Regl. 2307, art. 3 dup7
Informes a Otras Jurisdicciones
Cite as Reglamento Núm. 2307, Art. 3 dup7
Cuando otra jurisdicción requiera que la Oficina colabore en
el proceso de establecer la filiación, la obligación alimenticia,
en hacer cumplir con una resolución O sentencia sobre alimentos
PROGRAMA DE SUSTENTO DE MENORES
CAPITULO XIII
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y en localizar a un padre O pariente ausente de dicha jurisdicción, la Oficina mantendrá un récord de los informes que sobre
el status del caso envie a las distintas jurisdicciones.