Regl. 5838, art. 9-9.2

La necesidad de ensayos O de facilidades

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Cite as Reglamento Núm. 5838, Art. 9-9.2

para la venta de taquillas deberá indicarse al momento de la solicitud, disponiéndose que todo cambio en las horas de estas actividades deberá notificarse a la División de Servicios Generales con por lo menos tres (3) días de antelación a su efectividad.
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