Regl. 5782, art. 17

DEROGACION

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Cite as Reglamento Núm. 5782, Art. 17

Este reglamento deroga el Reglamento 1-C aprobado el 27 de diciembre de 1982, según enmendado, titulado "Para Fijar Tasas Máximas de Interés, el Método de Cómputo y Otros Cargos que Podrán Cobrarse 0 Exigirse en Préstamos Otorgados Bajo las Disposiciones de la Ley Núm. 106 aprobada el 28 de junio de 1965, según enmendada conocida como "Ley de Préstamos Personales Pequeño" y el "Reglamento Para Extender la Vigencia de la Suspensión del Artículo 3 del Reglamento 1-C" del 28 de junio de 1996.
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