Regl. 5717, art. 590

Reglamento para el Manejo de los Desperdicios Sólidos No Peligrosos. Anula el reglamento 4972, 4521

Length: 68 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 5717, Art. 590

APLICABILIDAD A. Este Capítulo aplica a dueños u operadores de instalaciones de composta que manejan desperdicios sólidos, semisólidos 0 líquidos conocidos como cienos o biosólidos, material verde, heces de animales, materiales putrescibles; y a instalaciones que distribuyen o comercian con composta que contienen cienos tratados. B. Este Capítulo no aplicará a cienos clasificados 0 contaminados con desperdicios peligrosos 0 tóxicos y desperdicios especiales tales como asbesto y plomo.
Regl. 5717, art. 590: Reglamento para el Manejo de los Desperdicios Sólidos No Peligrosos. Anula el reglamento 4972, 4521 | Justis AI