Regl. 2307, art. 4-8 dup2
Notificación sobre el Cierre de un Caso
Cite as Reglamento Núm. 2307, Art. 4-8 dup2
Cuando se cierre un caso por las razones dispuestas en este
CapÃtulo, la Unidad de Análisis de Casos notificará que se ha ce
rrado el caso al Programa de Asistencia Económica, de tratarse de
un caso referido por éste, O a la persona que solicitó los servicios del Programa, de tratarse de un caso privado. Dicha notificación se llevará a cabo dentro de los cinco (5) dÃas laborables
siguientes al dÃa en que se decidió cerrar el caso.