Regl. 5761, art. 1
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Cite as Reglamento Núm. 5761, Art. 1
El presente Reglamento se adopta de acuerdo a la
autoridad conferida a la Junta Reglamentadora de
Telecomunicaciones de Puerto Rico ("la Junta") de acuerdo con
la Ley 213 de 12 de septiembre de 1996, conocida como la "Ley
de Telecomunicaciones de Puerto Rico de 1996" y la Ley 170 de
12 de agosto de 1988, conocida como la "Ley de Procedimiento
Administrativo Uniforme".
Los propósitos de este Reglamento son: fomentar que las
compañías de cable presten el mejor servicio posible de cable
televisión a los residentes de Puerto Rico; fomentar el
crecimiento y desarrollo de sistemas de cable que respondan a
las necesidades y los intereses de la comunidad local; proveer
una fiscalización reglamentaria eficiente mientras se reducen
requisitos innecesarios que impondrían una carga económica
indebida a los sistemas de cable y a sus suscriptores;
promover el uso adecuado del servicio de cable televisión;
actualizar el reglamento vigente de cable; y reflejar la
política federal reconociendo y alentando el ambiente
competitivo en que se proveen los servicios de comunicación.
Las disposiciones de este Reglamento serán consistentes
con la Ley Federal de Comunicaciones de 1934, según enmendada,
incluyendo la Ley de Telecomunicaciones de 1996; la Ley de
Competencia y Protección al Consumidor de Cable Televisión de
1993; y la Ley de Política de Comunicaciones por Cable de
1984.
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