Regl. 5711, art. V dup2
Reglamento sobre Vista Administrativa Informal
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Cite as Reglamento Núm. 5711, Art. V dup2
VISTA ADMINISTRATIVA
a.
El empleado a quien se le ha notificado la intención de destituirlo 0 la
intención de suspenderlo de empleo y sueldo, tendrá que solicitar por
escrito la vista administrativa de su caso ante el Oficial Examinador dentro
de los quince (15) dÃas siguientes de haber recibido la carta con la
intención. La carta intención indicará el término anterior.
b.
Recibida la solicitud de vista administrativa, el Oficial Examinador y/o su
secretaria calendarizará y notificará para la celebración de la misma, en el
término de treinta (30) dÃas.
C.
El Oficial Examinador y/o su secretaria notificará la fecha, lugar, y hora
de la vista al empleado o a su representante legal, según sea el caso Esta
notificación se realizará por correo ordinario, a menos que el Oficial
Examinador disponga otra cosa.