Regl. 2307, art. 5 dup2

La Sección Exterior

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Cite as Reglamento Núm. 2307, Art. 5 dup2

La Sección Exterior coordinará las actividades de localización de los padres O parientes ausentes con los servicios de localización de padres de otras jurisdicciones y solicitará al efecto el concurso del Servicio Federal de Localización de Padres.
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