Regl. 5819, art. V-VI

PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACIÓN Y

Length: 460 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 5819, Art. V-VI

DETERMINACIÓN DE ELEGIBILIDAD DE LOS PARTICIPANTES DEL PROGRAMA POR EL DEPARTAMENTO DE LA VIVIENDA A. Todo dueño que solicite participar de los beneficios del Programa deberá presentar al Secretario los documentos mencionados a continuación: 1. El formulario que a esos fines le entregará el Secretario, el cual incluye, entre otras, la siguiente información: a) nombre, seguro social patronal O personal, dirección física y postal y número de teléfono del solicitante 4 b) dirección física de las unidades de vivienda c) una descripción detallada del proyecto 2. Plano preliminar del proyecto de las unidades de vivienda, de acuerdo a los criterios del Reglamento de la Ley 173, preparado por un ingeniero o arquitecto licenciado, autorizado a ejercer en Puerto Rico. 3. Copia reciente y válida de todos los permisos y autorizaciones de construcción y uso requeridos para llevar a cabo el proyecto. 4. Prueba concreta de su título de propiedad o de la existencia de una opción a compra válida del terreno sobre el cual construirá el proyecto o del proyecto de rehabilitación sometido. 5. Estimado de costos con desglose por partidas de gastos. El Secretario evaluará la solicitud con los documentos presentados y determinará si el dueño cumple con los requisitos establecidos en este Reglamento. Si la determinación de cumplimiento es favorable se preparará una certificación de elegibilidad preliminar a esos efectos. La certificación será otorgada al dueño del proyecto. B. Para determinar el canon de arrendamiento de las unidades de vivienda, el dueño del proyecto deberá presentar: 1. El formulario que a esos fines entregará el Secretario, el cual incluirá, entre otras, la siguiente información: a) nombre del solicitante y número de seguro social patronal o personal b) nombre y dirección del proyecto c) nombre del inquilino y su unidad familiar, dirección residencial, número de teléfono, relación con el inquilino y los ingresos 2. Evidencia de ingresos del inquilino y su unidad familiar 3. Certificado de nacimiento del inquilino en original 5 4. Estados financieros anuales del dueño, certificados por un Contador Publico Autorizado, del período fiscal aplicable a dicho proyecto que detalle los gastos de administración, mantenimiento de la propiedad, los gastos indirectos que normalmente origina esta operación y el rendimiento anual esperado sobre su inversión de capital para realizar el proyecto o unidad de vivienda familiar 5. Toda aquella documentación que, a juicio del Secretario, sea pertinente y relevante para determinar el canon de arrendamiento máximo para dichas unidades de vivienda. El canon de arrendamiento de las unidades de vivienda será determinado en su inicio y luego podrá ser reevaluado anualmente, por el Secretario mientras el dueño del proyecto disfrute del beneficio de la exención contributiva. Bajo ningún concepto el dueño de un proyecto podrá iniciar trámites de desahucio al inquilino por razones de inelegibilidad por ingreso.
Regl. 5819, art. V-VI: PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACIÓN Y | Justis AI