Regl. 5751, art. 4-III
APLICACION
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Cite as Reglamento Núm. 5751, Art. 4-III
Este reglamento será de aplicación a funcionarios,
empleados y miembros de la Junta de Gobierno del Servicio
de Emergencias 9-1-1 autorizados a viajar en gestiones
oficiales dentro y fuera de Puerto Rico. Para aquellas
personas particulares y representantes de la Rama
Ejecutiva y Legislativa del Gobierno de Puerto Rico, que se
le requiera que presten algún servicio especial a la Junta de
Gobierno del Servicio de Emergencias 9-1-1 y sea
necesario autorizarles el pago o reembolso por los gastos
de viajes y dietas incurridos, se requerirá la autorización
previa del Presidente. En estos casos se hará a base de
los gastos autorizados para los funcionarios y empleados en
este reglamento.
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Reglamento de Gastos de Viajes
ARTICULO IV DEFINICIONES
Para propósitos de este reglamento, los términos a
continuación tendrán la siguiente interpretación :
1. Residencia Oficial
el municipio en que radica la oficina donde el
funcionario o empleado presta regularmente sus
servicios.
2. Residencia Privada
el municipio donde regular o permanentemente reside
el funcionario o empleado.
3. Puesto Temporal
lugar donde el funcionario o empleado se traslada para
realizar la misión oficial encomendada.
4. Gastos de Transportación
incluye todos los gastos incurridos en misiones oficiales
por concepto de transportación, ya sea en automóviles
privados o públicos, trenes, aviones, barcos, omnibús,
tranvÃas, taxis y otros medios de transporte. Incluye
también gastos incidentales al viaje, necesarios para
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Reglamento de Gastos de Viajes
realizar la misión oficial, tales como: acarreo,
almacenaje, peaje y otros.
5. Gastos de Dietas
cantidades de dinero que se le autoriza a los que
ejecutan una misión oficial para cubrir los gastos de
comidas y alimentos.
6. Equipo o Equipaje
propiedad personal del funcionario o empleado
necesaria para los propósitos de la misión oficial que se
le encomienda.
7. Gastos de Alojamiento
cantidad de dinero a ser utilizada para pagar
hospedaje necesario en la gestión a realizarse.