Regl. 5838, art. 9-9.2
La necesidad de ensayos O de facilidades
Cite as Reglamento Núm. 5838, Art. 9-9.2
para la venta de taquillas deberá indicarse al momento de la
solicitud, disponiéndose que todo cambio en las horas de
estas actividades deberá notificarse a la División de
Servicios Generales con por lo menos tres (3) dÃas de
antelación a su efectividad.