Regl. 2321, art. 1903.10

CONSULTA CON EMPLEADOS

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Cite as Reglamento Núm. 2321, Art. 1903.10

Los Oficiales de Seguridad y Salud podrán consultar con los empleados asuntos concernientes a la seguridad y la salud ocupacionales en la medida que consideren necesaria para llevar a cabo una inspección efectiva y completa. Durante el transcurso de una inspección, a cualquier empleado se le brindará la oportunidad de señalar al Oficial de Seguridad y Salud cualquier violación de la Ley que él tenga motivos para creer que existe en el sitio de empleo.
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