Regl. 5717, art. 591 dup2

Reglamento para el Manejo de los Desperdicios Sólidos No Peligrosos. Anula el reglamento 4972, 4521

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PROHIBICIONES GENERALES A. Prohibiciones generales Ninguna persona podrá causar O permitir: 1. la construcción u operación de una instalación para manejo, disposición o servicio de transportación de cienos sin haber obtenido los permisos pertinentes de la Junta de Calidad Ambiental; 2. la composta de cienos en incumplimiento con los requisitos contenidos en éste Capítulo.
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