Regl. 1235, art. 5
VISTAS ADMINISTRATIVAS
Cite as Reglamento Núm. 1235, Art. 5
Las vistas administrativas que celebre el SECRETARIO a
solicitud de los peticionarios, conforme a los artÃculos 3, 6,
9 y 10 de la LEY se regirán por las siguientes normas: