Regl. 5717, art. 603 dup2
REQUISITOS DE ALMACENAMIENTO
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Cite as Reglamento Núm. 5717, Art. 603 dup2
A.
Todo generador 0 centro de recolección que realice almacenamiento de
aceite usado deberá:
1.
tomar todas las medidas necesarias para evitar la descarga o
disposición inadecuada de aceite usado;
2.
cumplir con las normas federales y estatales para prevención y
control de derrames, incluyendo someter un Plan de
Almacenamiento, Prevención y Respuestas a Derrames;
3.
cumplir con el Reglamento para Control de Tanques Soterrados,
promulgado por la Junta de Calidad Ambiental, en los casos que
aplique;
4.
cumplir con el Reglamento pare el Control de la Inyección
Subterránea, promulgado por la Junta de Calidad Ambiental, en
loscasos que aplique;
5.
en el caso de recipientes individuales 0 tanques que se utilicen para
almacenar aceite usado, éstos tienen que cumplir con lo siguiente:
a)
mantenerse en todo momento en buen estado;
b)
no presentarán señales de corrosión severa, defectos 0
deterioro;
c)
no deberán tener ningún tipo de filtración;
d)
deberán estar tapados en todo momento, excepto cuando se
estén llenando O vaciando;
e)
estar localizados en un lugar con un sistema de contención
secundaria que impida el escape del aceite derramado fuera
del sistema de contención, al suelo 0 aguas superficiales;
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6.
identificar todo tanque O recipiente que utilice para almacenar aceite
usado 0 cualquier tubería para transferirlo hacia cualquier tanque de
almacenamiento mediante un marbete o rótulo que contenga la frase:
"ACEITE USADO/USED OIL";
7.
utilizar un tanque de almacenamiento de aceite usado, si almacena
más de doscientos veinte (220) galones de aceite usado;
8.
mantener disponible en todo momento en la instalación copia de
todos los planes y documentos requeridos por este Capítulo;
9.
ninguna persona podrá almacenar más de doscientos veinte (220)
galones de aceite usado en su instalación sin cumplir con la Regla
642.
B.
Derrames procedentes de áreas de almacenamiento de aceite usado
1.
En caso de que ocurra algún derrame de aceite usado que no esté
sujeto a las medidas de respuesta a escapes o acciones correctivas
establecidas en el Reglamento para el Control de Tanques
Soterrados, todo generador, dueño u operador de centro de
recolección, transportador, instalación de procesamiento O reciclaje
de aceite usado tendrá que tomar las siguientes medidas:
a)
detener el derrame O escape;
b)
contener el aceite usado derramado;
c)
limpiar o recoger el aceite usado derramado;
d)
manejar adecuadamente el aceite usado derramado y
cualquier material que se haya contaminado con aceite usado
y disponer de los mismos como desperdicio especial conforme
a lo dispuesto en este Reglamento;
e)
reparar o reemplazar cualquier recipiente o tanque que haya
filtrado O dejado escapar aceite usado antes de volver a
utilizarlo para almacenar aceite usado;
f)
si ocurriese un derrame que afectara a un cuerpo de agua, se
deberá notificar inmediatamente por teléfono a la Junta de
Calidad Ambiental si el derrame ocurre durante días y horas
laborables; si el derrame ocurre fuera de días y horas
laborables, se notificará inmediatamente por teléfono a
la Defensa Civil;
g)
no será necesario notificar por teléfono a la Junta de Calidad
Ambiental o la Defensa Civil de cualquier derrame menor de
cincuenta y cinco (55) galones que no afecte un cuerpo de
agua.
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2.
No obstante lo anterior, siempre se notificará a la Junta de Calidad
Ambiental mediante carta dentro de los cinco (5) días laborables de
haber ocurrido cualquier derrame de aceite usado y se indicará el
lugar donde ocurrió el derrame, la cantidad del aceite derramado,
extensión del derrame, superficie sobre la que se derramó, medidas
de contingencia y de limpieza que se tomaron y la compañía o
persona que se contrató (si alguna) para contener, limpiar O remediar
la situación.
C.
Cierre permanente de instalaciones para manejo de aceite usado
Toda instalación para el manejo de aceites usados que cese de recibir
aceites usados por más de un (1) año tendrá que limpiar el tanque
eliminando los residuos de aceite usado que quede en el mismo y en el
sistema de contención secundaria, suelo 0 equipos relacionados, y se
dispondrá del producto desechado según se establece en este Reglamento.
D.
Instalaciones existentes
Todo generador 0 centro de recolección existente de aceite usado al
momento de promulgarse este Reglamento tendrá un período de ciento
ochenta (180) días para cumplir con los requisitos del Inciso A y C de esta
Regla.