gráficamente la flora y fauna de interés para facilitar su identificación
por visitantes no familiarizados con el área ni con dichas especies.
7.
Identificar la Reserva Natural y señalar fecha en que fue designada.
8.
Rotular áreas para el uso y acceso de ciudadanos con impedimentos.
9.
Identificar los servicios que se ofrecen en el área y lugares donde ubican (Ej.
teléfonos públicos, acarred de visitantes, guías u orientaciones, emergencias
médicas y otros).
10.
Identificar áreas que ofrecen riesgos a la seguridad pública y áreas vedadas
al visitante por razones de manejo.
11.
Establecer reglas que rigen en el lugar.
12.
Otras rotulaciones relacionadas.
Nota: Se incorporarán símbolos universales en la rotulación y se construirán dichos
letreros de tal forma que armonicen con el ambiente natural del área.
APENDICE # (cont.)
Ejemplo #1: Simbolos universales recomendados para identificacion de áreas.
FACILIDADES
FACILITIES
P
ESTACIONAMIENTO
PARKING
41
SERVICIOS SANITARIOS
REST ROOMS
AREA DE PASADIAS
PICNIC AREA
VEREDAS
TRAILS
&
ACCESO PARA IMPEDIDOS
HANDICAP ACCESIBLE
BOTES PEQUEROS
SMALL BOATS
RESTAURANTE
RESTAURANT
RAMPA PARA BOTES
BOAT RAMP
AREA PARA ACAMPAR
CAMPGROUND
HOSPEDERIA
LODGING
BOTES GRANDES
LARGE BOATS
$
ENTRADA LIBRE DE COSTO
ENTRY FREE
Gobierno de Puerto Rico
Departamento de Recursos Naturales y Ambientales
Créditos
Pedro A. Gelabert Marqués
Secretario
Edgardo Cardona Rivera
Secretario Auxiliar
Secretaría Planificación Integral
Director División Recursos Terrestres: Miguel E. González Puig
Preparación Documento: Liduvina Encarnación López
Giovanna I. Fuentes Santiago
Manuel Rivera Ortiz
Información Técnica:
Luis D. Beltrán Burgos
Julio Toro McCown
Ovidio Dávila Dávila
Carmen D. Guzmán Pérez
Sandra Mercado Pardo
David Ramos González
José L. Chabert Llompart
Adrián Muñiz Gómez
Maribel Rodriguez Cruz
Myriam González Torres
Carmen Hernández Serrano
Vicente Quevedo Bonilla
Pedro Ortiz Rosas
Giovanna I. Fuentes Santiago
Raquel N. Pérez Ramirez
Liduvina Encarnación López
Manuel Rivera Ortiz
Colaboradores:
Cuerpo de Vigilantes -Destacamento La Parguera
Oficina Comisionado de Navegación
Rafael Pérez Fonseca
Edgardo González González
Samuel Montalvo Rodríguez
Procesamiento de palabras:
Ivonne M. Parra Fiorenzano
Mapas:
Manuel Rivera Ortiz
OBIERNO DE PUERTO RICC
OFICINA DEL GOBERNADOR
JUNTA DE PLANIFICACION
Norma E. Burgos Andújar
Presidenta
José R. Caballero Mercado
Vicepresidente
William Figueroa Rodriguez
Miembro Asociado
Lilliane D. López Guzman
Miembro Alterno
Area de Planificación Fisica
Astrid López de Victoria
Directors
Negociado de Planes de Usos de Terrenos:
Bijan Ashrafi Mahabadi
Director
José R. González Corretjer
Eva L. Tamayo Matos
Evelisse Colón Carrero
Jose D. Ruiz Castro
Minerva Vega Colón
Preparación de Mapas: Arsenio Clemente Febres