Regl. 5838, art. 10-10.2

Toda decisión adoptada al amparo de este

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Cite as Reglamento Núm. 5838, Art. 10-10.2

Reglamento por el Director Ejecutivo O su representante autorizado podrá ser objeto de una solicitud de reconsideración ante el mismo funcionario, disponiéndose que las decisiones tomadas por e-1 representante autorizado del Director Ejecutivo podrán ser apeladas ante éste a solicitud de la parte afectada y disponiéndose además, que en ambos casos las decisiones deberán comunicarse a las partes, dentro de los tres días siguientes al recibo de la solicitud, y que las determinaciones del Director Ejecutivo serán finales e inapelables. -13-
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