Regl. 5838, art. 7-7.1

Toda solicitud para el arrendamiento de

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Cite as Reglamento Núm. 5838, Art. 7-7.1

facilidades deberá radicarse con por lo menos treinta (30) días antes de la fecha programada de la actividad utilizándose para ello el formulario existente para estos propósitos, el cual estará disponible en la División de Servicios Generales del Instituto. La entidad solicitante podrá indicar fechas alternas para la actividad. Deberá anotarse el nombre y el teléfono de la persona de contacto -7-- para el trámite de la solicitud, así como las fechas y horas de ensayos interesadas, si algunas.
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