Regl. 5762, art. VIII
VIGENCIA
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Cite as Reglamento Núm. 5762, Art. VIII
9
Núm. 5762
dr
mayor 41998 11:25A.US.
Secretaria de Estado
JUNTA DE GOBIERNO
SERVICIO DE EMERGENCIAS 9-1-1
Por:
Secretario Auxiliar de Servicios
SAN JUAN, PUERTO RICO
REGLAMENTO DE GASTOS DE REPRESENTACION
INTRODUCCION
Para la protección de los mejores intereses de la Junta de Gobierno del Servicio de
Emergencias 9-1-1, en adelante la Junta, se establecen las normas a seguir con
relación a los desembolsos por concepto de gastos de representación incurridos en y
fuera de Puerto Rico. Asà como también la celebración de ciertas actividades que
propenden al mejoramiento de la Junta de Gobierno del Servicio de Emergencias
9-1-1.
musp
ARTICULO I: BASE LEGAL
Este reglamento se promulga en virtud de lo dispuesto en el ArtÃculo 4 "FACULTADES
DE LA JUNTA DE GOBIERNO", de la Ley Núm. 144 del 22 de diciembre de 1994,
según enmendada.