Regl. 5711, art. VI dup2
Reglamento sobre Vista Administrativa Informal
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Cite as Reglamento Núm. 5711, Art. VI dup2
DERECHOS DEL EMPLEADO CON RELACION A LA VISTA
A.
El empleado a quien se le notifica la intención de destituirlo 0 la intención de
suspenderlo de empleo y sueldo tendrá los siguientes derechos:
1.
Recibir una notificación por escrito de los cargos administrativos.
2.
Oportunidad a ser oÃdo y brindar su versión de lo sucedido.
3
3.
Recibir oralmente una descripción de la prueba que posee la agencia para
sostener su intención.
B.
No tendrá derecho:
1.
Descubrimiento de Prueba,
2.
A confrontar la prueba en su contra.
C.
Informalidad de los Procedimientos
1.
El procedimiento a seguir será uno informal y no adjudicativo. El Oficial
Examinador solo emitirá recomendaciones al Administrador y éste tomará
la determinación final que entienda pertinente, pero no estará obligado por
las recomendaciones del Oficial Examinador.
2.
Se admitirá únicamente la representación de derechos del empleado y/o la
agencia por personas que ostenten en calidad de abogado y que hayan sido
admitidos al ejercicio de tal profesión por el Tribunal Supremo de Puerto
Rico.