Regl. 5717, art. 585
Reglamento para el Manejo de los Desperdicios Sólidos No Peligrosos. Anula el reglamento 4972, 4521
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Cite as Reglamento Núm. 5717, Art. 585
Uso de manifiesto para desperdicios biomédicos
124
Disposición general
124
Formulario
125
Obligaciones del generador
125
Obligaciones del transportador
125
Obligaciones de manejadores intermedios
126
Obligaciones de instalaciones de disposición final
de desperdicios biomédicos regulados
127
Informes de excepción
129