Regl. 5864, art. 1

Enm. Regl. Interno Junta: dispone que las Reuniones Ordinarias de la Junta se llevarán a cabo con regularidad y que las mismas se anunciarán con 15 días de antelación, en lugar de el primer martes de cada mes.

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Cite as Reglamento Núm. 5864, Art. 1

Título 5864 Este Reglamento se conoce como "Reglamento Interno de la Junta Administrativa de Aceite Usado" ( en adelante el "Reglamento").
Regl. 5864, art. 1: Enm. Regl. Interno Junta: dispone que las Reuniones Ordinarias de la Junta se llevarán a cabo con regularidad y que las mismas se anunciarán con 15 días de antelación, en lugar de el primer martes de cada mes. | Justis AI