Regl. 5794, art. X dup2
Reglamento para la Venta de Solares a Entidades Sin Fines Pecuniarios. NOTA : ANTES ERA ADMINISTRACION DE DESARROLLO Y MEJORAS DE LA VIVIENDA FUE TRAFERIDO AL DEPARTAMENTO DE VIVIENDA EL 15 DE FEBRERO DE 2006
Cite as Reglamento Núm. 5794, Art. X dup2
VIGENCIA
Este reglamento entrará en vigor a los treinta (30) dÃas siguientes de la
fecha de radicación en el Departamento de Estado, salvo que mediante Orden
Ejecutiva el Gobernador de Puerto Rico disponga otra fecha de efectividad.
Adoptado en San Juan, Puerto Rico, hoy 6 de mayo
de
1998.
RECOMENDADO POR:
APROBADO POR:
ANA Gua CARMEN Carmer ALEMAN Gig
DIRECTOR EJECUTIVO
SECRETARIA
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