Regl. 5717, art. 545
Reglamento para el Manejo de los Desperdicios Sólidos No Peligrosos. Anula el reglamento 4972, 4521
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Cite as Reglamento Núm. 5717, Art. 545
EQUIPO
Todo SRS deberá contar con:
A.
equipo suficiente para esparcir, compactar y cubrir los desperdicios al
finalizar las operaciones del día;
B.
equipo de reserva O los arreglos necesarios para proveerlos dentro de
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cuarenta y ocho (48) horas en caso de roturas 0 emergencias;
C.
aditamentos de seguridad en el equipo para la protección de los operadores.