Regl. 5782, art. 17
DEROGACION
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Cite as Reglamento Núm. 5782, Art. 17
Este reglamento deroga el Reglamento 1-C aprobado el 27 de diciembre de 1982,
según enmendado, titulado "Para Fijar Tasas Máximas de Interés, el Método de Cómputo
y Otros Cargos que Podrán Cobrarse 0 Exigirse en Préstamos Otorgados Bajo las
Disposiciones de la Ley Núm. 106 aprobada el 28 de junio de 1965, según enmendada
conocida como "Ley de Préstamos Personales Pequeño" y el "Reglamento Para Extender
la Vigencia de la Suspensión del Artículo 3 del Reglamento 1-C" del 28 de junio de 1996.