Regl. 5717, art. 530

Reglamento para el Manejo de los Desperdicios Sólidos No Peligrosos. Anula el reglamento 4972, 4521

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Cite as Reglamento Núm. 5717, Art. 530

PROPOSITO Este Capítulo establece prohibiciones generales sobre el manejo de desperdicios sólidos no peligrosos, desperdicios especiales, biosólidos generados en el proceso de composta y disposiciones particulares para su recolección y almacenamiento. Otros capítulos de este Reglamento contienen prohibiciones y requisitos adicionales más específicos.
Regl. 5717, art. 530: Reglamento para el Manejo de los Desperdicios Sólidos No Peligrosos. Anula el reglamento 4972, 4521 | Justis AI