Regl. 5717, art. 545

Reglamento para el Manejo de los Desperdicios Sólidos No Peligrosos. Anula el reglamento 4972, 4521

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Cite as Reglamento Núm. 5717, Art. 545

EQUIPO Todo SRS deberá contar con: A. equipo suficiente para esparcir, compactar y cubrir los desperdicios al finalizar las operaciones del día; B. equipo de reserva O los arreglos necesarios para proveerlos dentro de 55 cuarenta y ocho (48) horas en caso de roturas 0 emergencias; C. aditamentos de seguridad en el equipo para la protección de los operadores.
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