Regl. 5722, art. 21

Reglamento de tasas de interés y otros cargos que podrán cobrarse o exigirse en determinadas clases de préstamos u obligaciones

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Cite as Reglamento Núm. 5722, Art. 21

VIGENCIA 11 Núm. 5722 21 de Fecha: de JUNTA FINANCIERA Secretaria de Estado( SAN JUAN, PUERTO RICO Secretario Auxiliar de Servicios REGLAMENTO NUM. PARA DISPONER SOBRE LAS TASAS DE INTERES Y OTROS CARGOS QUE PODRAN COBRARSE O EXIGIRSE EN DETERMINADAS CLASES DE PRESTAMOS U OBLIGACIONES PARTE I DISPOSICIONES PRELIMINARES
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