Regl. 5822, art. 6

PROCEDIMIENTO PARA CONSERVACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE

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Cite as Reglamento Núm. 5822, Art. 6

CERTIFICADOS DE VENTA Se establece un registro de Certificados de Venta en las oficinas del Centro. Dicho registro constará de archivos independientes en los que se mantendrá copia de Certificados de Venta emitidos por el Centro a favor de cada comprador de Deudas Contributivas Morosas Transferibles. Además, el Centro mantendrá un registro de compradores de Crédito por Deuda Contributiva Transferida con los siguientes documentos correspondientes a dichos compradores: (a) una declaración jurada en la forma oficial preparada por el Centro de tiempo en tiempo certificando que el comprador cumple con todos los criterios de elegibilidad establecidos por ley y por este Reglamento; (b) una Certificación de Deuda, Modelo SC 6096 (Anejo III) expedida por el Área de Rentas Internas del Departamento de Hacienda certificando que el comprador no posee deudas por concepto de contribuciones sobre ingresos; (c) una Certificación de Radicación de Planilla, Modelo SC 2888 (Anejo I) expedida por el Área de Rentas Internas del Departamento de Hacienda en la cual se haga constar que el comprador rindió planilla de contribución sobre ingresos para los cinco años contributivos anteriores a la fecha de radicación de la declaración de venta, cesión, traspaso u otra disposición; y (d) certificación de deuda del Centro certificando que comprador no posee deudas contributivas por concepto de contribuciones sobre la propiedad inmueble O mueble. 10 Los documentos archivados en el registro de Certificados de Venta se mantendrán por el Centro hasta tanto el Certificado de Venta sea entregado al Centro. Dichos récords se actualizarán cada vez que se transfiera el Certificado de Venta. Los documentos de los compradores de Crédito por Deuda Contributiva Transferida se mantendrá por el tiempo en que éstos sean dueños de dichos Créditos por Deuda Transferida. Dichos récords se actualizarán cada vez que el comprador adquiera Créditos por Deuda Contributiva Transferida.
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