Regl. 2321, art. 1903.10
CONSULTA CON EMPLEADOS
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Cite as Reglamento Núm. 2321, Art. 1903.10
Los Oficiales de Seguridad y Salud podrán consultar con los empleados asuntos concernientes a la seguridad y la salud ocupacionales en la
medida que consideren necesaria para llevar a cabo una inspección efectiva
y completa. Durante el transcurso de una inspección, a cualquier empleado
se le brindará la oportunidad de señalar al Oficial de Seguridad y Salud
cualquier violación de la Ley que él tenga motivos para creer que existe en
el sitio de empleo.