Regl. 5853, art. 6 dup3
ó el ArtÃculo 7, según aplique. El Director podrá aceptar o rechazar la
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Cite as Reglamento Núm. 5853, Art. 6 dup3
recomendación. El Director, o la Junta o el Comité de Evaluación, con la
autorización previa del Director, llevará a cabo cualquier negociación subsiguiente
requerida para finalizar y otorgar el contrato.
.2
Notificación de Adjudicación Si el Director decide adjudicar el contrato, se
enviará una notificación de adjudicación al proponente seleccionado por correo
certificado, fax o mediante entrega personal. Ninguna otra acción de la Autoridad
se considerará como una aceptación de una propuesta.
.3
Cancelación de Adjudicación La Autoridad podrá cancelar la adjudicación
de un contrato en cualquier momento antes de que la Autoridad y el proponente
firmen el mismo, sin incurrir en penalidad o recurso alguno contra la Autoridad.
.4
Otorgamiento del Contrato Una vez adjudicado, el proponente otorgará el
contrato conforme se dispone en esta Sección 9.7, después de someter las fianzas y
garantÃas estipuladas en la Solicitud de Propuestas y la evidencia de seguros
solicitada, y llevará a cabo todas las otras acciones establecidas como requisito para
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el otorgamiento del contrato en el término de los quince (15) dÃas laborables
subsiguientes al recibo de la notificación de adjudicación de subasta, 0 en cualquier
otro momento que la Autoridad establezca. El contrato no se hará valer ni tendrá
vigencia hasta tanto se haya completado y aprobado y todas las partes lo hayan
firmado. Si el licitador seleccionado no otorga el contrato o no cumple con los
requisitos de esta sección dentro del término de tiempo establecido, la Autoridad
adjudicará el contrato a la segunda mejor propuesta, si la Autoridad determina que
dicha adjudicación sirve sus mejores intereses.
.5
Se notificará a todos los demás licitadores, por escrito, sobre la selección
hecha de conformidad con el ArtÃculo 6 ó el ArtÃculo 7.
.6
Documentos del Contrato - La Autoridad determinará el tipo de contrato y
los términos y condiciones que éste contendrá con respecto a cada adjudicación
hecha de conformidad con este reglamento. Los términos y condiciones asÃ
establecidos serán compatibles con las Leyes y PolÃticas Federales y con las leyes,
reglas, reglamentos, ordenanzas, especificaciones y requisitos de Puerto Rico.