Regl. 5778, art. 7.4 dup2
Deberes y Obligaciones del Encargado de llevar los Fondos
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Cite as Reglamento Núm. 5778, Art. 7.4 dup2
al Banco Depositario
1-
Recibe del Oficial Recaudador las hojas de depósito, el efectivo y los
valores a depositarse.
2-
Cuenta el efectivo recibido contra el importe anotado en la hoja de
depósito.
3-
Anota la fecha, hora y sus iniciales en la copia de la hoja de depósito que
retiene el Oficial Recaudador.
4-
Lleva los fondos y las hojas de depósito al banco depositario, el cual
retiene original y copia.
5-
Recibe una copia de las hojas de depósito validadas y fechadas por
el banco y las entrega al Oficial Recaudador.