Regl. 5711, art. V dup2

Reglamento sobre Vista Administrativa Informal

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Cite as Reglamento Núm. 5711, Art. V dup2

VISTA ADMINISTRATIVA a. El empleado a quien se le ha notificado la intención de destituirlo 0 la intención de suspenderlo de empleo y sueldo, tendrá que solicitar por escrito la vista administrativa de su caso ante el Oficial Examinador dentro de los quince (15) días siguientes de haber recibido la carta con la intención. La carta intención indicará el término anterior. b. Recibida la solicitud de vista administrativa, el Oficial Examinador y/o su secretaria calendarizará y notificará para la celebración de la misma, en el término de treinta (30) días. C. El Oficial Examinador y/o su secretaria notificará la fecha, lugar, y hora de la vista al empleado o a su representante legal, según sea el caso Esta notificación se realizará por correo ordinario, a menos que el Oficial Examinador disponga otra cosa.
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