Regl. 5816, art. VIII dup2

EMISION DE ORDEN DE COMPRA

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Cite as Reglamento Núm. 5816, Art. VIII dup2

A. Transcurridos diez (10) días laborables a partir de la notificación sobre adjudicación de la subasta sin que se haya recibido apelación a la decisión, la Editorial remitirá la requisición de compra con copia del expediente a la División de Compras de la Administración Central. Esta Unidad remitirá una orden de compra al licitador cuya oferta fue seleccionada. B. Se podrá incluir en la orden de compra un 10% para cubrir el exceso de los ejemplares recibidos. C. Para proceder con la impresión de libros, tanto para subasta formal como informal, la División de Compras de la Administración Central remitirá una orden de compra al licitador cuya oferta fue seleccionada para formalizar los acuerdos entre la Universidad y el suplidor. D. Las órdenes de compras se verificarán, a los fines de determinar la corrección, exactitud y propiedad del cargo a hacerse al fondo o partida presupuestaria conforme a las normas establecidas. E. En las compras de emergencia se podrá prescindir del requisito de emitir previamente una orden y se establecerá la reserva en los fondos o partidas correspondientes.
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