Regl. 5717, art. 546 dup2

Reglamento para el Manejo de los Desperdicios Sólidos No Peligrosos. Anula el reglamento 4972, 4521

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Cite as Reglamento Núm. 5717, Art. 546 dup2

REQUISITOS DE MATERIAL DE CUBIERTA A. Ninguna persona ocasionará o permitirá la operación de un SRS sin que se aplique material de cubierta adecuado. B. Los dueños u operadores de un SRS cubrirán los desperdicios sólidos dispuestos en la instalación con no menos de seis (6) pulgadas de material de relleno compactado al finalizar cada día de operación. Esto se hará en intervalos más frecuentes, de ser necesario, para controlar vectores, fuegos, olores objetables, dispersión de desperdicios por el viento y rescate de desperdicios. C. Los dueños u operadores que interesen utilizar una capa de cubierta de espesor menor a la antes señalada, 0 material de cubierta que amerite un espesor mayor, O un material equivalente, someterán para la evaluación de la Junta de Calidad Ambiental una solicitud de dispensa en la que demostrarán que los materiales de cubierta alternos y el espesor propuesto resultan adecuados para controlar vectores, fuegos, olores objetables, dispersión de desperdicio por el viento y rescate de desperdicios, sin representar un riesgo a la salud humana y al ambiente.
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