Regl. 5808, art. VII
DISPOSICIONES MISCELANEAS
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Cite as Reglamento Núm. 5808, Art. VII
10-12
Núm.
5808
10
de Fecha: de
REGLAMENTO DE LA JUNTA
Secretaria de
EXAMINADORA DE GEOLOGOS
Por:
Secretario Auxiliar de Servicios
ARTICULO I DISPOSICIONES GENERALES:
A. TITULO:
Este Reglamento se conocerá como "Reglamento de la Junta Examinadora de
Geólogos de Puerto Rico".
B. BASE LEGAL:
El presente Reglamento se adopta de conformidad con las disposiciones de la
Ley Número 163 del 23 de agosto de 1996, conocida como "Ley de la Junta
Examinadora de Geólogos de Puerto Rico" y la ley 170 del 12 de agosto de
1988, según enmendada, conocida como "Ley de Procedimiento
Administrativo Uniforme".
C. PROPOSITO:
El propósito de este Reglamento es regir la operación y administración de la
Junta Examinadora de Geólogos de Puerto Rico en cumplimiento de la Ley
Número 163 del 23 de agosto de 1996. Entre los objetivos principales
figuran:
1. Reglamentar la expedición de licencias
2. Establecer procedimientos para la administración de exámenes de reválida
3. Definir los deberes de los miembros de la Junta Examinadora de Geólogos.