Regl. 2307, art. 4-6 dup3

Casos Especiales

Last amended: 2005Length: 100 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 2307, Art. 4-6 dup3

En todo caso en que surja de la evaluación y análisis que hay que establecer la filiación de un menor en un caso en que en PROGRAMA DE SUSTENTO DE MENORES CAPITULO VI 36 dicho menor ha sido resultado de una violación de la madre O una relación incestuosa O en que dicho menor está en proceso de adop ción, sólo se establecerá la filiación si se determina que ello beneficia al menor. Si se determina que no lo beneficia O que es detrimental a los intereses de dicho menor, la Unidad cerrará el caso a los efectos del Programa.
Regl. 2307, art. 4-6 dup3: Casos Especiales | Justis AI