Regl. 2323, art. 1977.21

PAGA POR ASISTENCIA EN EL RECORRIDO

Last amended: 1977Length: 337 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 2323, Art. 1977.21

a) El Secretario reconoce la naturaleza esencial de la participación del empleado en el recorrido de inspección bajo la Sección 17 (b) de la Ley. Los empleados constituyen una fuente vital de información a los representantes del Secretario en relación a la presencia de riesgos en el sitio de trabajo. Los empleados deberán ser capaces de ejercer libremente sus derechos estatutarios de participar en los recorridos sin miedo a pérdida económica. Por lo tanto, a fin de asegurar el flujo ininterrumpido de información a los inspectores del Secretario así también como el desencadenamiento de los derechos estatutarios de los empleados de participar en los recorridos de inspección con paga; la 11 omisión de un patrono de pagar a los empleados por el tiempo durante el cual estos estén envueltos en el recorrido de inspección se considerará acción discriminatoria bajo la Sección 29. En adición, cuando los empleados participen en otras actividades relacionadas con la inspección tales como; responder a preguntas de oficiales de cumplimiento 0 participar en las conferencias de apertura y de cierre; una omisión del patrono de pagar a los empleados por el tiempo envuelto en estas actividades se considerará acción discriminatoria bajo la Sección 29. b) Sujeto a los reglamentos promulgados por el Secretario que traten de la inspección de sitios de empleo, a un representante del patrono y a un representante autorizado de los empleados se le dará la oportunidad de acompañar al Secretario o a su representante autorizado durante la inspección física de cualquier sitio de empleo bajo la Sección 17 (b) con el propósito de ayudar en dicha inspección. Si el representante autorizado de los empleados es un empleado y la inspección se lleva a cabo durante sus horas regulares de trabajo, el patrono le pagará al empleado a su tipo de salario regular. Cuando no haya un representante autorizado de los empleados, el Secretario 0 su representante autorizado, deberá consultar con un número razonable de empleados en relación con los asuntos de seguridad y salud en el sitio de empleo.
Regl. 2323, art. 1977.21: PAGA POR ASISTENCIA EN EL RECORRIDO | Justis AI