Regl. 5819, art. V-VI
PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACIÓN Y
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Cite as Reglamento Núm. 5819, Art. V-VI
DETERMINACIÓN DE ELEGIBILIDAD DE LOS
PARTICIPANTES DEL PROGRAMA POR EL
DEPARTAMENTO DE LA VIVIENDA
A.
Todo dueño que solicite participar de los beneficios del Programa
deberá presentar al Secretario los documentos mencionados a
continuación:
1.
El formulario que a esos fines le entregará el Secretario, el cual
incluye, entre otras, la siguiente información:
a) nombre, seguro social patronal O personal, dirección fÃsica
y postal y número de teléfono del solicitante
4
b)
dirección fÃsica de las unidades de vivienda
c)
una descripción detallada del proyecto
2.
Plano preliminar del proyecto de las unidades de vivienda, de
acuerdo a los criterios del Reglamento de la Ley 173, preparado
por un ingeniero o arquitecto licenciado, autorizado a ejercer en
Puerto Rico.
3.
Copia reciente y válida de todos los permisos y autorizaciones
de construcción y uso requeridos para llevar a cabo el proyecto.
4.
Prueba concreta de su tÃtulo de propiedad o de la existencia de
una opción a compra válida del terreno sobre el cual construirá
el proyecto o del proyecto de rehabilitación sometido.
5.
Estimado de costos con desglose por partidas de gastos.
El Secretario evaluará la solicitud con los documentos presentados
y determinará si el dueño cumple con los requisitos establecidos en este
Reglamento. Si la determinación de cumplimiento es favorable se
preparará una certificación de elegibilidad preliminar a esos efectos. La
certificación será otorgada al dueño del proyecto.
B.
Para determinar el canon de arrendamiento de las unidades de
vivienda, el dueño del proyecto deberá presentar:
1.
El formulario que a esos fines entregará el Secretario, el cual
incluirá, entre otras, la siguiente información:
a) nombre del solicitante y número de seguro social patronal
o personal
b)
nombre y dirección del proyecto
c)
nombre del inquilino y su unidad familiar, dirección
residencial, número de teléfono, relación con el inquilino y
los ingresos
2.
Evidencia de ingresos del inquilino y su unidad familiar
3.
Certificado de nacimiento del inquilino en original
5
4. Estados financieros anuales del dueño, certificados por un
Contador Publico Autorizado, del perÃodo fiscal aplicable a
dicho proyecto que detalle los gastos de administración,
mantenimiento de la propiedad, los gastos indirectos que
normalmente origina esta operación y el rendimiento anual
esperado sobre su inversión de capital para realizar el proyecto
o unidad de vivienda familiar
5. Toda aquella documentación que, a juicio del Secretario, sea
pertinente y relevante para determinar el canon de
arrendamiento máximo para dichas unidades de vivienda.
El canon de arrendamiento de las unidades de vivienda será
determinado en su inicio y luego podrá ser reevaluado anualmente, por el
Secretario mientras el dueño del proyecto disfrute del beneficio de la
exención contributiva.
Bajo ningún concepto el dueño de un proyecto podrá iniciar
trámites de desahucio al inquilino por razones de inelegibilidad por
ingreso.