Regl. 2307, art. 5 dup2
La Sección Exterior
Cite as Reglamento Núm. 2307, Art. 5 dup2
La Sección Exterior coordinará las actividades de localización de los padres O parientes ausentes con los servicios de
localización de padres de otras jurisdicciones y solicitará al
efecto el concurso del Servicio Federal de Localización de Padres.