Regl. 5725, art. 7
CONSIGNACION PRESUPUESTARIA ANUAL
Cite as Reglamento Núm. 5725, Art. 7
PARA CUMPLIR CON ESTA LEY
Las unidades institucionales del sistema universitario formularán
peticiones anuales a la Administración Central de la UPR y asignaciones
presupuestarias anuales locales para llevar a cabo las actividades
académicas e investigativas que planifiquen dirigidas a atender las
prioridades que se han impuesto bajo el mandato de esta Ley. También
formularán y ejecutarán planes asertivos dirigidos a la obtención de recursos
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CERTIFICACION NUMERO 016
1997-98
externos a la UPR para llevar a cabo programas y proyectos que redunden
en beneficios para la población de infantes, niños y jóvenes con
impedimentos; los mismos irán a la par con los planes estratégicos que han
establecido para cumplir con sus obligaciones bajo la Ley 51. La UPR
someterá petición presupuestaria para que se le otorgue una asignación de
fondos no comprometidos en el erario que atienda sus obligaciones bajo
esta Ley.