Regl. 2321, art. 1903.21

DEFINICIONES

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Cite as Reglamento Núm. 2321, Art. 1903.21

(a) "Ley" significa la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de Puerto Rico (Número 16 del 5 de agosto de 1975), según enmendada. (b) Las definiciones e interpretaciones contenidas en la Sección 3 de la Ley serán aplicables a tales términos cuando sean usados en este reglamento. (c) "Días laborables" significa de lunes a viernes, pero no incluirá los sábados, domingos O días festivos oficiales. Al computar 15 días laborables, el dia de recibo de cualquier notificación no será incluido pero se incluirá el último de los 15 días laborables. (d) "Oficial de Seguridad y Salud" significa una persona autorizada por la Oficina de Seguridad y Salud en el Trabajo del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos de Puerto Rico para llevar a cabo inspecciones. (e) "Director de Area" significa el empleado 0 funcionario a cargo de una Oficina de Area de la Oficina de Seguridad y Salud en el Trabajo del -22- Departamento del Trabajo y Recursos Humanos de Puerto Rico o de cualquier otra persona o personas autorizadas para representar a tal empleado o funcionario. Estas últimas autorizaciones podrán incluir delegaciones generales bajo este reglamento de la autoridad de un Director de Area a un Oficial de Seguridad y Salud O delegaciones para propósitos más limitados a dicho oficial, tal como ejercer las funciones del Director de Area bajo la
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