Regl. 5718, art. 1031-1127-1
- Limitación en ciertos casos sobre deducciones admisibles a
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Cite as Reglamento Núm. 5718, Art. 1031-1127-1
individuos.- (a) Nuevo cómputo del ingreso neto.- (1) La Sección 1127 del Código sirve
para limitar las deducciones, que no sean por contribuciones e intereses, atribuibles a la
industria o negocio principal explotado por un individuo, que son en otra forma admisibles
a dicho individuo bajo las disposiciones del Código. Si en cada uno de 5 años
contributivos consecutivos las deducciones atribuibles a la industria o negocio principal
de tal individuo, excepto la deducción por intereses y excepto la deducción por
contribuciones, excedieron el ingreso bruto derivado de dicha industria o negocio principal
por más de $10,000, el ingreso neto de dicho individuo deberá computarse de nuevo para
cada uno de dichos 5 años contributivos. Al computarse de nuevo el ingreso neto para
cada uno de los 5 años contributivos, las deducciones (que no sean aquéllas por
intereses y contribuciones) atribuibles a la industria o negocio principal, y en otra forma
admisibles bajo el estatuto, serán admitidas solamente hasta el límite de (i) el ingreso
bruto derivado de la industria 0 negocio principal, más (ii) $10,000. La deducción por
intereses y la deducción por contribuciones serán cada una admitidas en su totalidad.
La deducción por pérdida neta en operaciones dispuesta en la Sección 1023(q) del
Código, hasta el límite atribuible a la industria o negocio principal, será denegada en su
totalidad al hacer dicho nuevo cómputo. Asi, cualquier arrastre de una pérdida neta en
operaciones, así atribuible, bien sea de un año dentro del período de 5 años contributivos
consecutivos o de un año fuera de dicho período, se ignorará al hacer el nuevo cómputo
del ingreso neto. No obstante, la deducción por la pérdida neta en operaciones dispuesta
en la Sección 1023(q) del Código se incluirá al determinar si las deducciones (que no
sean la deducción por intereses y la deducción por contribuciones) de otro modo
admisibles bajo el Código, atribuibles a la industria o negocio principal excedieron el
ingreso bruto derivado de dicha industria O negocio principal por más de $10,000 en
cualquier año contributivo. Las limitaciones sobre las deducciones establecidas por la