Regl. 5758, art. X
1- SELLOS
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Cite as Reglamento Núm. 5758, Art. X
A. Sello Oficial de la Junta
El sello oficial de la Junta constará de un timbre circular donde
aparezca lo siguientes :
JUNTA EXAMINADORA DE PLANIFICADORES PROFESIONALES
PUERTO RICO
1997
DEPARTAMENTO DE ESTADO
B. Sello para Profesionales Licenciados
Todo Planificador Profesional Licenciado por esta Junta,
imprimirá en los documentos que hiciere o autorizare,
relacionados con la profesión, un sello o timbre circular de dos
pulgadas (2") de diámetro donde aparezca el nombre del
profesional, el número de su licencia, la fecha de expiración, y
Puerto Rico, con el diseño oficial reconocido por la Junta
Examinadora de Planificadores Profesionales de Puerto Rico.
21
APENDICE A
5758
JUNTA EXAMINADORA DE
PLANIFICADORES PROFESIONALES
DE PUERTO RICO
CANONES DE ETICA DEL
PLANIFICADOR PROFESIONAL
30 DE SEPTIEMBRE DE 1997
TABLA DE CONTENIDO
5758
PAGINAS
RESPONSABILIDAD DEL PLANIFICADOR PROFESIONAL
HACIA SU PUEBLO
1
RESPONSABILIDAD DEL PLANIFICADOR PROFESIONAL
HACIA SUS CLIENTES Y PATRONES
2-3
RESPONSABILIDAD DEL PLANIFICADOR PROFESIONAL
A LA PROFESION Y SUS COLEGAS
4
RESPONSABILIDAD GENERAL DEL PLANIFICADOR
PROFESIONAL
5
5758
RESPONSABILIDAD DEL PLANIFICADOR PROFESIONAL
HACIA EL PUBLICO
La responsabilidad primaria del Planificador Profesional es servir al interés
público. Mientras la definición del interés se expresa por medio del debate
continuo, el Planificador Profesional debe su afinidad a un concepto logrado
conscientemente de lo que el interés público requiere por medio de las
siguientes condiciones especiales:
1. Debe de estar consciente de que los actos presentes conllevan
consecuencias a largo plazo.
2. Debe prestar atención especial a la interrelación de la toma de
decisiones.
3. Debe esforzarse en proveer información completa, clara, exacta y a
tiempo en procesos de planificación concernientes a ciudadanos y
oficiales de gobierno que toman decisiones.
4. Debe esforzarse en brindar a los ciudadanos la oportunidad de
participar e impactar de manera significativa en el desarrollo de
planes y programas. Su participación debe ser amplia y suficiente
para incluir personas indigentes, organizaciones formales o
influencias no deseables.
5. Debe esforzarse para ampliar las oportunidades y preferencias de
todas las personas, reconociendo la responsabilidad especial de
planificar para las necesidades de grupos y personas en desventaja
social.
6. Debe estimular los cambios de polÃtica, reglamentación de
instituciones y decisiones que contravengan a sus determinaciones.
7. Debe esforzarse por la excelencia del diseño ambiental y hacer lo
posible para conservar la herencia del ambiente natural.
2
RESPONSABIILIDAD DEL PLANIFICADOR PROFESIONAL
HACIA SUS CLIENTES Y PATRONOS
Otra de las responsabilidades del Planificador Profesional está
dirigida hacia los clientes y patronos donde él se responsabiliza por cumplir
con las siguientes condiciones:
1. Debe diligencia y competencia profesional en el desempeño de su
trabajo para el logro de los intereses de clientes y patronos. Tal
diligencia debe ser consistente con el fiel servicio del Planificador
Profesional al interés público.
2. Debe ejercer juicio profesional independiente para beneficio de
clientes y patronos.
3. Debe aceptar las decisiones de un cliente o patrono con relación a
los objetivos y naturaleza de los servicios profesionales a rendirse,
a menos que el curso de acción que se persigue envuelva conducta
que es ilegal o inconsciente con la obligación primaria del
Planificador Profesional hacia el interés público.
4. No debe llevar a cabo trabajo de ninguna Ãndole si hay presente,
aparente o razonablemente visible algún conflicto de interés,
directo o indirecto, sin plena declaración escrita concerniente a
trabajos realizados a clientes pasados.
5. Debe desestimar cualquier proyecto si hay una ganancia personal o
financiera, donde incluya miembros de la familia.
6. No debe ofrecer información obtenida en el curso de la actividad, a
intereses privados o públicos excepto que se pueda ofrecer
imparcialmente.
3
7. No debe representar a un cliente ante una entidad pública de
planificación, si ha trabajado en la misma a menos que haya
transcurrido un (1) año a partir de la fecha de su renuncia, o en
relación a cualquier incidencia traÃda ante la entidad pública en que
el Planificador Profesional pueda ejercer influencia indebida por el
desempeño de su anterior empleo.
8. No debe solicitar clientes potenciales 0 empleo, mediante el uso de
falsos testimonios o reclamos engañosos, hostigamiento o
coacción.
9. No debe vender u ofrecer vender sus servicios declarando tener la
habilidad de influenciar en la toma de decisiones por medios
fraudulentos.
10. No debe usar el poder de cualquier oficina para lograr u obtener
ventajas especiales que no sea del interés público o de
conocimiento público.
11. No debe aceptar o continuar en el desempeño de su trabajo más
allá de su competencia profesional o aceptar trabajo que no pueda
realizar con la prontitud requerida por su cliente potencial o
patrono, o que sea requerido por las circunstancias.
12. No debe divulgar información obtenida en una relación profesional
en que el cliente o patrono ha requerido se mantenga en privacidad.
Excepciones a este requerimiento de no divulgación se pueden
hacer solamente cuando (a) requerido por un proceso de ley, o (b)
requerido para prevenir una clara violación a la ley o (c) requerido
para prevenir daño substancial al público. Revelación a
conformidad con (b) y (c) no debe hacerse hasta tanto se haya
verificado los hechos. Cuando sea necesario debe agotar todos los
esfuerzos para obtener reconsideración de los hechos.
4
RESPONSABILIDAD DE PLANIFICADOR PROFESIONAL A LA
PROFESION Y SUS COLEGAS
El Planificador Profesional ayudará a contribuir al desarrollo de la
profesión mejorando sus conocimientos y técnicas, haciendo su trabajo
aplicable a solucionar los problemas de la comunidad, aumentando el
entendimiento de las actividades de planificación. Además, tratará
justamente los puntos de vista profesional de colegas calificados y
miembros de otras profesiones. A tales fines, cumplirá las siguientes
responsabilidades:
1. Debe proteger y ensalzar la integridad de la profesión y ser
responsable a la crÃtica.
2. Debe representar acertadamente las calificaciones, puntos de vista
y ponencias de sus colegas.
3. Debe ser imparcial, dar consideración equitativa y de manera
profesional, al revisar el trabajo de otros profesionales.
4. Debe compartir el resultado de la experiencia e investigación que
contribuye al conocimiento del cuerpo planificador.
5. Debe examinar las teorÃas de planificación, métodos y estándares,
aplicabilidad de los hechos y análisis de cada situación en
particular y no debe aceptar soluciones a la medida, sin haber
establecido si es apropiada.
6. Debe contribuir al desarrollo profesional de estudiantes,
profesionales novicios y otros colegas.
7. No debe perpetrar ningún acto de hostigamiento sexual.
5
RESPONSABILIDAD GENERAL DEL PLANIFICADOR
PROFESIONAL
El Planificador Profesional se esforzará por mantener los más altos
estándares de integridad profesional. Como parte de este esfuerzo será
necesario cumplir con las siguientes responsabilidades:
1. No debe cometer actos delictivos que se reflejen adversamente en
su capacidad profesional.
2. Debe respetar los derechos de otros sin discriminar en contra de
personas.
3. Debe esforzarse por continuar la educación profesional.
4. Debe analizar sistemática y crÃticamente la ética en la práctica de la
planificación.
5. Debe esforzarse a contribuir con su tiempo y esfuerzo a grupos con
falta de recursos adecuados y participar voluntariamente en
actividades profesionales.
Estos Cánones de Etica del Planificador Profesional están basado en el
Código de Etica y Conducta Profesional preparado por la Sociedad
Puertorriqueña de Planificación, aprobado el 26 de octubre de 1995.