Regl. 5778, art. 7.4 dup2

Deberes y Obligaciones del Encargado de llevar los Fondos

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Cite as Reglamento Núm. 5778, Art. 7.4 dup2

al Banco Depositario 1- Recibe del Oficial Recaudador las hojas de depósito, el efectivo y los valores a depositarse. 2- Cuenta el efectivo recibido contra el importe anotado en la hoja de depósito. 3- Anota la fecha, hora y sus iniciales en la copia de la hoja de depósito que retiene el Oficial Recaudador. 4- Lleva los fondos y las hojas de depósito al banco depositario, el cual retiene original y copia. 5- Recibe una copia de las hojas de depósito validadas y fechadas por el banco y las entrega al Oficial Recaudador.
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