Regl. 5725, art. 8
INFORME ANUAL
Cite as Reglamento Núm. 5725, Art. 8
La UPR rendirá un informe anual a la Legislatura y al Gobernador
sobre el estado de situación, progreso, proyecciones y logros relacionados
con el proceso de implantación de la Ley 51 mediante este Reglamento. La
preparación de este informe estará a cargo de la Oficial de Coordinación de
la Ley 51 con el insumo de las unidades del sistema universitario público
cuyos programas y proyectos tienen vinculación directa o indirecta con los
propósitos de la Ley.